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El padre de Pablo Iglesias exige 18.000 euros a Álvarez de Toledo por llamarle “terrorista” y ella se reafirma

El padre de Pablo Iglesias ha interpuesto una demanda por “protección del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen” contra la portavoz del PP en el Congreso, Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos por acusarle de forma reiterada de ser un “terrorista”, además de atribuirle otros hechos como el intento de “cargarse el orden democrático”, algo que el demandante considera “carentes de base y difamatorias, que suponen por sí mismas una vulneración de su derecho al honor”. Por ello, reclama una indemnización de 18.000 euros y que corra con los gastos de la publicación de la sentencia “en dos diarios de tirada nacional”.

Francisco Javier Iglesias ha interpuesto la demanda, que ha adelantado La Sexta y a la que ha tenido acceso eldiario.es, en un juzgado de Zamora, la ciudad en la que reside. Iglesias señala en su exposición las “intervenciones públicas en diferentes medios y espacios donde ha calificado de terrorista al demandante en una evidente y clara vulneración de su derecho al honor por ser dichas manifestaciones absolutamente inveraces”.

Los hechos se iniciaron en un debate parlamentario entre el vicepresidente segundo y la portavoz del PP. Álvarez de Toledo se molestó porque Iglesias le llamó “marquesa” y ella respondió calificándolo de “hijo de un terrorista”.

La número dos de Pablo Casado en el Congreso no se quedó ahí. Como recuerda Francisco Javier Iglesias en su demanda, Álvarez de Toledo insistió en dichas declaraciones en varias ocasiones. Y sumó algunas acusaciones más. Al día siguiente, en un coloquio, insistió en sus acusaciones. Y volvió a hacerlo una vez más en una entrevista con el diario Abc.

Este mismo viernes, la portavoz del PP en el Congreso se reafirmaba en sus palabras. “Me reafirmo con toda claridad en mis palabras. Me reafirmo en mi derecho a decir la verdad y lo defenderá ante cualquier instancia judicial, política o mediática”, ha asegurado, en declaraciones a la agencia Europa Press.

Para el demandante, la reiteración de las acusaciones de Álvarez de Toledo contra una “persona sin relevancia pública alguna” tienen el claro objetivo de atacar al secretario general de Podemos utilizando para ello la figura de su padre, inspector de trabajo jubilado. Además, Iglesias señala en el escrito presentado en el juzgado que las afirmaciones se realizaron “con un claro conocimiento de su falta de veracidad por parte de la Sra. Álvarez de Toledo”.

Francisco Javier Iglesias recuerda que ya ganó una demanda contra el hoy eurodiputado de Vox Hermann Tertsch, quien le acusó igualmente de terrorista. El experiodista tuvo que indemnizarlo con 15.000 euros.

La demanda del padre de Iglesias se centra además en una entrevista que Álvarez de Toledo concedió al diario Abc en la que, según la demanda, realiza “manifestaciones y atribuciones de intenciones al Sr. Iglesias Peláez absolutamente falsas, carentes de base y difamatorias, que suponen por sí mismas una vulneración de su derecho al honor”. En concreto, la frase “Iglesias busca consumar la obra ideológica de su padre: cargarse el orden democrático”.

En opinión del demandante, la mano derecha de Casado en el Congreso “ha actuado de forma consciente y deliberada” ya que, como recuerdan, Álvarez de Toledo apuntó en una rueda de prensa que ella piensa “muy bien” todo lo que dice. “Esto no es una ocurrencia del último minuto. Intento pensar muy bien y le doy muchísima, muchísima importancia a las palabras. Es una reflexión que yo había hecho previamente”, zanjó.

Tanto la repetición del mensaje en sede parlamentaria, entrevistas, actos públicos y ruedas de prensa como la supuesta actuación deliberada llevan al demandante a negar que se pueda aplicar la inviolabilidad parlamentaria de la que gozan los diputados. “El hecho de que la demandada sea diputada no la exime de respetar los derechos ajenos ni, por tanto, excluye su responsabilidad por los ataques que ha efectuado al honor de mi representado”, dice la demanda. Que añade: “No parece que calificar como terrorista al padre de un oponente político forme parte de sus funciones parlamentarias, de manera que tal manifestación no estaría cubierta por la protección que dispensa a los diputados la prerrogativa del art. 71.1 C.E”.