La Audiencia Nacional anuló el pasado mes de diciembre el nombramiento a dedo del Ministerio de Justicia para el puesto de secretaria de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Sin embargo, el Gobierno ha optado por intentar salvar esa designación por dos vías, la judicial y la parlamentaria. La Abogacía del Estado ha recurrido la decisión en los tribunales mientras el PP trata de cambiar en el Congreso los requisitos que dieron al traste con ese ascenso.
En una sentencia dictada el pasado 26 de diciembre, la titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo Número 5 de la Audiencia Nacional, Emilia Peraile, dejaba sin efecto el nombramiento de la nueva secretaria de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, María Hernández Burgos. La jueza entendió que el proceso para elegir el puesto de libre designación se había saltado las normas de la propia convocatoria para nombra a Burgos por encima de otros candidatos.
En concreto, la sentencia anula el nombramiento porque la candidata elegida a dedo no cumplía los requisitos de experiencia que exigían las bases de la convocatoria que había elaborado el Ministerio, como sí hacían otros cuatro candidatos. La magistrada entendió que las normas que se aplican en este caso, y en especial la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), “no dejan lugar a dudas”, por lo que no cabe una interpretación distinta, como hizo el Ministerio.
El fallo recordaba a Justicia que la convocatoria que elaboraron para el puesto hacía referencia a la necesidad de tener 10 años de experiencia en la categoría segunda ya consolidada. “No cabe duda que la resolución cuestionada ha vulnerado la normativa de aplicación y la propia convocatoria”, señala. Para consolidar una categoría se exige el desempeño de puestos de trabajo en ella durante al menos durante cinco años continuados o siete con interrupción. Hernández Burgos no lo cumplía.
El Ministerio no se da por satisfecho y ha presentado un recurso contra la Sala de Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. La abogacía del Estado, que actúa en representación de los intereses del Gobierno, ha presentado un escrito que sostiene básicamente los mismos argumentos que esgrimió durante el proceso: la antigüedad solo operaba “como garantía de la percepción del sueldo” y nada más. Añadió en su defensa que se trata de una plaza de libre designación, por tanto “de discrecionalidad técnica”.
Una enmienda a la reforma de la ley del Poder Judicial
A la vía judicial para salvar el nombramiento, el Gobierno ha incorporado la vía parlamentaría. Actualmente se tramita en el Congreso una reforma de la LOPJ para modificar el régimen de licencias y permisos del personal de la Administración de Justicia. Cuando esa propuesta ha entrado en la fase de enmiendas, el PP ha aprovechado para presentar 50 modificaciones que nada tienen que ver con el objeto de la propuesta que ellos mismos presentaron.
Entre cambios sobre la limitación de tiempo para cargos de la Audiencia Nacional o modificaciones en las funciones de los letrados de la Administración de Justicia, el PP ha metido una que afecta al nombramiento que tumbó la Audiencia Nacional. La única justificación que la acompaña es la “mejora técnica”.
Es enmienda señala que para acceder a la Secretaría de Gobierno de un Tribunal Superior de Justicia solo serán necesarios “diez años en puestos de segunda categoría”. Es decir, no hará falta que esos años empiecen a contar cuando se consolide la categoría, lo que allana el camino a Hernández Burgos.
Fuentes del Ministerio explican que esta enmienda busca paliar “esa disparidad de criterio” que se ha dado en este contencioso judicial “mediante una mayor claridad en la redacción del articulado de la LOPJ”. Justicia reconoce que si la enmienda pasa el trámite parlamentario, Hernández Burgos podrá volver a presentarse a la plaza si el recurso no prospera.
Esa previsión garantiza que el nombramiento anulado por la Audiencia Nacional terminará por imponerse sí o sí: ya sea mediante el visto bueno por la vía judicial, o si se anula, convocando de nuevo la plaza con los nuevos requisitos. Un eventual veto de otros partidos a esa enmienda es lo único que puede echar al traste esta estrategia.
Sin embargo, la aspirante que inició el proceso judicial contra ese nombramiento no opina lo mismo que el Ministerio. Maite Brincas cumplía los requisitos de antigüedad para el puesto -como otros cuatro aspirantes, añade-, pero vio como Hernández Burgos se alzaba con ese puesto por designación de Justicia. Denunció el proceso ante la Audiencia Nacional y ahora espera que esta se pronuncie de nuevo a su favor tras el recurso del Ministerio.
Brincas aclara que no ha recurrido por no salir elegida, pues tiene claro que optaba a un puesto de libre designación, sino que acudió a la vía judicial por “dignidad profesional”, para evitar que estas cosas pasen en los nombramientos de secretarios judiciales.
Explica que, si los jueces le dan la razón -contra esa decisión ya no cabe recurso- el Ministerio debe volver a evaluar los méritos de los candidatos que se presentaron a la convocatoria, excluyendo a Hernández Burgos: “Sería lo lógico y lo justo”. En ningún caso, sostiene, Justicia puede volver a convocar la plaza de nuevo porque la sentencia anula la designación, no el proceso. Sobre la enmienda, se limita a expresar su sorpresa y desconcierto, y expresa su confianza en que el tribunal se pronuncie lo antes posible.