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Los dos nuevos jueces del PP en el Constitucional rechazaron la ley del aborto sobre la que deben decidir

Manifestación por el derecho al aborto en Madrid.

Alberto Pozas

23 de noviembre de 2021 22:27 h

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El Tribunal Constitucional tiene desde hace más de una década un asunto marcado en rojo en su agenda: el recurso del Partido Popular contra la Ley del Aborto. El documento ha salido del cajón después de que el magistrado ponente, Andrés Ollero, haya abandonado el tribunal de garantías y el borrador haya caído en manos del polémico Enrique Arnaldo, contrario a la norma. No es el único miembro del pleno que en el pasado se ha manifestado contra de la Ley: el nuevo presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, fue propuesto por el Partido Popular para participar en la subcomisión del Congreso sobre la norma hace más de una década, aunque no acudió por “problemas de agenda”; la jueza Concepción Espejel elaboró desde el CGPJ un informe contra la ley.

En el caso de Enrique Arnaldo, encargado de la ponencia sobre el recurso, dejó claro en marzo de 2009 lo que pensaba del entonces todavía proyecto legislativo y de la defensa que hacía la entonces ministra de Igualdad, Bibiana Aído. Decía en un artículo publicado en El Imparcial que “el estiramiento del ordenamiento jurídico a la carta es el final de la certeza, que es la clave o la razón última del Derecho. Saber a qué atenernos y no depender del ukase o de la ocurrencia del momento. Pero exigir conocimientos en los gobernantes es mucho pedir”.

Su opinión tenía que ver exclusivamente con el hecho de que las menores de edad pudieran abortar sin recabar antes el consentimiento de sus padres, así como con unas declaraciones de Aído unos días antes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Dijo entonces la ministra que “si las menores entre 16 y 18 años pueden decidir si se casan o tienen hijos, pueden hacerlo también sobre la interrupción voluntaria del embarazo”. La opinión de Arnaldo llegó pocos días después sin ir más allá sobre el contenido de la reforma, que no fue aprobada hasta un año después.

Arnaldo, cuya aparición en diversos sumarios de corrupción sin consecuencias penales ha convertido su nombramiento en el más polémico de la última renovación, no ha sido el único el pronunciarse sobre esta reforma en los últimos años o tener algún tipo de relación con ella. Concepción Espejel, expresidenta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, fue vocal del Consejo General del Poder Judicial entre 2008 y 2013 a propuesta del PP y como tal tuvo que informar sobre la ley que promulgaba el Gobierno socialista. El CGPJ se partió por la mitad y no fue capaz de emitir una opinión: la mitad conservadora del pleno dio su apoyo al escrito firmado por Espejel y Claro José Fernández-Carnicero.

Un informe de 66 páginas planteado en la Comisión de Estudios del CGPJ en la que Concepción Espejel hacía una enmienda a la totalidad del anteproyecto. Críticas, por ejemplo, a los términos “ambiguos, que parecen destilar un cierto contenido más político o sociológico que jurídico” utilizados por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, entre ellos la ideología y el enfoque de género. Criticaba también la falta de presencia de los hombres en la ley: “El remedio a esta desigualdad no puede venir de una ley sesgada, con un alto contenido ideológico y escasa densidad normativa, con desconocimiento o preterición de los derechos de parte de los afectados por sus disposiciones, como son los varones”. También criticaba la ausencia de referencias a la familia y a la objeción de conciencia de los médicos para no practicar abortos.

Según la opinión jurídica de Espejel en ese momento, el anteproyecto equiparaba el embarazo con una enfermedad y, además, no protegía en absoluto el derecho a la vida de los no nacidos frente al derecho de la mujer a interrumpir un embarazo. Dice ese escrito “que el concebido esté físicamente alojado en su cuerpo no lo convierte en su cuerpo” y que “la vida del concebido encierra así un valor intrínseco, sustantivizado e individualizado por tratarse no sólo de vida, sino de vida humana en fase de gestación”. Para Espejel, la “guía ineludible” para analizar todo este asunto es la sentencia del mismo Tribunal Constitucional de 1985 que retocó la ley de supuestos y otorgó, dice, una “protección reforzada” a la vida del no nacido.

Para la magistrada conservadora, interrumpir un embarazo en las primeras catorce semanas a petición de la mujer implica que “el Estado hace dejación de su deber, de su obligación, como dijera el Tribunal Constitucional y antes se ha expuesto, de proteger la vida prenatal”. Entre sus recomendaciones y apuntes está, incluso, que las mujeres que deciden abortar sean informadas puntualmente del estado de su embarazo: “Resulta aconsejable incluir dentro de los extremos que han de ser objeto de información, aquellos particulares relativos al desarrollo del proceso gestacional”.

Desde la aprobación de la ley y hasta la fecha los datos oficiales demuestran que los abortos en España han experimentado un descenso pronunciado. Los datos de 2020 dejaron 88.269 interrupciones voluntarias del embarazo frente a las 118.611 de 2011, aunque las gráficas experimentaron un leve ascenso entre 2017 y 2019.

