Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Feijóo confía en que los jueces tumben a Sánchez tras asumir "los números"
Una visión errónea de la situación económica lleva a un freno del consumo
OPINIÓN | La jeta y chulería de Ábalos la paga la izquierda, por Antonio Maestre

Rebelión sin violencia, el último recurso de la Fiscalía para ganar el juicio

El fiscal Javier Zaragoza en su última intervención en el juicio.

Iñigo Sáenz de Ugarte

La fiscalía del Tribunal Supremo quiere ganar el juicio por goleada. No le vale con una larga pena de prisión para los acusados si no incluye la condena por el delito de rebelión. Su apuesta es por el castigo más duro hasta el punto de producir un concepto tan novedoso como el de rebelión sin violencia. Y eso que el Código Penal reserva ese delito a “los que se alzaren violenta y públicamente”.

Los cuatro fiscales presentaron el martes sus conclusiones finales consumiendo una hora cada uno en la defensa de sus posiciones. Peleaban contra una corriente de opinión muy extendida –no sólo entre posiciones favorables a los independentistas catalanes– que afirma que las acusaciones no han presentado en casi cuatro meses de juicio pruebas que respalden con claridad una condena por rebelión.

“El uso de armas no configura el delito de rebelión”, dijo Fidel Cadena. Después, insistió en esa línea, como mínimo sorprendente: “La violencia física no es un requisito indispensable para el alzamiento”. Una interpretación tan amplia en la que se quiere encajar los acontecimientos que desembocaron en el 1 de octubre de 2017 obliga a un gran salto de fe, en especial cuando Cadena se refería a un concepto de violencia no muy violento: “la violencia normativa”, al referirse a la aprobación de las dos leyes independentistas en el Parlament el 6 y 7 de septiembre. Eso obligaría a muchos requiebros al sostenerlo en un artículo de opinión y aún más en un juicio en el Tribunal Supremo.

Tanto él como los otros tres fiscales sí incidieron en la violencia producida el 1-O. Cadena dijo que la multitud de personas reunida ante los colegios para impedir la actuación policial era “fuerza y violencia”. “Estamos ante unos hechos que provocaron 1.093 heridos”, afirmó el fiscal Jaime Moreno, que hizo así responsables a los acusados también de los heridos causados por la violencia policial.

Pero la clave es que con sus argumentos los fiscales pretendían hacer ver a los magistrados que están obligados a condenar a los acusados por rebelión incluso aunque tengan dudas sobre el alcance y la responsabilidad de esos hechos violentos producidos el 1-O, que ha sido uno de los elementos más importantes de los planteados en el juicio.

“Fue un golpe de Estado, la sustitución de un orden jurídico por otro por medios ilegales”, resumió Javier Zaragoza. “Pretendían suspender y derogar la Constitución y declarar la independencia de Cataluña. Eso es el procés”.

Cadena introdujo la violencia en una fase posterior de la conspiración con el argumento de que “la violencia es solo el episodio final cuando es necesario desgajar a la comunidad del resto del Estado”. Según la acusación pública, el complot tuvo éxito porque “el 27 de octubre la independencia se consuma en Cataluña y la Constitución se ha derogado en el territorio”, en palabras de Cadena. Una posición similar, pero expresada de forma más airada, tuvo Jaime Moreno. Pegando gritos en la sala y con el rostro convulsionado por momentos, Moreno dijo que “la Constitución estaba de facto derogada” en esa comunidad autónoma.

No se escribió en los medios el titular de que Catalunya ya era independiente después del referéndum. Es más, lo que ocurrió fue lo contrario. Nadie reconoció el resultado de esa consulta ni en España ni en el resto de Europa. No hubo república catalana. Se inició una negociación a varias bandas en la que por un momento Carles Puigdemont estuvo cerca de convocar elecciones autonómicas dentro de la legalidad. No se ejecutaron los artículos de la llamada ley de transitoriedad aprobada por el Parlament para poner en marcha la presunta nueva república. El impulso independentista se fue diluyendo hasta que el Gobierno central inició el proceso para aprobar el artículo 155 sin encontrar ninguna resistencia en la calle.

Para los fiscales del Supremo, por el contrario, la rebelión ya había triunfado.

Rechazo del delito de sedición

No se puede negar que intentaron cubrir todos los flancos. Se ocuparon de negar que los hechos juzgados puedan ser considerados delito de sedición, como sostiene la Abogacía del Estado, o conspiración para la rebelión, como se ha especulado en algunos medios a la hora de pensar en una sentencia dura que no incluya el delito de rebelión.

