María Luisa Segoviano colgó la toga el pasado 20 de octubre. A sus 72 años, dejaba atrás una carrera en la judicatura que había marcado una época: además de un reguero de sentencias que profundizaban en la perspectiva de género y el reconocimiento de derechos laborales, Segoviano se había convertido en la primera mujer en presidir una sala del Tribunal Supremo en sus 200 años de historia. Pero su jubilación se ha visto interrumpida bruscamente este martes: el Poder Judicial la ha elegido como nueva magistrada del Constitucional.
Segoviano estaba en las quinielas iniciales del bloque progresista hace meses, pero había quedado fuera en las votaciones internas de ese sector. Los vocales se habían decantado por el juez José Manuel Bandrés, pero los conservadores, en un hecho inédito, decidieron vetar al candidato del otro sector y proponerles otros nombres. Lo intentaron primero con Pablo Lucas, pero no hubo acuerdo. Todo indicaba que este martes pasaría lo mismo: los conservadores habían propuesto a Segoviano, que, aunque es progresista, no era a quien había elegido ese sector. Todo apuntaba a que la reunión acabaría de nuevo sin acuerdo y prolongaría la mayoría conservadora en el Constitucional.
Pero cuando se celebró la votación, hubo sorpresa. El bloque progresista votó a favor de Segoviano y del también magistrado del Supremo César Tolosa. Su entrada permitirá además desbloquear el visto bueno a los candidatos del Gobierno –el exministro Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez–, de forma que el tribunal recuperará la mayoría progresista nueve años después y tras meses de bloqueo de la derecha.
En los últimos días, Segoviano había transmitido el honor que le suponía que se la considerase para el Constitucional, aunque lamentaba que fuera en medio de la disputa que se vive desde hace meses en el Poder Judicial.
No es la primera vez que Segoviano accede a un puesto por acuerdo entre los dos bloques del CGPJ. Ya pasó en 2020, cuando los vocales la votaron para que se convirtiera en la primera mujer en presidir una sala del Tribunal Supremo. Se da la casualidad de que en aquella ocasión también ascendió Tolosa: él a la presidencia de la sala de lo contencioso-administrativo, ella a la de lo social.
Y aquella vez, como ahora, los nombramientos fueron fruto de un acuerdo entre los conservadores y parte de los progresistas. Entonces el muñidor del pacto fue Carlos Lesmes, en medio de una enorme tensión con el Gobierno por la decisión del Poder Judicial de seguir haciendo nombramientos a pesar de estar en funciones. El acuerdo al que llegaron los vocales incluía acordar otros ascensos, como el del único juez de Gürtel que pidió la absolución del PP. Unos meses después, el Gobierno aprobó la ley que les impide ascender a jueces hasta que no haya una renovación.
El nombramiento de Segoviano fue un hito al abrir el camino de las mujeres en los puestos más altos de la judicatura, pero confirmó la desigualdad de género en los nombramientos judiciales. El mismo día que se acordó su ascenso se nombró a otros cinco hombres para puestos del Supremo, a pesar de que había 28 candidatas que aspiraban a ellos. Por contra, había 44 candidatos hombres.
La propia Segoviano ha reflexionado sobre esa desigualdad, asegurando en una entrevista que muchas juezas no se presentan a cargos “porque dan por hecho que no las van a elegir”, e incidía en la importancia que tienen las sentencias que profundizan en la perspectiva de género y tratan de reducir las desigualdades entre hombres y mujeres.
Segoviano ha sido ponente de algunas de ellas, especialmente de las relacionadas con el entorno laboral, al que siempre ha estado ligada su carrera. Hija de un magistrado y una licenciada en Derecho, primero ingresó como secretaria en Magistratura de Trabajo y en 1987 accedió a la carrera judicial, donde siempre ha estado ligada al ámbito social. En 2006 alcanzó el Supremo.
Algunas de sus resoluciones han sido pioneras en el reconocimiento de derechos de las mujeres. Segoviano fue ponente del fallo que permitió a una mujer que el servicio social le computase para la jubilación anticipada. Hasta entonces, a los hombres se les reconocía como cotizado el año del servicio militar, pero para las mujeres no contaba el servicio social. También redactó la sentencia que reconocía la incapacidad a una trabajadora de la limpieza por una lesión que le había provocado su trabajo.
Otra de sus sentencias con más impacto fue la que establecía la diferencia entre alterne y prostitución: si hay sexo no es posible reconocer una relación laboral, es decir, esa persona no es una trabajadora. Si no hay sexo y solo alterne, esto es, captación de clientes, acompañamiento y consumo de copas, sí existe relación laboral entre quien ejerce la actividad y quien regenta el local donde se produce.
La nueva integrante del Constitucional acumula además sentencias pioneras sobre el derecho a huelga, como la que condenó a una empresa por esquirolaje después de que algunos de sus jefes –pero no sus máximos responsables– hubiesen puesto a trabajadores a cubrir los puestos de los huelguistas. Consideró en otro fallo accidente laboral el fallecimiento por caída al mar de un cocinero desde la cubierta del barco y obligó a la empresa a indemnizar a su familia.
Segoviano se ha mostrado además muy crítica con los falsos autónomos como los riders, con el exceso de contratos temporales en las subcontrataciones y a favor del mecanismo de los ERTE, que, en su opinión, permitió salvar miles de puestos de trabajo.
Hace solo unas semanas explicaba cómo era su jubilación, con la única responsabilidad ya de formar parte de la Junta Electoral Central hasta las próximas elecciones y con algunos cursos a los que se le invitaba. Ahora su vida ha dado un vuelco.
Segoviano, que había sido descartada inicialmente por los progresistas, entra ahora a formar parte del Constitucional con un mandato por delante de nueve años y una mayoría progresista en el tribunal por primera vez en una década. Su jubilación solo ha durado 68 días. El nombramiento desbloquea meses de boicot de la derecha judicial y acaba con nueve años de mayoría conservadora en el tribunal de garantías.