El sueldo de Alvise Pérez, un 'sorteo' con mucha letra pequeña
“Donaremos el 100% del sueldo público, porque no somos malditos parásitos”. El recién elegido eurodiputado Alvise Pérez reiteró la misma noche electoral de las últimas europeas la promesa que había proclamado durante su campaña, plagada de arengas antiinmigración y antifeministas que el agitador ultra planteó contra lo que él llama “mafia” política y mediática. Casi dos meses después y tras algunas protestas de seguidores de sus redes sociales que empezaban a impacientarse, el europarlamentario ha publicado las bases del supuesto sorteo, del que todavía no se ha anunciado fecha de celebración, pero que ya ha permitido al presidente de la agrupación de electores Se Acabó la Fiesta (SALF) tener acceso a información muy sensible de las más de 140.000 personas que han aceptado participar a cambio de una amplia cesión de sus datos personales.
La inclusión en la rifa de cada sueldo neto —que alcanza los 8.088,03 euros al mes— está supeditada a que los potenciales ganadores acepten incondicionalmente proporcionar, además de su nombre y apellidos, su dirección, su DNI, su número de teléfono, su email y el nombre de su cuenta de Instagram. También deben admitir, además, que esos datos puedan ser utilizados “para uno o varios fines específicos” —que no detalla— cuando se supone que el único propósito es dar “transparencia” al proceso y garantizar la realización “efectiva” de la donación del salario del Parlamento Europeo. Otros requisitos son seguir a Alvise Pérez en su cuenta de Instagram y su canal de Telegram.
Según la política de privacidad que firman los inscritos, es el propio eurodiputado el que se erige como “responsable” del tratamiento de estos datos. Esto es, no remite su gestión a la agrupación de electores con la que concurrió a las elecciones, sino que todo depende de él mismo.
La periodista y divulgadora jurídica Marina Olmo Sastre fue una de las primeras en denunciarlo en su perfil de X a través de un hilo.
Entre los requisitos de la rifa que han suscitado controversia está la política de privacidad en la que se establece que estas personas “facilitan su consentimiento para el tratamiento de aquellos datos personales publicados” en sus perfiles de redes sociales. Además, estipula que esa información, incluida la de carácter personal, “puede ser publicada” a través de los perfiles del eurodiputado. Supone “quedar a disposición pública de otros terceros usuarios de redes sociales”. Ese requisito implica que, al ceder la información incluida en redes sociales, todo el contenido puede hacerse público a pesar de que pueda incluir elementos relacionados con la intimidad que requieren una mayor protección.
“Demostrar la transparencia”
En este punto, la política de privacidad justifica la publicación de los datos personales de los donatarios “incluyendo el nombre, los apellidos y el perfil de la red social” con el objetivo de “demostrar la transparencia y legitimidad del proceso de selección del donatario y la realización efectiva de la donación”. E incluye, como no puede ser de otra forma, los derechos de desistimiento y rectificación de esos datos.
Se trata de una cesión de datos que algunos juristas como el abogado y profesor de Derecho Administrativo Víctor Soriano consideran excesiva. “Aunque parece que hay una autorización expresa e informada, se podría discutir si el fondo es correcto”, sostiene este experto, quien afirma que el objetivo parece más bien obtener datos que pueden tener “valor” en el mercado y con la autorización para poder utilizarlos “con una finalidad amplísima”. Recuerda, en este sentido, que existe una doctrina en la Agencia Española de Protección de Datos encaminada a restringir la recopilación de datos de carácter personal.
Por ejemplo, recuerda este experto que este organismo sancionó en 2022 a un establecimiento hotelero por escanear el DNI de sus usuarios en el momento del check-in y utilizar después esas fotografías para el control de acceso y la facturación de sus consumos durante su estancia. En este caso, la AEPD consideró “innecesario” y “desproporcionado” la recogida y utilización de la fotografía.
Esta “excesiva” recopilación de datos lleva a juristas como Soriano a considerar que hay una “contraprestación en especie” que es la cesión de información de carácter personal. “Se está sorteando dinero en metálico a cambio de la entrega de los datos personales de los participantes. Es una cesión de datos que no es sólo instrumental para el sorteo, sino que se busca obtener datos con la autorización para utilizarlos con una finalidad amplísima. Son datos que tienen un valor en el mercado al incluir un elemento especialmente protegido como es la ideología, pues se entiende que nadie que no comulgue con sus ideas se va a apuntar al sorteo”, afirma este experto.
Algunos expertos sostienen que el sorteo del sueldo de Alvise entraría en el ámbito de la regulación del juego al darse esa supuesta contraprestación en especie que es la cesión de datos Y que, por tanto, debería haber solicitado una licencia a la Dirección General de Ordenación del Juego. Sin embargo, fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 —de quien depende la citada dirección general— afirman que aunque únicamente conocen la existencia de la supuesta rifa por los medios de comunicación, de la información publicada se deduce que “no consistirá en una actividad de juego” según la normativa vigente.
Esa regulación define como “juego” cualquier actividad “en la que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables en cualquier forma sobre resultados futuros e inciertos, dependientes en alguna medida del azar”. Las citadas fuentes explican que, en el caso de lo anunciado por Alvise Pérez, se trata de un sorteo que tiene una finalidad exclusivamente publicitaria o de promoción de un producto o servicio. Y subrayan que esa figura —que recibe el nombre técnico de combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales— no requiere la obtención de licencia o autorización alguna, ni la realización de comunicación previa a la Dirección General de Ordenación del Juego.
Esa actividad, no obstante, sí está sometida al pago del Impuesto sobre Actividades de Juego, cuya liquidación e inspección corresponde a la Agencia Tributaria, detallan estas mismas fuentes. Asimismo, el abono de los 8.088,03 euros netos de salario se consideraría una donación entre extraños que está sujeta al impuesto de donaciones y que no suelen estar sujeta a reducción. De hecho, el propio Alvise Pérez dice en su página web que no se hace responsable de las obligaciones fiscales del receptor de esos fondos y pide que quien finalmente se haga con su sueldo pague el impuesto oportuno “dada la persecución política y mediática” de la que asegura ser víctima.
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