Al amparo del artículo 3 Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, publicamos esta rectificación de Manuel Ladrón de Guevara e Isasa a la información titulada “Nobleza en duda: la asociación nobiliaria más numerosa de España que llegó a presidir un falso conde”.
Le dirijo esta carta con el propósito de ejercitar el derecho de rectificación regulado en Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, dejando constancia de que es completamente incierto que, como indica en el precipitado artículo, mi condición heredada de noble se sustente sobre una única prueba de nobleza. Tal y como exige en el art. 6 de los Estatutos de la Real Asociación de Hidalgos de España, aprobados el 24 de mayo de 2007, mi nobleza de sangre consta acreditada mediante tres actos positivos de nobleza, por línea de varón. Este dato hubiera sido fácilmente contrastable por el Sr. López, ya que dichas pruebas se encuentran debidamente documentadas en los archivos de la citada entidad, así como en los del Real Cuerpo de la Nobleza de Madrid.
Igualmente, debo resaltar que las insinuaciones realizadas sobre la veracidad de la calificación de noble obrante en las hojas de servicio, atribuyéndolas a una decisión fundada en la “generosidad” de quien la otorgaba, son totalmente erróneas.