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La Justicia autoriza una concentración para “rezar el rosario” frente a la sede del PSOE en la jornada de reflexión

Una mujer con un rosario durante una manifestación contra la amnistía frente a la sede del PSOE en Ferraz, a 13 de noviembre de 2023, en Madrid (España).

Marcos Pinheiro

5 de junio de 2024 18:27 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha autorizado una concentración para “rezar el rosario” frente a la sede del PSOE en Ferraz durante la jornada de reflexión y en el propio domingo, cuando se celebran las elecciones europeas. La convocatoria había sido previamente anulada por la Junta Electoral Provincial de Madrid, pero la Justicia dice ahora que no hay “razones fundadas” que justifiquen que esa concentración pueda afectar a la “neutralidad política” que se exige en la jornada de reflexión.

Lo cierto es que ya se han producido en varias ocasiones actos de rezos del rosario frente a la sede de los socialistas en Madrid, siempre vinculados a las protestas contra el Gobierno por la aprobación de la amnistía. También ha ocurrido frente a otras sedes del PSOE en otros puntos del país.

“De acuerdo con la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional, solamente podrá limitarse el ejercicio del derecho de reunión en fechas coincidentes con periodos electorales si existen razones fundadas, y así recogidas en la resolución limitativa del ejercicio de ese derecho, de que esa concentración se convoca con la clara finalidad de obtener sufragios, lo que no acontece en este supuesto”, sostiene el auto del TSJM.

La convocatoria, a nombre de un particular, convoca esos rezos desde el pasado 31 de mayo hasta el 15 de junio de manera ininterrumpida entre las 19.30 y las 20.30 de la tarde. La Junta Electoral Provincial comunicó al convocante que no podía celebrarlas el 8 y 9 de junio por coincidir con la jornada de reflexión y el día de la votación. El convocante recurrió ante la Justicia alegando que la concentración “no está vinculada a ningún candidato que vaya a concurrir a las elecciones europeas ni a ningún partido político al ser el lema de la concentración ”Rosario por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo“.

Por su parte, la Abogacía del Estado alegó que la concentración “constituye un actividad de naturaleza política susceptible de influir en los electores y de afectar a los principios de reflexión y regularidad que deben presidir el acto de votación”; la Fiscalía sostuvo, sin embargo, que “en la jornada de elección pueden desarrollarse reuniones y concentraciones, incluso con intencionalidad política”.

Dicen los jueces del TSJM que, aunque no se especifica en el rechazo, puede entenderse que este se debe “a meras sospechas sobre la posibilidad de que la concentración esos dos días pudiera perturbar la deseable neutralidad política propia de la jornada de reflexión”, pero rechazan esa postura porque afirman que el hecho de que se haya hecho en muchas ocasiones desde el 23 de noviembre invalida ese argumento.

Efectivamente, las los actos de rezo del rosario frente a Ferraz empezaron por esas fechas, y complementaron las protestas alentadas por Vox y colectivos de ultraderecha por los acuerdos para la investidura de Sánchez y las negociaciones para aprobar la ley de amnistía. Desde entonces el rezo del rosario se convirtió en otra más de las formas de protesta de quienes se concentraban frente a la sede de los socialistas.

“Debemos concluir que la Administración no ha acreditado la existencia de razones fundadas que justifiquen que la concentración convocada el día 8 de junio para rezar el ”Rosario por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo“ pudiera incidir o perturbar en forma alguna la neutralidad política propia”, se recoge en el auto, que aplica el mismo argumento para la jornada del domingo, cuando se celebra la votación de las elecciones europeas. “No se ha acreditado en qué medida puede afectar a la constitución de las mesas electorales de los colegios electorales ni mucho menos se ha acreditado en qué medida pueden los concurrentes a la concentración con ese lema y con el número de asistentes previstos (80 personas) influir o entorpecer el acceso de los votantes a las mesas electorales”, añaden.

Las concentraciones el día de la jornada de reflexión son un asunto delicado sobre el que se han pronunciado multitud de jueces. Recientemente, en su investigación contra Tsunami Democràtic, el juez Manuel García Castellón incluyó  las “actividades culturales, políticas y festivas” organizadas por Tsunami durante la jornada de reflexión, entre las que había un concierto, como uno de los elementos que sostenía su acusación de terrorismo contra los investigados.

Tras conocer el auto, la Delegación del Gobierno ha asegurado que la autorización se produce por una “cuestión de forma” y que el TSJM “ha decidido avalar una concentración de motivación política, en la jornada de reflexión y en la jornada de votación de las Elecciones Europeas, en contra del criterio de la Junta Electoral Provincial”, según recoge Europa Press.

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