El rey dejará de ser inviolable judicialmente si no se protege con la futura ley de sucesión
“La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Así lo establece el artículo 56.3 de la Constitución. Es decir, Juan Carlos podrá ser perseguir judicialmente como el resto de los españoles, a menos que la ley orgánica que ha de regular la sucesión establezca lo contrario.
El texto constitucional no menciona el nombre de Juan Carlos salvo como “legítimo heredero de la dinastía” y como la persona cuyos sucesores herederán “la Corona de España”.
“La inmunidad es por el cargo”, reflexiona la profesora de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona Argelia Queralt: “Si es inmune es porque es rey. En el momento en que deja de ser rey, ¿qué pasa? No hay precedentes, pero es el mismo caso, por analogía, que el de los parlamentarios, que se les puede perseguir por los actos cometidos durante el ejercicio del cargo”.
“Otra cosa sería conceder inmunidad por motivos dinásticos en la ley orgánica de sucesión que tienen que redactar y que se mantenga el rango tanto al rey saliente como al entrante”, explica Queralt, “pero esto supondría una violación del derecho de igualdad”.
La abdicación del rey está pendiente de una ley que lo regule desde que la Constitución se aprobó en 1978. El artículo 57.5 establece: “Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica”.
Una vez que el Gobierno apruebe el proyecto de ley en Consejo de Ministros, el texto será enviado al Congreso para su aprobación, de donde pasará al Senado y podrá entrar en vigor. En ambas cámaras, se requerirá mayoría absoluta. El proceso puede ser tan rápido como quieran los grupos parlamentarios.