Así lo ha explicado la diputada 'popular' María José Ferrer Sansegundo, que ha remarcado que el decreto “ni siquiera atiende las observaciones esenciales que formuló el Consell Jurídic Consultiu, que para algo está”, y que eran “bastantes”.
En concreto, se ha referido al hecho de que el ámbito de aplicación “se extiende a la administración local o la administración general del Estado cuando debe haber un concierto previo” para ello, y ha recordado que “no puede invadir competencias” que no le son propias. “Luego se queja el Consell”, ha dicho, de que el Tribunal Constitucional (TC) declare la inconstitucionalidad de algunas de sus normas por este motivo cuando “está legislando a balonazos sin contar con el CJC”.
Asimismo, la diputada del PP ha hecho referencia a una cuestión “más grave”, el hecho “inadmisible” de que la Oficina de Derechos Lingüísticos pueda tramitar denuncias o reclamaciones sobre el uso de la lengua “en relaciones privadas” como en comercios u oficinas, aunque el decreto lo intente “maquillar” aludiendo a que se abrirán “expedientes informativos” y que su carácter no es sancionador.
“De momento, todos sabemos que las hojas de ruta son así”, ha agregado Ferrer Sansegundo, que ha indicado que el hecho de que se elabore una resolución administrativa en la que figure que se han vulnerado derechos lingüísticos “es reprobatorio” y, además, ha lamentado que “esos expedientes se inscriben en un registro”, con lo que va a haber “un registro de valencianos buenos y valencianos malos”. “Eso es estigmatizar, no es necesario”, ha precisado.
Según ha indicado, los 'populares' están “con el bilingüismo” y por la protección y fomento del valenciano, pero “otra cosa es imponer, castigar a quienes pueden usar cualquiera de las dos lenguas oficiales”.
“Es un corta y pega de la Oficina de Garantías Lingüísticas de Cataluña, que ha acabado con multas a comercios y no ha traído la convivencia pacífica de las lenguas, sino secesión y fractura social”, ha incidido la diputada, que ha agregado: “El tren que en Cataluña ha descarrilado no vamos a permitir aquí, si es posible, ni que salga de la estación”.
OFICINA DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS
El decreto publicado este lunes en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), establece que esta Oficina “tiene como objeto garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía” y estos derechos “son los que amparan y protegen el uso de las lenguas oficiales reconocidas por el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana”.
En cuanto al ámbito de actuación, señala a la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, las entidades que integran la Administración local y los organismos que dependen de esta, la Administración del Estado y los organismos que dependen de esta con sede en la Comunitat Valenciana, incluyendo la Administración de Justicia, y las personas físicas y jurídicas de naturaleza privada.
Sus funciones son recoger y tramitar las reclamaciones sobre vulneración de derechos lingüísticos y las sugerencias relacionadas con la tutela de estos derechos que presente la ciudadanía, y responder a ellas; atender las consultas que la ciudadanía formule con respecto a los derechos lingüísticos y la normativa que los ampara, para ofrecerles información y asesoramiento legal o sensibilizar a la sociedad valenciana sobre los derechos lingüísticos y la necesidad de garantizarlos.
Asimismo, es responsable de arbitrar un mecanismo de colaboración con los órganos competentes de la Administración de la Generalitat que han sido objeto de las reclamaciones para garantizar los derechos de los hablantes, evitar que se reproduzcan situaciones de vulneración de estos derechos y mejorar la atención lingüística de los servicios públicos, colaborar con los organismos de la Administración de la Generalitat competentes en materia de protección de los derechos de consumidores y usuarios.
Por último, también tiene encomendada la tarea de promover la cooperación con instituciones, organismos y entidades de carácter público y privado para asegurar el ejercicio de los derechos lingüísticos y ofrecer asesoramiento y recursos a las empresas o entidades que sean objeto de reclamación, para fomentar el uso del valenciano en su ámbito de actuación.
PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS PRIVADAS
El artículo 13, que cuestiona especialmente el PP, regula las reclamaciones y sugerencias en materia de derechos lingüísticos referidos a personas físicas o jurídicas privadas y señala que en el caso de que los hechos constitutivos de vulneración de derechos lingüísticos procedan de actuaciones realizadas por personas físicas o jurídicas privadas, la Oficina enviará las reclamaciones o las sugerencias a estas personas para que tengan conocimiento de ellas y, en su caso, adopten las medidas oportunas para enmendar los hechos mencionados y formulen la respuesta que consideren procedente.
La Oficina, en el momento de trasladar las reclamaciones o las sugerencias a las personas físicas o jurídicas privadas, les adjuntará un informe o una recomendación sobre los hechos objeto de denuncia si lo considera conveniente y promoverá la cooperación con las personas físicas o jurídicas privadas causantes de los hechos constitutivos de vulneración de los derechos lingüísticos con la finalidad de evitar que se vuelven a producir los hechos objeto de denuncia y garantizar así su protección.