La Justicia condena al agitador ultra Alvise Pérez a indemnizar a Carmena con 5.000 euros por difundir bulos
Tercera condena para el agitador ultra Luis 'Alvise' Pérez por difundir bulos en Twitter. Después de ser condenado a indemnizar al exministro José Luis Ábalos y a la periodista Ana Pastor, un juzgado ha decidido obligar al ex asesor de Ciudadanos a pagar 5.000 euros a Manuela Carmena, ex alcaldesa de Madrid, por difundir en Twitter el bulo de que había recibido en su casa un respirador en lo peor de la primera ola de la pandemia en 2020. La jueza le reprocha que emitiera esa información falsa sin hacer ningún tipo de comprobación y también que presumiera en su Telegram de haber ganado el pleito un mes antes de dictarse la sentencia condenatoria.
El agitador de ultraderecha, que en su momento ejerció como asesor de Toni Cantó en su etapa en Ciudadanos en el parlamento valenciano, escribió un mensaje en su cuenta de Twitter el 31 de marzo de 2020, en un momento de máxima carencia de respiradores en las urgencias hospitalarias de todo el país para combatir la primera ola de coronavirus: “¿Sabéis qué exalcaldesa de 76 años ha recibido en su casa un respirador personal de la empresa ”VitalAire“ para evitar acudir a un Hospital Público y hacer cola como el resto de españoles? Os doy una pista: No informará de ello ni La Sexta ni medio alguno de izquierdas”.
La ex alcaldesa contestó, desmintió haber recibido un respirador y lo afirmó en varias entrevistas. La propia empresa desmintió también esa afirmación. Pérez, nuevamente en su cuenta de Twitter, perseveró en un nuevo mensaje: “Si lo considera una ”calumnia“ ruego que me denuncie. Ignoro sus motivos para tergiversarme. Basta de victimismo. Basta de mentiras”.
Carmena optó por denunciarle por la vía civil y el juzgado 59 de Madrid ha condenado a Luis Pérez a indemnizar a la ex alcaldesa con 5.000 euros por difundir el bulo y vulnerar su honor. “El autor de la información no la contrastó suficientemente. No se desplegó la diligencia exigible a al publicar una información suministrada por fuentes no reveladas sin contrastar de forma suficiente la veracidad de los hechos narrados”, dice la sentencia. Luis 'Alvise' Pérez “no es un profesional de la información”, reconoce la magistrada pero sí es “activo en redes sociales y posee un gran número de seguidores que habrían tenido acceso a dicha información que, de ser falsa, afectaría indudablemente al honor de la demandante”.
A lo largo del proceso judicial Carmena ha negado la información y ha aportado diversos desmentidos, mientras que el agitador de ultraderecha no ha pedido “prueba alguna” para demostrar “la veracidad de la información”. El tuit, reprocha la sentencia, “insinúa que, sirviéndose de sus privilegios como ex alcaldesa, Manuela Carmena estaba recibiendo un respirador personal mientras el resto de la población no disponía de dichos elementos en cantidad suficiente, ni siquiera en el ámbito hospitalario. El mensaje, pues, expone y comenta un dato, exponiéndolo a la opinión pública, sin cerciorarse suficientemente de su veracidad, reiterándolo cuando es negado por la afectada”, dice la sentencia.
El pasado mes de febrero, Pérez afirmó en su canal de Telegram que había ganado este pleito, y que se había enterado “por indiscreción de un operador judicial”. Un mes después, la auténtica sentencia le condena a pagar 5.000 euros y la jueza explica que ha podido ver estos mensajes de Telegram. “Evidentemente, en las presentes actuaciones se está dictando sentencia sobre el fondo en el presente momento y no en ninguno anterior, por lo que es notorio que las anteriores informaciones emitidas a través de una red social con amplia difusión no son tampoco ciertas”, acusando a Pérez de mentir a sus seguidores sobre el desarrollo de esta causa judicial.
Tercera condena para Pérez por difundir bulos
Esta condena por la vía civil se trata del tercer fallo adverso para Luis 'Alvise' Pérez por difundir bulos en sus redes sociales o por vulnerar el honor de personalidades públicas y políticas del espectro progresista. Hace unos meses un juzgado de Madrid obligó al experto en comunicación política a pagar 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos y en otra resolución reciente la Audiencia Provincial también le obligó a pagar 1.000 euros a la periodista Ana Pastor.
En el caso del exministro, Pérez fue condenado por colgar en su cuenta de Twitter fotos del político en su casa sin su consentimiento, dando a entender además que tenía algún tipo de problema de salud mental. El juzgado entendió que esas fotos “no tienen ningún interés” y que fueron tomadas “dentro del ámbito más privado, ajenas a su función pública” y que además sus comentarios fueron “sumamente vejatorios”. En sus perfiles en redes sociales como Telegram, el ex asesor de Ciudadanos hace continuos comentarios sobre Ábalos, su vida privada y su época como ministro del ejecutivo de Pedro Sánchez.
En su otra condena civil, los jueces de la Audiencia Provincial de Madrid revocaron su absolución en primera instancia y entendieron que debía indemnizar a la periodista Ana Pastor por insinuar en diversos comentarios que gestionaba de manera irregular la empresa del portal 'Newtral', dejando caer que pagaba menos impuestos de los debidos sin aportar pruebas. La imagen de irregularidades en la gestión de la empresa, dijo esa sentencia condenatoria, “se presenta a los lectores y espectadores como sospechosa y se traslada esta idea a la opinión pública, sin contrastar la poca información disponible con otros datos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales”.
El experto en comunicación, que cuenta con más de 200.000 seguidores en su canal de Telegram desde el que difunde bulos, información sobre causas judiciales como Tándem o Mediador y promueve protestas contra el Gobierno, ha anunciado que recurrirá esta última condena ante la Audiencia Provincial, por lo que como las dos anteriores aún no es firme. Defiende que el proceso “es nulo”, como en las dos ocasiones anteriores.
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