Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Feijóo confía en que los jueces tumben a Sánchez tras asumir "los números"
Una visión errónea de la situación económica lleva a un freno del consumo
OPINIÓN | La jeta y chulería de Ábalos la paga la izquierda, por Antonio Maestre

Sumar denuncia a Luis Rubiales por infracción grave ante el Consejo Superior de Deportes

La vicepresidenta segunda y líder de Sumar, Yolanda Díaz, y la portavoz de Sumar en el Congreso, Marta Lois.

Ana Requena Aguilar

22 de agosto de 2023 21:56 h

31

Sumar ha presentado este martes por la tarde una denuncia por infracción grave contra Luis Rubiales ante el Consejo Superior de Deportes (CSD). En el documento, al que ha accedido elDiario.es, el partido de Yolanda Díaz subraya que la Federación Española de Fútbol tiene aprobado un protocolo de actuación contra la violencia sexual que incluye “besar a la fuerza” y el “inadecuado contacto corporal, abrazos, apretones etc”. También apuntan que Rubiales está sometido a la ley del deporte y que no solo ejerce un rol privado, sino que es “el responsable de desarrollar funciones públicas por delegación ante el gobierno de España”. Por ello, Sumar denuncia a Rubiales por una infracción grave incluida en la norma por la que se le podría sancionar con la inhabilitación para ocupar cargos en la entidad entre un mes y dos años.

El texto, firmado por la portavoz parlamentaria de Sumar, Marta Lois, y por el coordinador de deporte de la formación, David Moscoso, se dirige al presidente del Consejo Superior de Deportes, Víctor Francos. El CSD, recuerdan, tiene las competencias sobre el control económico y administrativo, pero también sobre la disciplina, de las entidades deportivas de ámbito estatal.

El escrito describe lo sucedido como “un acto y una presunta agresión que ha sido denunciado públicamente por autoridades políticas, medios de comunicación nacionales e internacionales y por la opinión pública, por haberse producido en el escenario en el que se estaban entregando las medallas a las jugadoras y ante las cámaras y los ojos de todos los presentes, periodistas y telespectadores”.

Más allá de las consecuencias penales, Sumar recuerda que la ley del deporte exige a las federaciones y ligas contar con protocolos de prevención y actuación contra situaciones de acoso, abuso y discriminación. El artículo que así lo establece señala: “De acuerdo con dicho protocolo, deberá ponerse en conocimiento del organismo sancionador dependiente del Consejo Superior de Deportes cualquier actuación que pueda ser considerada discriminación, abuso o acoso sexual y/o acoso por razón de sexo o autoridad, para ser sancionada como falta grave atendiendo a lo establecido en el artículo 105”.

La Federación Española de Fútbol incluye, de hecho, en su protocolo el “besar a la fuerza” y el “inadecuado acercamiento en el contacto corporal” como situaciones y comportamientos relacionados con la violencia sexual.

El escrito dirigido al CSD subraya que Luis Rubiales, como presidente de una federación, está sometido a la ley del deporte. “Pues en su artículo 43 relativo a las competencias delegadas de las federaciones, aun siendo entidades privadas, tienen un régimen especial por el que desempeñan competencias públicas delegadas. Por tanto, el Presidente de la RFEF no sólo ejerce un rol privado, es el responsable de desarrollar funciones públicas por delegación ante el gobierno de España”, relata Sumar en su denuncia.

El texto también cita el artículo 50, que describe que el CSD debe “ejercer potestad disciplinaria” en los términos que establece la norma. “Es decir, el Sr. Luis Manuel Rubiales Béjar desempeña funciones públicas por delegación y, como autoridad, ejerce un rol también de representación pública del país”, escriben.

Por todo ello, Sumar asegura que, tal y como establece la ley, se ha cometido una infracción grave por la que puede establecerse una sanción de “inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva por un periodo comprendido entre un mes y dos años”,.

Etiquetas
stats