“No puede ser sedición”, argumentó Zaragoza, “porque no es un ataque al orden público, sino al orden constitucional”. Cadena explicó por qué no puede ser castigado como conspiración para la rebelión: “Es un delito que se consuma desde el momento en que te alzas con esos propósitos. No es necesario obtener el resultado”.

La abogada del Estado, Rosa María Seoane, tenía que explicar después por qué acusa por sedición, un paso que dio la Abogacía con el Gobierno de Pedro Sánchez. “No podemos considerar probado que la violencia haya sido uno de los elementos estructurales del plan de los acusados”, dijo en una posición que es claramente diferente a la de los fiscales. Para fundamentar el delito de sedición –y contradecir a Javier Zaragoza–, Seoane dijo que en primer lugar su existencia protege el orden público, pero también el principio de autoridad, es decir, el “respeto a las decisiones de la autoridad”, y la “normal aplicación de la legalidad”.

Es una interpretación que no desentona con lo que dice sobre la sedición el artículo 544 del Código Penal, que sí está enclavado bajo el título de “delitos contra el orden público”. El delito de rebelión lo está bajo el de “delitos contra la Constitución”.

El papel de los Mossos

Para hacer pasar el delito de rebelión, la Fiscalía necesitaba dar a los Mossos un papel básico en los planes independentistas. El juicio ha aportado pruebas interesantes sobre este tema en los dos sentidos y la acusación fue especialmente cuidadosa en su alegato final para elegir algunas e ignorar otras. Zaragoza se refirió a la reunión del 28 de septiembre de la cúpula de los Mossos con Puigdemont, Junqueras y Forn de la que habían hablado en su comparecencia como testigos el mayor Josep Lluís Trapero y los comisarios que formaban parte de su equipo.

La Fiscalía no había llamado a declarar a Trapero, pero aprovechó su testimonio, como era de esperar. Zaragoza recordó que los mandos de los Mossos advirtieron ese día al Govern que “debían desconvocar el referéndum por la alta probabilidad de hechos violentos”. Pero el fiscal optó por mirar a otro lado y no dijo nada sobre el otro mensaje de la cúpula de los Mossos, según el cual iban a cumplir el mandato judicial. Los policías estaban además muy molestos con las declaraciones que había hecho el conseller Forn.

“Todo fue un montaje”, dijo el fiscal sobre el despliegue de la Policía autonómica el día del referéndum. Zaragoza sostuvo que Forn “tuvo el control de los Mossos en todo momento”, algo que fue desmentido en el juicio por todos los comisarios que declararon. Más que de pasividad el 1-O, el fiscal acusó a los Mossos de complicidad en la organización del referéndum.

Básicamente, Zaragoza acusó a los agentes autonómicos de no sacar las porras: “Se ordenó (por la autoridad judicial) a las fuerzas de seguridad del Estado y los Mossos que impidieran la celebración del referéndum. El uso de la fuerza resultaba no solo legítimo, sino legal y absolutamente necesario”.

Las palabras “sin afectar a la normal convivencia ciudadana”, que aparecen en el auto de la juez del TSJC entre las instrucciones a todas las fuerzas de seguridad, fueron enarboladas por Trapero para justificar el despliegue elegido para sus policías. En opinión de Zaragoza, eran secundarias y se utilizaron para que el cumplimiento del mandato judicial “fuera imposible”.

Los fiscales dieron forma jurídica a los argumentos políticos utilizados en el Parlamento por el Partido Popular y Ciudadanos, que han exigido el máximo castigo penal para los acusados. Al igual que en los escritos de acusación, dos de los fiscales, Zaragoza y Cadena, se refirieron al discurso del rey Felipe VI del 3 de octubre. En concreto, Cadena citó de ese discurso la necesidad de defender un orden constitucional que “estaba en peligro”. “Como dijo su majestad el rey, no hay democracia que esté por encima de la ley”, afirmó Zaragoza en un intento de contar con un aliado de peso en sus argumentos que impresionara al tribunal.

Pusieron el listón tan alto que todo lo que no sea una condena por rebelión será considerado una clara derrota para los fiscales. Al igual que en el propio procés, varios protagonistas de este juicio se juegan todo su prestigio con el veredicto que tomen al final los magistrados.

Etiquetas
stats