El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha denegado el permiso extraordinario de salida de prisión solicitado por Oriol Junqueras y Jordi Sánchez para asistir mañana a la sesión de investidura. El juez ha desestimado los recursos de reforma que habían presentado ambos junto al de Joaquín Forn contra el auto que declaró la incapacidad legal prolongada de estos investigados para asistir a los debates y las votaciones del Pleno del Parlamento de Cataluña.
En el mismo auto, el juez del Supremo acordó que correspondía a la Mesa del Parlamento arbitrar el procedimiento para que pudieran delegar sus votos en otro diputado, mientras subsistiese su situación de prisión provisional. En el auto dictado este lunes, el juez sostiene que ese auto les permitía arbitrar un sistema para participar en la votación.
“Ni la resolución les denegó un permiso que nunca se pidió, ni les impuso ninguna otra decisión que les afectara, pues limitándose a ejercer una función tuitiva de los derechos de los encausados presos, el auto sólo les garantizó que pudieran tomar posesión de sus cargos si ese era su deseo, así como que pudieran delegar su voto”, afirma el juez, que concluye, por tanto, que no pueden hablar de “indefensión”.
Llarena no cree estar limitando los derechos políticos de Junqueras y Sánchez -Forn renunció a su acta como gesto para apoyar su petición de libertad-. “Casi totalidad de los Códigos Penales de nuestro entorno contempla la previsión de privación de derechos cívicos como pena autónoma o aparejada a la de prisión correspondiente a la comisión de delitos graves o muy graves”, señala.
“Se ha respetado también, por no existir razón parlamentaria que se haya opuesto a la delegación de voto, que los recurrentes hayan podido conformar la voluntad de la cámara, sin alteración ninguna de la aritmética parlamentaria y ejerciendo su opción con sujeción a las limitaciones que fija el propio Reglamento del Parlamento de Cataluña”, añade Llarena.
El auto también recuerda que sigue habiendo, a juicio del instructor, riesgo de reiteración delictiva, por lo que insiste en mantener a los investigados en prisión provisional“. Además, recuerda los argumentos de su auto anterior, en cuanto al riesgo de desórdenes sociales que provocaría trasladarles físicamente al Parlament para votar.
El juez también ha dictado una providencia en la que requiere al Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalitat de Cataluña para que ponga a disposición del instructor de forma inmediata todos los mensajes correspondientes a la totalidad de las direcciones de correo electrónico -personales o por razón de su cargo- de 32 personas relacionadas con la investigación que fueron solicitados el pasado 11 de enero por el instructor.
El magistrado realiza este nuevo requerimiento después de que la policía judicial le haya comunicado que este centro no entregó toda la información solicitada. En su providencia, el juez añade que se indiquen los motivos que llevaron a no dar cumplimiento inicial a lo requerido.