La Justicia ratifica que no hubo delito en la ‘caja de solidaridad’ de Podemos
La Audiencia Provincial de Madrid ha enterrado de manera definitiva la investigación judicial sobre la 'caja de solidaridad' de Podemos. Los jueces, en una resolución que no puede ser recurrida, han rechazado el recurso de la exsenadora Celia Cánovas apoyado por el partido ultraderechistas Vox contra la decisión del juez Escalonilla de no investigar si existió algún tipo de administración desleal en la gestión de este Fondo por parte del partido político. La Audiencia asegura que “no consta una distracción de fondos” y explica que los reproches de Cánovas son más una cuestión interna del funcionamiento de Podemos que una posible ilegalidad.
La causa fallida, una de las 7 que llegó a abrir el juez en torno a Podemos y sus finanzas, llegó a ser bautizada por la oposición y el denunciante como la 'caja B' del partido que lideraba entonces Pablo Iglesias. La denuncia partió de las acusaciones iniciales de José Manuel Calvente, antiguo abogado del partido. La exsenadora Celia Cánovas, parlamentaria de Podemos en la cámara alta por Tarragona entre 2016 y 2019, reclamaba que se investigaran salidas supuestamente opacas de dinero del Fondo Salarial del partido a la Asociación 404.
El juzgado archivó la causa por segunda vez el pasado mes de julio después de que la Audiencia Provincial de Madrid propiciase la reapertura del caso. En ese momento, el organismo entendió que había que investigar si estos flujos de dinero se pusieron en marcha para pasar por encima de los límites de la norma de financiación de partidos y, dijo en un auto, operar “al margen de la actividad inspectora del Tribunal de Cuentas (...) en beneficio de algunos, con perjuicio del resto de los miembros de Podemos y de los fines sociales a los que debieran dedicarse los fondos”.
Ahora es la misma sección de la Audiencia la que rechaza todos los recursos y confirma que no hubo delito en la gestión de esos fondos. Los magistrados analizan la decisión del juez Escalonilla y el informe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y concluyen que no existieron irregularidades en la gestión de estos fondos: “no consta la existencia de distracción de los fondos recibidos por el partido Podemos dirigidos a dirigentes suyos”, dice la Audiencia haciendo suyos los argumentos de la Fiscalía.
Los jueces recuerdan, en una resolución firme, lo que ya dijo el magistrado instructor en su segundo archivo del caso: que los 30.000 euros y los otros cargos efectuados en la cuenta de la Asociación 404 “lo fueron estrictamente para el sufragio de gastos derivados de la realización de actividades correspondientes a los fines asociativos”. Las donaciones, explica la Audiencia, no están prohibidas: “No existe norma que prohíba la donación a la entidad 404”, explica el auto. Añaden los jueces: “Ninguno de sus miembros ostenta cargo orgánico ni función directiva en el partido”.
Los magistrados entienden que las alegaciones de Cánovas y su recurso, además, están más encaminadas al funcionamiento interno del partido pero no a una posible ilegalidad en la gestión de los fondos de esta 'caja de solidaridad'. “Si la recurrente considera que dicha normativa permite realizar donaciones al parecer sin control de quien gestiona sus fondos ello es materia que deberá resolver como cuestión interna del partido político mediante los mecanismos que, en su caso, contemplen sus estatutos y normas internas, y no a través del Derecho penal”, zanja la Audiencia Provincial.
La investigación en torno a las cuentas y el funcionamiento de Podemos surgió en 2020 después de la declaración de José Manuel Calvente, antiguo abogado del partido. El juzgado 42 de la capital abrió multitud de piezas separadas que han sido archivadas hasta la actualidad, salvo la que tiene que ver con la contratación de la consultora Neurona. Entre las piezas archivadas están la de los posibles sobresueldos, el Proyecto Impulsa o la reforma de la sede del partido.
38