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El Supremo avala las excarcelaciones de la Audiencia Nacional tras la sentencia de Estrasburgo

El Pleno del Tribunal Supremo ha acordado que sea cada tribunal sentenciador el que resuelva sobre la aplicación del fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) referente a la ‘doctrina Parot’, informaron fuentes del citado tribunal. De esta forma, el Supremo avala las excarcelaciones producidas hasta ahora, incluidas las decididas por la Audiencia Nacional antes de que el Alto Tribunal se pronunciara.

Además, el Supremo entra al fondo de la aplicación del fallo de Estrasburgo al recuperar el cálculo de redención de condena anterior a su sentencia sobre la 'doctrina Parot', de 28 de febrero de 2006. Según ese cálculo, los días redimidos de condena por estudios o trabajos en la cárcel se descuentan del máximo a cumplir en prisión, 30 años, y no sobre el cómputo total de las condenas, que en el caso de graves delincuentes sumaban en ocasiones los miles de años.

Con su acuerdo, la Sala General rectifica su propia doctrina y deja abierto el camino para que salgan de prisión los 93 presos a los que afectaba la 'doctrina Parot', de los que dos terceras partes son presos de ETA. Solo en el caso de que algún preso hubiera sido condenado después de 2006 por hechos cometidos antes de 1995, la 'doctrina Parot' podría seguir siendo aplicada. Ninguno de los citados 93 presos se encuentra en ese supuesto.

El Tribunal Supremo solo decidirá sobre los cinco casos que tiene pendiente de analizar y sobre los recursos de casación que se presenten ante él. El acuerdo se ha adoptado por doce votos a favor y cuatro en contra, según las citadas fuentes.

En el tercer y último punto de la nota difundida hoy por el Supremo se envía un mensaje a los políticos: “El Tribunal considera necesario que el Poder Legislativo regule con la necesaria claridad y precisión el cauce procesal adecuado en relación con la efectividad de las resoluciones del TEDH”.