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Una polémica investigación de la Fiscalía libra al rey emérito de una querella y allana su vuelta a España

El rey emérito Juan Carlos I, en una fotografía de archivo. EFE/Juan Carlos Hidalgo

Alberto Pozas

2 de marzo de 2022 23:14 h

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Juan Carlos de Borbón no se sentará en el banquillo por la gestión fraudulenta de su fortuna en el extranjero. La Fiscalía ha decidido archivar todas las vertientes de la investigación abierta desde hace cuatro años para seguir el rastro de 100 millones de dólares llegados desde Arabia Saudí, así como del dinero que sus benefactores usaron para pagarle cientos de miles de euros en gastos personales y que nunca pasaron por manos de Hacienda. Las claves de su exoneración no tienen que ver con que su conducta no sea sospechosa: vienen de la prescripción de los hechos, de la protección que le otorgó la inviolabilidad de la Corona y, finalmente, la validez que la Fiscalía da a sus propios avisos sobre la apertura de las investigaciones.

Que la Fiscalía no tenía intención de denunciar al rey emérito por cualquier cosa anterior a la fecha de su abdicación en 2014 era conocido desde hace casi dos años. En el primer comunicado en el que el Ministerio Público comunicó la apertura de diligencias, ya especificó que hasta entonces había estado protegido por la inviolabilidad que la Constitución reconoce a la Corona española. Y en uno de los decretos que archiva la causa, la Fiscalía opina que esta inviolabilidad abarca los actos realizados mientras ejercía como rey, pero también los actos hechos más allá de la monarquía: “Extiende todos sus efectos a todos los actos ejecutados por el Jefe del Estado, sean estos desarrollados con ocasión del ejercicio de funciones regias o al margen de estas”.

La investigación de la Fiscalía, con un nutrido equipo liderado por el fallecido Juan Ignacio Campos, siempre ha estado muy por encima de lo que se espera de una investigación del Ministerio Público previa a cualquier denuncia o archivo. Estaban encima los fiscales con más bagaje del área de delitos económicos o de derecho internacional, se emitieron diversas comisiones rogatorias a varios países y se hicieron interrogatorios al entorno societario del monarca emérito. Además de los avisos que, según la propia Fiscalía que los emitió, no quitan validez y sinceridad a las regularizaciones del rey emérito que vinieron poco después.

Los decretos de la Fiscalía cierran muchas puertas por múltiples motivos pero dejan claro que eran puertas por las que pasaba la corriente de los delitos fiscales y del cohecho. Sucede cuando los investigadores estudian los 100 millones de dólares que el rey de Arabia Saudí ingresó en la cuenta que la Fundación Lucum del monarca tenía en el banco suizo Mirabaud. Un ingreso que venía con la indicación de ser un “importe enviado por el rey Abdallah de Arabia Saudí como regalo según la tradición saudí de cara a otras monarquías” y que siempre se ha relacionado con la participación de Juan Carlos I en la adjudicación de la obra del AVE a La Meca a un consorcio en el que participaban empresas españolas.

El regalo existió y el dinero nunca fue declarado a Hacienda y merece el calificativo de “sospechoso” pero para la Fiscalía no hay pruebas que lo liguen con la adjudicación del proyecto. “Los indicios son extraordinariamente débiles (...) claramente se trata de elementos indiciarios insuficientes, sin univocidad incriminatoria”, dice el escrito del Ministerio Público. Esto descarta un posible delito de corrupción en los negocios y para la Fiscalía tampoco llega al cohecho. Ni este ingreso de 100 millones de dólares ni otro realizado también en 2010 por el sultán de Bahréin. Pero no llega porque, además, los investigadores han llegado demasiado tarde: “Esta conducta se encontraría claramente prescrita”, dice la Fiscalía.

Para la Fiscalía, por tanto, no hay pruebas de que los 100 millones de dólares procedentes de Arabia Saudí y el millón y medio de euros procedentes de Bahréin fueran una comisión, algún tipo de dádiva o soborno, sino simplemente regalos aunque sobre esta última transferencia reconoce que no hay datos suficientes. Y en cualquier caso, recuerda, la inviolabilidad juega a su favor porque todo esto ocurrió antes de su abdicación en 2014.

Tampoco hubo blanqueo, dice la Fiscalía, después de analizar el flujo de entradas y salidas de dinero de las cuentas de la Fundación Lucum del rey fundada en 2008 en Panamá con nombres ilustres del mundo offshore en su Consejo: Arturo Fasana, Dante Canónica y Harmodio Tejeira. En este delito, la inviolabilidad del rey también se alza como un muro infranqueable entre él y el banquillo, porque la Fiscalía sí explica que había indicios de criminalidad en la transferencia de 2012 con la que Juan Carlos de Borbón pasó todos los activos de la Fundación a la cuenta Solare, en un banco de Nassau, como donación a favor de su entonces amante Corinna Larsen. Eso “sí permitiría, en principio, considerar colmadas las exigencias” del delito pero, y aunque no estaría prescrito, no se puede perseguir por la protección que le Constitución otorga a la corona española.

