El PP mantuvo a Cifuentes en la economía sumergida y sin cotizar durante sus primeros años en el partido
Cristina Cifuentes, exdelegada del Gobierno y candidata a la presidencia de la Comunidad de Madrid, tenía 24 años cuando trabajó como asesora del Grupo Popular de la Asamblea de esta comunidad. Por su actividad cobró 2.100.000 pesetas durante el ejercicio de 1988 y 2.310.000 en 1989; 192.500 pesetas al mes. Si bien en aquella época no se trataba de un mal sueldo para una joven –el salario medio en 1990 era de 189.064 pesetas–, su situación laboral tenía una trampa: trabajaba sin contrato, sin que el partido pagara su cuota a la Seguridad Social ni le retuviera el IRPF. Cobraba con un talón, cubierto por los fondos públicos que aportaba la Asamblea de Madrid al grupo parlamentario que entonces lideraba Alberto Ruiz-Gallardón. Cifuentes no tenía derecho a ninguna prestación social como trabajadora: no generaba derecho a paro, no estaba cubierta en caso de accidente laboral ni le cuentan esos años para su jubilación.
Esta situación laboral precaria e irregular queda retratada en la “Auditoria del Grupo de la Asamblea de Madrid sobre los ingresos y gastos de 1988 y 1989” que fue encargada por Rosendo Naseiro y cuyos resultados fueron conservados por el tesorero durante los últimos 25 años. Forma parte de los papeles de Naseiro, que estos días está publicando en exclusiva eldiario.es.
Cristina Cifuentes no era la única trabajadora del PP en la economía sumergida. En el cuadro de la auditoria citada, junto a los emolumentos de los 22 empleados populares que trabajaban en la Asamblea de Madrid, puede leerse una nota en la que se señala que “únicamente están dados de alta en la Seguridad Social y se les ha realizado la correspondiente retención del IRPF en las gratificaciones que figuran en la columna ‘nóminas”. Esto es, 15 personas trabajaban en la economía sumergida mientras que otros siete gozaban de un estatus regular. Cifuentes compartió situación laboral precaria con otros asesores, algún chofer, un contable y varias secretarias.
eldiario.es se ha puesto en contacto con Cristina Cifuentes, que no ha querido hacer declaraciones.
Sobresueldos y precariedad
Del análisis de los papeles de Naseiro se desprende que en la gestión de sus ‘recursos humanos’ el Partido Popular aplica una filosofía en la que hace compatible la existencia de ‘sobresueldos’ para quienes ocupan ‘posiciones de responsabilidad’ con la ‘precariedad laboral’ para el común de los mortales, a los que se les escatima la protección social.
Así, los 31 diputados cobraron en dos años 74 millones de pesetas en sobresueldos –además de las dietas que ya les pagaba la Asamblea de Madrid–, mientras que los 22 empleados eran remunerados con 44 millones y el partido se ahorraba el pago de la Seguridad Social y la retención del IRPF de 15 de ellos. No obstante, entre los cargos electos populares en la Asamblea de Madrid también se hacían sus apaños y así la auditoría realizada por los hombres de Naseiro señala que “no se retienen impuestos de la Renta de las Personas Físicas en las gratificaciones concedidas a seis Diputados, ni tampoco en los suplementos dados por servicios, incluidos en la cuenta de ‘otros gastos sociales’. En conjunto estos pagos ascienden a 29,7 millones en 1988 y a 25,2 millones en 1989”.
Asesores sin nombre
Al revisar las valoraciones que los auditores realizaron sobre el papel y la situación laboral de los “asesores”, podemos concluir que su imagen y sus actividades no eran del todo trasparentes. El documento “Auditoría del Grupo de la Asamblea de Madrid” señala que se han pagado 4.400.000 pesetas a “asesores exteriores sin nombre y sin señas”. Después se especifica que esa cantidad “se ha pagado a diversos asesores no identificados, sin que se hayan retenido los correspondientes impuestos”. También hay referencias poco alentadoras para este tipo de cargos en la “Auditoría del Grupo Parlamentario Autonómico de Andalucía”. Se afirma que “existen pagos a asesores sin identificar por un importe de 1,4 millones de pesetas, sin acuse de entrega, ni figura la autorización de la persona que ordenó los mismos; tampoco se ha realizado retención alguna de impuestos”.