La Justicia madrileña ha decidido condenar al agitador de ultraderecha Luis 'Alvise' Pérez a indemnizar con 1.000 euros a la periodista Ana Pastor por insinuar, sin pruebas, que el medio Newtral que dirige cometía irregularidades o no pagaba suficientes impuestos. La Audiencia de Madrid revoca la absolución que dictó en un primer momento un juzgado de la capital y establece que estos tuits de Pérez, junto con los comentarios que otro internauta hizo en un canal de YouTube, vulneraron el derecho al honor de la periodista: tendrán que borrarlos, publicar en sus redes sociales esta sentencia condenatoria e indemnizar con 1.000 euros cada uno a la afectada.
Los comentarios examinados por los jueces fueron publicados por Luis 'Alvise' Pérez, antiguo asesor político de Toni Cantó en Valencia, en su cuenta de Twitter. Comentarios que insinuaban “una serie de actuaciones delictivas” de la sociedad Newtral Audiovisual, que gestiona el medio de fact-checking de la periodista de La Sexta. Acusaciones sobre las cuentas de la empresa, el origen del dominio web o incluso la profesión de su hermana, también periodista. El otro internauta, Pedro F.B, se hizo eco de estas acusaciones en su canal de YouTube. El título del vídeo era “Destapando el chiringuito, las cuentas y los cuentos de Newtral”.
El juzgado 83 de Madrid desestimó la demanda de Pastor contra el agitador ultraderechista, pero la Audiencia Provincial de la capital ha decidido condenar a ambos por la vía civil a retirar estos comentarios e indemnizar a la periodistas con 1.000 euros cada uno. Los tuits de 'Alvise' Pérez, por ejemplo, “trufados de insinuaciones, presentando como sospechosa la rápida evolución de sus beneficios unida a la ausencia de empleados en el período que se examina” sin presentar pruebas de las irregularidades.
Esos mensajes, siguen los jueces, “no expresan la ideología de sus autores sino que exponen y comentan datos económicos de la sociedad y los vínculos de personas del entorno de la demandante con un partido político, sugiriendo que estos vínculos favorecen la obtención de beneficios que no se justifican y que no se observan los deberes tributarios”.
Los datos con los que Pérez y el otro juzgado pretendían proyectar dudas sobre la gestión de la sociedad de Newtral, sigue la Audiencia, era la hoja del Registro Mercantil de 2018 y esos datos “parecen insuficientes para verter en una red de amplia difusión como es Twitter comentarios e insinuaciones sobre infracciones legales o incumplimiento de obligaciones fiscales, que necesitarían de más datos para tenerse como ciertas o razonablemente probables”. Los beneficios de Newtral, dice la sentencia, “se presenta a los lectores y espectadores como sospechosa y se traslada esta idea a la opinión pública, sin contrastar la poca información disponible con otros datos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales de NEWTRAL”.
Esta sentencia todavía es recurrible ante el Tribunal Supremo y su sala primera, y no es la primera condena civil para Alvise Pérez por vulnerar el honor o la intimidad de una personalidad pública. Un juzgado de Madrid también le condenó a indemnizar con 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos por, entre otras cosas, publicar fotos del político en su propia casa.
En las últimas horas, Pérez ha anunciado que recurrirá esta sentencia ante el Tribunal Supremo. Su cuenta de Twitter fue borrada, los mensajes por tanto ya no existen, y ahora su perfil con más seguidores se encuentra en la red social Telegram.