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El juez Pedraz acepta investigar la guerra sucia del Gobierno del PP contra Podemos

Ignacio Cosidó, Francisco Martínez y el comisario Eugenio Pino (de izq. a dcha.) rodeados de mandos en Canillas

Pedro Águeda

22 de febrero de 2024 17:24 h

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado admitir una querella de Podemos contra el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el ex director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía por las presuntas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre las personas que conformaban aquella organización política.

En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 admite la querella de Podemos de forma parcial, tal y como pidió la Fiscalía, y rechaza investigar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales.

La guerra sucia del Gobierno de Rajoy se apoya en tres vértices: el original, conocido como la Operación Catalunya, las maniobras contra Podemos, y la operación Kitchen para sabotear la investigación judicial de la caja B del PP. Solo los dosieres contra la formación de izquierdas había quedado fuera de una investigación judicial.

La querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También se presentó por malversación y por delito contra las instituciones del Estado, si bien en este último caso el magistrado lo desestima al no poder ser subsumidos ambos tipos penales en los hechos relatados.

En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, quien a su vez daba cuenta periódicamente al ministro de Interior Jorge Fernández Díaz, “se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal sobre las personas que conformaban la organización política Podemos”.

El objetivo principal, según la querella de Podemos, era su posterior filtración a los medios de comunicación bajo el marchamo de fiabilidad de las “fuentes policiales” y desprestigiar ante la opinión pública al partido político Podemos, así como atentar de este modo contra la indemnidad de sus diputados y restantes cargos públicos.

Este modo de operar, indica la querella, se concretó en ocho actuaciones, como la investigación al líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA (sobre la falsa financiación irregular de Podemos), la filtración de un documento “falsario” de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.

Podemos presentó la querella en la Audiencia Nacional y, por las normas de reparto, recayó en el juzgado de Pedraz. El fiscal encargado de informar, cuyo pronunciamiento ha asumido por completo Pedraz, ha sido Vicente González Mota.

El viaje a Nueva York por “mandato” de Rajoy

Junto a Francisco Martínez y Eugenio Pino, el juez admite investigar a otro comisario procesado en la operación Kitchen, Andrés Gómez Gordo, antiguo asesor de María Dolores de Cospedal; así como a José Angel Fuentes Gago, Enrique García Castaño (fuera del caso Villarejo por su delicado estado de salud) y Germán Rodríguez Castiñeira.

Fuentes Gago estuvo imputado en el caso Kitchen pero la causa contra él decayó. Se trata del policía que viajó a Nueva York para reunirse con un ex ministro de Venezuela para obtener información sobre la supuesta financiación de Podemos y que le dijo, según la grabación del encuentro, que se entrevistaba con él por un “mandato” del propio Mariano Rajoy. Sin embargo, Rodríguez Castiñeira no había sido vinculado antes a la guerra sucia. Llegó a ser comisario general de Información, máximo responsable de la estructura antiterrorista en la Policía.

En su auto, el juez Pedraz explica que examinada la querella y verificado que algunos de los hechos serían efectivamente competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal procede su admisión, aunque de forma parcial.

El juez Manuel García Castellón rechazó investigar una guerra sucia contra el partido en el marco del caso Dina, la difusión de información perjudicial para el partido a partir de la sustracción del móvil de una colaboradora de Pablo Iglesias.

En cuanto a los hechos y personas que inadmite Pedraz, el magistrado afirma que del relato de la querella no aparece afirmada y sustentada indiciariamente que todos los querellados participaran en sus actuaciones con la finalidad criminal que se imputa. En este sentido, dice, no se aprecia que los querellados Jorge Fernández Díaz, Ignacio Cosidó, así como los mandos policiales Bonifacio Diez Sevillano, José Manuel García Catalán, Manuel Vázquez López y Mariano Hervás intervinieran en la investigación de hechos.

“Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Diaz o del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, no se relata más que una suposición de que por los cargos que ostentaban deberían conocer y autorizar los hechos. Dicha imputación es insuficiente para admitir la querella contra los mismos. Del director general se dice que habría filtrado una información a la prensa, lo cual es una afirmación que no permite sustentar la imputación de haber participado o consentido investigaciones contra miembros del Parlamento”. Todo ello, advierte el instructor, sin perjuicio de que en el transcurso de la instrucción de la causa aparecieran indicios contra ellos. 

El 'whatsapp' del número dos de Interior

Por otra parte, el juez admite practicar otras diligencias, como solicitar al Juzgado Central de Instrucción 6 diversa información que obra en el caso Tándem como las diligencias relativas al examen del contenido de los mensajes que hubiera en el móvil de Francisco Martínez. En esos mensajes, Martínez intercambia mensajes con un comisario y le pide buscar informaciones negativas de la formación en 2014 . “¿Aquellos de Podemos no tenían antecedentes? ¡Cagüenlaputa!”, llega a escribir.

El comisario al otro lado, García Castaño, le responde que el entonces jefe de la Brigada de Información, Germán Rodríguez Castiñeira, miraría en las bases de datos. “El cabron de german me dice que esta tarde,porque mirar los 69,s e saca pero hay que mirar uno a uno y claro deja rastro”, escribe. De ahí la imputación Rodríguez Castiñeira, que luego sería ascendido por Juan Ignacio Zoido a comisario general de Informacion. 

En cuanto a las diligencias solicitadas por Podemos, el magistrado rechaza las declaraciones testificales de periodistas por cuanto se refieren a las fuentes de información de los medios, “no estando obligados a declarar los profesionales del periodismo sobre las mismas”. Añade que tampoco aparece en el relato de hechos que los medios participaran en la difusión de noticias falsas a sabiendas que lo eran, por lo que su actividad está amparada por el secreto profesional y por el artículo 20 de la Constitución que reconoce el derecho a la información.

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