La líder de Hogar Social irá a juicio por negarse a ser identificada en una cacerolada contra el Gobierno
La líder de Hogar Social Madrid, Melisa Domínguez, se sentará en el banquillo por su actuación en una de las caceroladas contra el Gobierno convocadas en la calle Ferraz en el mes de mayo de 2020. El juzgado de instrucción número 48 de Madrid ha acordado la apertura de juicio oral contra Domínguez por un delito de resistencia o desobediencia a la autoridad y contra otro acusado, J.R.P., por un delito de atentado contra la autoridad y dos delitos leves de lesiones.
Este no es el único procedimiento judicial que tiene abierto la portavoz de la organización neonazi. En diciembre será juzgada por un delito de incitación al odio por el ataque a la mezquita de la M-30 del 22 de marzo de 2016 tras los atentados yihadistas de Bruselas. También está imputada por otra protesta celebrada en enero de 2020 frente a la sede del PSOE. Esta causa está siendo instruida por el juzgado de instrucción número 3, que investiga a Domínguez por un delito de desobediencia o resistencia a los agentes de la autoridad.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirman a elDiario.es que la líder del grupo ultra se sentará en el banquillo por su participación en una cacerolada contra el Gobierno de Pedro Sánchez que se celebró ya durante la pandemia, el 22 de mayo de 2020 frente a la sede del partido socialista.
En la instrucción, el magistrado expuso los hechos por los que los dos imputados serán juzgados. Durante la concentración, varios agentes de Policía Nacional “decidieron pedir” a Domínguez que “se identificara, a lo que se negó”, según un auto emitido el 21 de octubre por el magistrado del juzgado de instrucción número 48. Según recoge el escrito, la portavoz del colectivo ultra, “de forma cada vez más violenta”, desoyó las indicaciones de los agentes, “dando gritos para que las personas congregadas se pusieran en contra” de los policías.
Ante la respuesta de la portavoz de la organización neonazi, dos agentes “intentaron llevar a la investigada a un lugar seguro para identificarla”, Domínguez respondió a esa actuación “resistiéndose y revolviéndose contra” los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Uno de los policías que participó en esa operación “recibió un golpe con el palo de la bandera que portaba la investigada, llegando [Domínguez] a evadirse” de la retención policial, “aunque posteriormente fue detenida”.
En el transcurso de esta actuación apareció el segundo acusado J.R.P., —siempre según recoge el auto emitido en octubre— que se dirigió a los agentes “con una actitud agresiva levantando los puños y dirigiéndoles insultos”. El magistrado destaca que este segundo acusado fue “requerido” por los policías para que mantuviera la distancia de seguridad“, ”sin hacer caso“. Según continúa el relato del juez, J.R.P. ”empujó“ a tres agentes, hasta que fue también detenido. Aún así, durante su retención ”siguió dirigiendo insultos, lanzando patadas y manotazos“ contra los policías.
Al intentar reducirle, el acusado y dos agentes se “cayeron al suelo”. Una situación que provocó que los agentes “sufrieran contusiones y erosiones que precisaron de una primera asistencia facultativa en ambos casos”, continúa el auto judicial. La letrada que representa a este segundo acusado asegura que su cliente no tiene vinculación con la organización Hogar Social Madrid.
En el escrito de la Fiscalía, dirigido al juzgado en noviembre, el Ministerio Público aclara que tras la intervención policial Domínguez finalmente fue identificada y los agentes encontraron en su mochila un bote de humo. Además, destaca que los dos “acusados tienen antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia”.
Para el fiscal los hechos protagonizados en mayo de 2020 por Domínguez constituyen un delito de resistencia, que debería llevar aparejada una pena de seis meses de prisión y una pena de “especial de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena”. Por su parte, los hechos imputados al segundo acusado, J.R.P., conllevan para el Ministerio Público una pena de nueve meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad y dos delitos leves de lesiones. A eso suma una pena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, dos meses de multa a razón de doce euros diarios por cada uno de los delitos leves y una indemnización de 150 euros a dos agentes “por las lesiones”.
El 18 de enero el juzgado de instrucción decretó la apertura de juicio oral contra los dos acusados por los delitos ya expuestos. La defensa de Domínguez, el letrado Alejandro Hernández, muestra su “disconformidad con el relato realizado por el Ministerio Fiscal” y asegura en el escrito de defensa que “los hechos realmente ocurridos no son constitutivos de delito alguno”.
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