La Justicia cierra la investigación sobre maltrato policial a los detenidos de 'Rodea el Congreso' una década después sin acusar a nadie
La Justicia ha rechazado seguir investigando los supuestos abusos policiales que, según denuncian los afectados, padecieron más de 20 detenidos tras los disturbios del 25 de septiembre de 2012 en la manifestación bautizada como 'Rodea el Congreso'. Los abogados de la Comisión Legal Sol, que han representado a los denunciantes y a su vez acusados en causas sobre los altercados, han anunciado que llevarán el caso hasta el Tribunal Constitucional. Son los mismos letrados que el año pasado consiguieron que la Justicia europea condenara a España por determinadas actuaciones policiales ese mismo día en el centro de Madrid.
La manifestación reunió a miles de personas en las inmediaciones del Congreso de los Diputados el 25 de septiembre de 2012 mientras la Cámara Baja celebraba un pleno. Una concentración masiva de gente que, bajo el lema 'Rodea el Congreso', salió a la calle para protestar contra la política de recortes que el Partido Popular y Mariano Rajoy habían puesto en marcha durante su primer año de mandato. Los convocantes llamaban también a protestar contra el “secuestro de la soberanía popular llevado a cabo por la Troika y los mercados financieros y ejecutado con el consentimiento y la colaboración de la mayoría de los partidos políticos”.
La Policía detuvo a varias decenas de personas por los altercados ocurridos al final de la concentración y el caso llegó incluso a la Audiencia Nacional, donde el juez Santiago Pedraz rechazó imputar a los convocantes de la manifestación, lo que le costó el calificativo de “pijo ácrata” por parte de Rafael Hernando, entonces portavoz adjunto del PP en el Congreso.
Distintas causas judiciales han estudiado los disturbios ocurridos tanto en esta primera convocatoria como en años posteriores. En este caso la Fiscalía anunció el año pasado que pedía condenas de hasta siete años de prisión para dos decenas de acusados de perpetrar agresiones a policías durante los enfrentamientos. Un total de 26 arrestados, algunos de ellos a la espera de juicio bajo esa acusación de la Fiscalía y otros ya exonerados por los tribunales, denunciaron haber recibido malos tratos después de su arresto en las dependencias policiales de Moratalaz.
Denuncian, por ejemplo, que tuvieron que estar “horas de pie con las manos atadas a la espalda cara a la pared sin poder tocarla ni levantar la cabeza, algunas con heridas sangrantes, hasta que una persona se desmayó”, así como que se les denegó el agua, cambios bruscos de temperatura en las celdas, golpes, burlas y “amenazas de muerte” por agentes que, aseguran, ocultaban su rostro tras un pasamontañas.
El juzgado archivó la causa el pasado mes de febrero y fue a finales de junio cuando la Audiencia Provincial de Madrid ratificó esa decisión. Allí donde los abogados de los denunciantes afirman que el caso se ha archivado sin apenas practicar diligencias, la Audiencia asegura que “se han practicado las diligencias susceptibles de despejar las dudas y contextualizar la actuación policial”.
En ese auto la Audiencia afirmaba que se negaba a abrir “una investigación prospectiva” en torno a protocolos policiales basada, reprocha, “en meras manifestaciones de referencia genérica” frente a una investigación que califican de “amplia y profusa”. Además, destaca la Audiencia Provincial como ya había hecho antes el juzgado, el caso estaría prescrito: “Es indudable que están más que sobrepasados todos los posibles periodos de instrucción admisible”, dijo la Audiencia Provincial.
Recurso al Tribunal Constitucional
Los letrados Eric Sanz de Bremond y Daniel Amelang, de la Comisión Legal Sol, han decidido llevar el caso hasta el Tribunal Constitucional en nombre de cuatro denunciantes. Estos recursos de amparo denuncian una inacción por parte del juzgado durante más de una década para, finalmente, llegar al archivo definitivo del caso por falta de pruebas. Entienden, en primer lugar, que es un buen momento para que el tribunal de garantías “inicie un proceso de reflexión interna, que le conduzca a reorientar su doctrina respecto de aquellos supuestos en los que se denuncien ataques a la integridad física de ciudadanos por parte de agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.
Denuncian que la instrucción del juzgado “no es que fuera ineficaz; es que no ha existido” y que los autos que certificaron el archivo de la causa no fueron compatibles con el derecho fundamental a la integridad física de los denunciantes. “No se ha llevado a cabo ni una sola diligencia de instrucción. Ni una. La denuncia se interpuso en el mes de diciembre de 2012 y, desde entonces, jamás se le ha hecho ofrecimiento de actuaciones a los denunciantes, ni se les ha tomado declaración en calidad de perjudicados, ni se ha tomado declaración a persona alguna en calidad de investigada”, reprochan los letrados.
Explican los recursos de amparo que si la razón del archivo es la prescripción de los hechos el debate sería distinto, pero que tanto el juzgado como la Audiencia reprochan cosas a los denunciantes que, según su criterio, no son ciertas. Por ejemplo que expliquen que los denunciantes nunca han identificado a ningún agente contra el que dirigir la acción penal. Uno de ellos, recuerdan ahora desde la Comisión Legal Sol, “atribuye una detallada agresión provocada por los agentes de policía que le detuvieron. Incluso llega a concretar cuáles fueron estos agentes que le golpearon” y aportó, añaden, sus números de placa. Y nunca se les tomó declaración.
Condena en Estrasburgo
Los disturbios y supuestas agresiones policiales después de la manifestación del 25 de septiembre de 2012 están pendientes de juicio, pero los tribunales también han estudiado la actuación de los agentes. El pasado mes de febrero, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó a España por la falta de investigación en torno a una denuncia de maltrato policial.
La mujer denunciaba que, después de los disturbios, fue desalojada por la fuerza y de manera humillante por la Policía en un bar donde se refugiaba con otros manifestantes. La condena obligaba al Estado a pagar una indemnización de 1.000 euros a esta mujer en un pleito llevado por Eric Sanz de Bremond, uno de los letrados de la Comisión Legal Sol que ahora también lleva este segundo caso ante el Constitucional.
“La investigación llevada a cabo por los tribunales internos no fue lo suficientemente completa y eficaz para cumplir con los requisitos antes señalados de la vertiente procesal del artículo 3 de la Convención de Derechos Humanos” y, por tanto, se había producido una violación de la Convención de Derechos Humanos.
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