Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Supremo avala que el ultra Alvise insinuara sin pruebas que la empresa de la periodista Ana Pastor comete irregularidades

Luis 'Alvise' Pérez se dirige a la multitud sentada frente al Congreso en una manifestación de noviembre

Alberto Pozas

9 de febrero de 2024 15:43 h

14

El Tribunal Supremo ha anulado la condena impuesta al agitador ultra Luis 'Alvise' Pérez por vulnerar el honor de la periodista Ana Pastor. Los jueces de la sala de lo civil han revocado una sanción de 1.000 que Pérez, uno de los promotores de las primeras manifestaciones frente a la calle Ferraz y el Congreso de noviembre, había sido condenado a pagar a la periodista por insinuar, sin pruebas, que cometía irregularidades fiscales en la gestión de su medio Newtral. Ana Pastor, como personaje público, “ha de soportar una mayor afectación de su derecho al honor”, dice el Supremo.

Los jueces, según la sentencia que ha podido examinar elDiario.es, entiende que sus críticas e insinuaciones estaban amparadas por la libertad de expresión, aunque no comunicaran datos veraces. “Son opiniones y juicios de valor emitidos respecto de cuestiones de interés general”, alega el Supremo. “No puede exigirse que, para que estén amparados por la libertad de expresión, las opiniones y juicios de valor sean veraces”, añade. 

Luis Pérez, conocido en internet con el sobrenombre de 'Alvise' desde hace años, dio el salto de Twitter a la comunicación política de la mano de Toni Cantó y Ciudadanos, ejerciendo de director de gabinete en su etapa en el parlamento valenciano hasta su dimisión en diciembre de 2019. A partir de ese momento centró su actividad en sus perfiles de Twitter y Telegram, donde compagina desde hace años la difusión de mensajes xenófobos y machistas con críticas y hostigamiento a políticos y medios de comunicación. En los últimos meses también se ha posicionado como uno de los líderes en las primeras manifestaciones frente a Ferraz y el Congreso de los Diputados de noviembre.

El autodenominado 'analista' ha centrado una parte de sus ataques en lo que denomina la “mafia”, sobre todo periodistas y políticos del espectro progresista, una de ellas Ana Pastor. En este caso, Pérez fue llevado a los tribunales por escribir en Twitter varios mensajes que insinuaban irregularidades en la gestión de la sociedad Newtral Audiovisual. Un usuario de YouTube se hizo eco de estas afirmaciones y llegó a subir un vídeo: “Destapando el chiringuito, las cuentas y los cuentos de Newtral”.

En un primer momento un juzgado de Madrid dio la razón a Alvise Pérez pero la Audiencia Provincial entendió que esa sucesión de insinuaciones sin pruebas merecían una condena de 1.000 euros por vulnerar el honor de la periodista. Los datos que ofreció en Twitter, dijo el tribunal madrileño, “parecen insuficientes para verter en una red de amplia difusión como es Twitter comentarios e insinuaciones sobre infracciones legales o incumplimiento de obligaciones fiscales, que necesitarían de más datos para tenerse como ciertas o razonablemente probables”.

Los beneficios de Newtral, dijo esa sentencia, “se presenta a los lectores y espectadores como sospechosa y se traslada esta idea a la opinión pública, sin contrastar la poca información disponible con otros datos relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales de Newtral”.

Ahora el Supremo entiende que en esos mensajes de Twitter “no se emplean términos inequívocamente ofensivos desvinculados de la opinión que se quiera expresar. Que la demandante no comparta dichos juicios de valor, que le parezcan incluso injustos, no los convierte en ilegítimos”. Cuestionar las cuentas de Newtral en base a algunos datos del Registro Mercantil, añade el Supremo, implica que las declaraciones de Alvise y el otro acusado “se apoyan en una base fáctica adecuada”.

Varias condenas contra Alvise Pérez

El agitador mantiene abiertos múltiples pleitos que varios periodistas y políticos pusieron en marcha contra él por difundir bulos sobre ellos o vulnerar su honor en Twitter y Telegram, donde acumula cientos de miles de seguidores. Los tribunales todavía tienen pendiente de resolver en firme otras sentencias y demandas sobre Ana Pastor, el exministro José Luis Ábalos o la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena.

En el caso de la fundadora de Newtral, el Supremo tiene pendiente una segunda condena contra Pérez, esta de 10.000 euros de indemnización, por atacar a la periodista y su entorno. Esa sentencia, que todavía no es firme, le sancionó por desarrollar una estrategia que ha desplegado con multitud de figuras públicas: difundir en Twitter y Telegram fotos de periodistas o políticos insinuando que demuestran su pertenencia a algún tipo de “mafia”.

Es lo que hizo con una foto de Ana Pastor y su marido, el también periodista Antonio García Ferreras, mientras comían en Balears con Óscar Camps, el fundador de Open Arms. En su tuit especulaba sobre el motivo de la cita y afirmaba: “Cómo se tensa la mafia cuando los observados, perseguidos y desnudos ante la opinión pública son ellos ¿verdad?”. En esas fechas, Pastor presentó en las islas un documental sobre Open Arms dirigido por ella misma.

Esas insinuaciones y esa publicación de una fotografía íntima sin consentimiento se tradujeron en una indemnización de 10.000 euros. Otra de sus condenas económicas, que todavía no es firme, también le obligó a indemnizar con 5.000 euros a Manuela Carmena por difundir una foto de procedencia desconocida y afirmar que, en lo peor de la primera ola de coronavirus, la exalcaldesa de la capital recibió en su casa un respirador mientras escaseaban en los hospitales.

Otro caso que ha vuelto recientemente a la casilla de salida ha sido el de la demanda en la que el exministro José Luis Ábalos le acusaba de difundir una foto de él en la terraza de su casa de València insinuando, además, que parece algún tipo de trastorno. En ese caso los tribuales firmaron una condena de 60.000 euros para él, pero la Justicia ordenó repetir el proceso por defectos “evidentes” en las notificaciones al acusado.

Etiquetas
stats