El proyecto político de Yolanda Díaz quedó registrado hace dos semanas como partido político. Pero no será solo una herramienta instrumental para articular la coalición de cara a las elecciones generales del 23 de julio, tendrá vida propia como formación política y su estructura ya figura en los estatutos que el partido ha publicado en su nueva página web. Movimiento Sumar, como se llama el partido, tendrá según ese documento una asamblea general, que se celebrará ordinariamente de forma anual, una suerte de ejecutiva, denominada Mesa de Coordinación, y una Comisión de Garantías. Los estatutos también contemplan tres figuras orgánicas: una presidencia, una secretaría y una tesorería.
Aunque en la recién creada página web todavía no figura un documento organizativo, que estará disponible próximamente, según indican, los estatutos del partido ya perfilan un diseño embrionario del partido político, una estructura de ámbito estatal, que tendrá dos tipos de militantes, los afiliados, de mayor entidad jurídica, y los “amigos” de Sumar. “Movimiento Sumar es una plataforma política que tiene por finalidad la promoción de los Derechos Humanos en todos los ámbitos sociales, políticos e institucionales”, establecen los estatutos. “Movimiento Sumar se concibe como un movimiento democrático ciudadano orientado a la transformación social a través de las instituciones y la sociedad civil”, añaden en una serie de puntos que definen las principales líneas ideológicas de la plataforma.
En el documento publicado en la web, Sumar se configura como un partido basado en principios democráticos: “Se fomentará la deliberación y el debate, en la lógica positiva de alcanzar acuerdos y consensos que reflejen la pluralidad de ideas que nutren la comunidad de Movimiento Sumar; Se establecerán fórmulas de apertura e implicación de la ciudadanía y de la sociedad civil en la actividad y en las propuestas de Movimiento Sumar”. Además establecen mecanismos de “de deliberación y votación mediante herramientas digitales accesibles”.
Asamblea y Mesa de coordinación
Los estatutos de Sumar plantean una asamblea general como el principal órgano de decisión de los afiliados del partido. Se convocará como mínimo una vez al año y tendrá distintas atribuciones como la aprobación del programa político, de los estatutos o de cualquier modificación del reglamento. También podrá elegir a los miembros de la Mesa de Coordinación, aprobar o rechazar anualmente la gestión de este órgano y hacer lo mismo con la Comisión de Garantías. En último caso, también tiene la potestad de decidir la disolución del partido.
La Asamblea también podría ser convocada de forma extraordinaria, si así lo decide la Mesa de Coordinación o el 35% de las personas afiliadas. “Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por regla general por mayoría simple de los miembros presentes, salvo en el caso de la disolución del partido que requerirá mayoría de 3/5 de los miembros presentes”, apuntan los estatutos, que garantizan que la votación “para la elección de los órganos de dirección se realizará mediante voto libre y secreto”.
Las figuras que ocupen la Presidencia, la Secretaría y la Tesorería serán nombradas por la Mesa de Coordinación, la ejecutiva del partido, que estará formada por entre tres y diez personas y será diseñada por votación, esta vez sí, de la Asamblea General. Sin embargo, no quedan muy clara las funciones del presidente o el secretario, que seguramente queden desarrolladas en el futuro documento organizativo.
Este órgano podrá aprobar los presupuestos anuales y de las campañas electorales, examinar y aprobar las cuentas anuales del partido en el primer trimestre de cada ejercicio, la gestión económico-financiera del partido y su patrimonio, fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias de las personas afiliadas, decidir sobre el alta o baja de las personas afiliadas y aprobar las coaliciones preelectorales y los acuerdos poselectorales, así como las candidaturas con las que el partido se presente a las elecciones.
También podrá nombrar los portavoces estatales del partido, así como a los territoriales si se crearan esos órganos, ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General y llevar a cabo las tareas asignadas por dicho órgano. “La Mesa de Coordinación se reunirá de forma ordinaria una vez cada 3 meses y de forma extraordinaria tantas veces como lo soliciten al menos tres de sus miembros. La sesión deberá convocarse con una antelación mínima de 3 días hábiles, salvo en casos urgentes si así lo decide una mayoría de sus miembros”, establecen los estatutos.
Comisión de garantías
Los estatutos también contemplan la creación de un órgano para “defender y garantizar” los derechos de las personas afiliadas. La Comisión de Garantías “emitirá informe previo a la resolución de sus quejas, denuncias y recursos, de acuerdo con lo establecido en los presentes Estatutos”. “La Comisión de Garantías está formada por 3 personas afiliadas al corriente de pago de cuotas, que no formen parte de la Mesa de Coordinación del partido, y que serán elegidas por la Asamblea para un periodo de 4 años, según el procedimiento de elección detallado en el artículo 14 de los presentes Estatutos”, explica el texto.