Trevijano, propuesto por el PP

La documentación del Congreso de los Diputados recoge cómo el Partido Popular propuso en 2008 a Pedro González-Trevijano para formar parte de la subcomisión parlamentaria sobre la ley del aborto. González-Trevijano era entonces rector de la Universidad Rey Juan Carlos y, según recogió en ese momento Europa Press, no acudió finalmente por “problemas de agenda”. Su nombre no figura en el de los intervinientes en esa subcomisión cuyo funcionamiento fue duramente criticado posteriormente por Soraya Sáenz de Santamaría como portavoz del PP.

Pedro José González-Trevijano fue elegido presidente del Tribunal Constitucional hace unos días por consenso de los bloques conservador y progresista después de la salida de su predecesor, Juan José González Rivas. González-Trevijano fue propuesto por el Gobierno de Mariano Rajoy para llegar al tribunal de garantías en 2013 y ahora tiene en sus manos la gestión del recurso del PP contra la ley de 2010 aunque su mandato, si se cumplen los plazos, no será muy largo: su tiempo en el tribunal expira en junio del año que viene.

No existen muchas referencias del magistrado que se puedan consultar sobre la normativa actual de interrupción del embarazo. Su currículum refleja que participó en dos mesas redondas en Madrid en octubre y noviembre de 2008, fechas en las que fue constituida la subcomisión del Congreso a la que fue propuesto por el PP. Sobre lo que sí se pronunció largo y tendido fue sobre la ley de supuestos de 1985, a la que quiere retornar el Partido Popular. Fue en 1992 cuando escribió “Curso de derecho constitucional Español” con Jorge de Esteban, en cuyo segundo volumen era muy crítico con la norma de 1985.

En ese libro, González-Trevijano y De Esteban entendían que “la intención del Constituyente” fue que el derecho a la vida amparase también al no nacido, aunque reconocía una “ambigüedad” que “no permite deducir de manera clara esa protección”. La Ley de 1985, a la que el PP asegura que quiere volver, tampoco era de su agrado en su vertiente penal: aseguraba que “se ha establecido una situación de absoluta desigualdad” entre las mujeres sin recursos y las que, por ejemplo, podían acudir a clínicas privadas. A González-Trevijano le parecía entonces que la ley de supuestos del Gobierno llevaba a un “panorama absurdo” por no incluir, por ejemplo, “la razón convincente de la situación socioeconómica de la mujer”.

A favor de la norma

Dos de los actuales magistrados del Tribunal Constitucional también se han pronunciado en el pasado a favor de la norma que ahora deben sentenciar. Inmaculada Montalbán, magistrada del Tribunal Superior de Andalucía propuesta por el PSOE, fue también vocal del Consejo General del Poder Judicial entre 2008 y 2013 y, como Espejel, también tuvo que informar sobre el anteproyecto. En su caso, sin embargo, su voto fue a favor de un informe que avalaba la constitucionalidad de la norma al entender que el sistema de plazos “no supone la desprotección penal del bien jurídico que constituye la vida del nasciturus”, pero sí pedía aumentar el papel de los padres en el caso de menores que quieran abortar.

El informe, que recibió el apoyo de la mitad del pleno, llamó a “atribuirle también el derecho a ser oídos por el facultativo” aunque exigió “evitar una puerta abierta a los abortos clandestinos de menores de edad”. Algo que, según el informe que votó Montalbán, se podía evitar retirando este papel de los padres “en circunstancias excepcionales” como “en caso de violencia doméstica acreditada, desarraigo familiar, agresiones o abusos sexuales, u otros demostrativos de graves incumplimientos de los deberes de la patria potestad”. 

También se ha pronunciado a favor de la norma en varias intervenciones públicas. En esta entrevista con el diario Ideal de Granada, aseguraba que la reforma que intentó hacer posteriormente el ministro Alberto Ruiz-Gallardón suponía “un retroceso de 30 años”. En febrero de 2012, en un encuentro digital con los lectores de Diario de Sevilla, Montalbán se refería a esta reforma y aseguraba que “una sociedad democrática madura, como la española, ha de dejar tiempo para que las leyes se implanten”. “En mi opinión, la actual ley da seguridad jurídica y evita abortos clandestinos, que provocan mucho sufrimiento a las mujeres”, añadía .

Algo similar sucede con Cándido Conde-Pumpido, nombrado a propuesta del PSOE en el Senado en 2017. Fue fiscal General del Estado entre 2004 y 2011 y por tanto también estaba al frente del Consejo Fiscal cuando tuvo que informar sobre la norma de 2010. La mayoría conservadora impulsó por un voto de diferencia un informe que apuntaba a la inconstitucionalidad de la norma. Los otros cinco miembros del Consejo, entre los que se encontraba Conde-Pumpido, emitieron un informe en minoría en el que avalaban la constitucionalidad, aunque pusieron numerosas pegas al texto.

Ese “informe alternativo”, según recoge el informe elaborado posteriormente por el Consejo de Estado, ponía una pega principal relacionada con el consentimiento prestado por menores de edad. Entiende ese informe suscrito por Conde-Pumpido que “se ha de añadir a la información previa que reciba la mujer una explícita y razonada invitación a informar a sus padres o tutores de la situación”.

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