La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La Justicia condena a la líder de Hogar Social por desobediencia a la autoridad al negarse a ser identificada por la Policía

Laura Galaup

25 de noviembre de 2021 22:32 h

0

La Justicia ha condenado a la líder de Hogar Social, Melisa Domínguez, por un delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad a pagar una multa de 630 euros. La magistrada considera probado que la acusada y los también investigados J.F.R. y C.M.M. se negaron a facilitar su DNI cuando los agentes de Policía les instaron a ello el pasado 30 de agosto. “No estamos haciendo nada. No tenemos que identificarnos, esto es una propiedad privada”, alegaron los acusados, según recoge la sentencia a la que ha accedido esta redacción. Los hechos se produjeron en un edificio propiedad de Radio Televisión Española (RTVE), localizado en la calle Joaquín Costa de la capital, uno de los inmuebles que la organización ultraderechista ha ocupado en los últimos meses.

La asociación publicó en sus perfiles en redes sociales el pasado 29 de agosto que volvían a ocupar la antigua sede del NO-DO (Noticiario Documental franquista), propiedad de RTVE. Un edificio que ya conocían porque lo habían ocupado hace cinco años. Una patrulla de la Policía Nacional se acercó para “identificar a las personas” que estaban en las instalaciones públicas por si estaban cometiendo “algún tipo de infracción” y “por si la seguridad de la Embajada de Israel [que se encuentra a escasos metros] pudiera verse comprometida”, recoge la sentencia emitida el 29 de octubre por el juzgado de lo penal número 27 de Madrid. 

Ante la operación policial, “los acusados se identificaron como miembros de la asociación Hogar Social a través de la verja exterior del edificio y se les solicitó su identificación, por ocupación sin autorización de un inmueble, negándose a ello” en repetidas ocasiones, continúa la sentencia. 

Los condenados llegaron a rechazar en más de 15 ocasiones la orden dada por la Policía. J.F.R. grabó la actuación policial con el móvil y los agentes le detuvieron al negarse a identificarse y no cesar con la grabación. Ya en la vista judicial, Domínguez alegó que no se identificó porque se encontraban “en una propiedad privada” y, en su caso particular, porque “no llevaba la documentación”. 

La Fiscalía ejerció la acusación

Los hechos se han juzgado en una vista rápida que se celebró un día antes de que se dictase sentencia y en el que la acusación era ejercida por la Fiscalía. El Ministerio Público solicitó que se condenase a los acusados por un delito de desobediencia grave, como ha determinado la magistrada, aunque sí proponía una multa más elevada, que ascendía a 1.620 euros. Por su parte, la defensa de los acusados pidió la absolución de sus clientes. 

“En el caso que nos ocupa, se infiere que nos encontramos ante una desobediencia grave por negativa al cumplimiento del mandato a identificarse [de forma] reiterada, porque los agentes mantuvieron que los acusados se negaron a hacerlo después de pedírselo en más de quince ocasiones, luego en aplicación de la doctrina jurisprudencial no se puede tener a los acusados como autores de una falta administrativa, sino de un delito de desobediencia grave a la autoridad del que vienen imputados”, argumenta la jueza.

Finalmente, la magistrada concluye que “la conducta de los acusados merece la consideración de delito de desobediencia grave” por la insistencia con la que se negaron a facilitar su documentación. El fallo ya ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. 

Esta es una de las primeras sentencias que se dictan contra Domínguez. Dentro de unas semanas, la líder de Hogar Social volverá a ser juzgada. En esta ocasión, acusada de un delito de incitación al odio por el ataque a la mezquita de la M-30 del 22 de marzo de 2016 tras los atentados yihadistas de Bruselas. También tiene decretada una apertura de juicio oral por su actuación en una de las caceroladas contra el Gobierno convocadas en la calle Ferraz en el mes de mayo de 2020, cuando de nuevo se negó a identificarse. Y cuenta con otra causa abierta por una protesta celebrada en enero de 2020 frente a la sede del PSOE.