Los delitos fiscales

Esta inviolabilidad de la Corona, recuerda la Fiscalía, no solo afecta a los actos que pudo cometer en el ejercicio de su cargo: también a cualquier otra cosa. Y allí donde no llegan ni la inviolabilidad ni la prescripción llegan las regularizaciones del rey, que hizo las paces hasta dos veces con Hacienda después de saber que estaba siendo investigado. Una comunicación de la Fiscalía llegó el 24 de junio de 2020 y otra el 6 de noviembre de 2020 y las regularizaciones, por valor de más de 5 millones de euros en dos tandas, llegaron después. “Ni en los decretos de incoación de ambas diligencias de investigación ni en las respectivas notificaciones se hacía referencia a los hechos”, explica la Fiscalía.

El Código Penal permite que un defraudador fiscal evite el banquillo si paga su deuda antes de que se abra una investigación o antes de saber que está siendo investigado. El Tribunal Supremo dejó claro en 2019 que una notificación bloqueaba ese efecto de impunidad. La Fiscalía entiende que sus avisos, muchas veces precedidos de noticias explícitas en medios de comunicación, no evitan que sus regularizaciones sean honestas a ojos de los investigadores. Alega, incluso, que ni ellos mismos sabían lo que estaban investigando cuando se lo comunicaron y que, por tanto, él tampoco podía saberlo.

Esto también deja fuera de combate cualquier posible acusación por delito fiscal por todo el dinero que usó Juan Carlos de Borbón - él y algunos familiares - a lo largo de los años procedente de empresarios amigos, muchas veces en forma de billetes de avión. Por ejemplo, los 516.000 euros que salieron de los bolsillos del empresario mexicano Allen Sanginés-Krause y que fueron a parar al monarca, o los “cuantiosos gastos” que acometió en su nombre la Fundación Zagatka de su primo, Álvaro de Orleans. Las tarjetas opacas desveladas por elDiario.es y que nutrieron de liquidez al monarca y su entorno durante años.

En el caso del empresario mexicano, la Fiscalía explica que “la cuota de cada una de las donaciones es notablemente inferior a los 120.000 euros” así que, una vez dada por buena la regularización, no hay delito fiscal. Pero en el caso de los gastos pagados por la fundación de su primo, esa puerta estaba abierta antes de la regularización, ya que según la Fiscalía hubo “una cuota defraudada superior a 120.000 euros”. El dinero de estas regularizaciones millonarias salió del bolsillo de empresarios amigos que, tal y como reveló El País, optaron por la opción que les permitía pagar la menor cantidad posible a Hacienda.

Los orígenes del trust de Jersey

Un 'trust' permite que una persona transmita parte de su patrimonio para que sea administrado por otra persona o 'trustee' en favor de las personas que son designadas como beneficiarios o para el fin que ha sido creado. Y en octubre de 2020 las alarmas del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Seplac) sobre uno de ellos llamado 'The JRM 2004 Trust' y radicado en la isla de Jersey, considerada un paraíso fiscal. Los investigadores intentaron averiguar si existía alguna vinculación con el monarca porque, en el origen de este 'trust' había otros dos fundados en los años 90 y que sí estaban vinculados a Juan Carlos de Borbón: Tartessos y Hereu.

En este caso, el tiempo también ha jugado a favor del monarca emérito. No por la posible prescripción sino, porque tal y como reconoce la Fiscalía, “no existe actualmente documentación disponible, posiblemente nunca se conocerá con total certeza el origen de los fondos con los que fueron creados”, dice. Pero deja claro que esos dos 'trust' de los que era beneficiario el entonces rey fueron los que aportaron los fondos para la constitución del que hizo sospechar a las autoridades antiblanqueo.

La Fiscalía afirma que “no existe indicio alguno” que permita vincular este 'trust con el monarca emérito, “ni en su gestión ni en la capacidad para disponer de los fondos”. Y aquí entran en juego otra vez los números: los fondos retirados a partir de la abdicación del monarca, aunque hubieran ido a parar a su bolsillo, tampoco hubieran supuesto un delito ya que eran de cuantía muy inferior a las líneas rojas legales. “Las sucesivas disposiciones sobre beneficiarios resulta del todo ajena a S.M. D. Juan Carlos de Borbón”, zanja.

El resultado de dos años de investigación centralizada en la Fiscalía del Supremo es una exoneración total, con las puertas cerradas a cal y canto por las regularizaciones, la prescripción y la inviolabilidad de la corona. En los próximos días el monarca anunciará sus futuros pasos, entre los que está la posibilidad de volver a España una vez enterrado el caso con pocas posibilidades de volver a prosperar. En el último párrafo de su decreto de archivo, la Fiscalía saca pecho de la investigación: reconoce que no ha permitido ejercer acciones penales contra el rey emérito pero destaca que “la actuación de la Fiscalía ha permitido recuperar para las arcas públicas 5.095.148 euros correspondientes a las cuotas tributarias adeudadas por S.M. D. Juan Carlos de Borbón a la Hacienda Pública, incluyendo los oportunos recargos e intereses de demora”.

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