El Tribunal Supremo ha avalado la rebaja de condena de uno de los violadores de la manada de Pamplona en aplicación de la ley del 'solo sí es sí'. Los jueces han rechazado el recurso de la Fiscalía contra la decisión de los jueces navarros de bajar de 15 a 14 años de presidio a uno de los condenados. Entienden que en su momento se le impuso una condena “Próxima” al mínimo legal y es correcto adaptar su condena a la nueva ley, mientras explica que no pueden hacerse diferencias “entre este caso, por más que sea particularmente mediático” y otros de los múltiples que han estudiado en los últimos meses.
Uno de los violadores de la manada de Pamplona llevó hasta el Tribunal Superior de Justicia de Navarra su petición de acogerse a la nueva ley y beneficiarse de ella. La respuesta de los jueces fue rebajar de 15 a 14 años su condena por agresión sexual establecida por el Tribunal Supremo. Los jueces navarros, con un voto en contra, entendieron que el Supremo impuso una condena “próxima” al mínimo legal, un mínimo legal que rebajó la ley del 'solo sí es sí' el año pasado. “Los 15 años de prisión impuestos quedan dos años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible”, reconocen los jueces, a pesar de lo cual firmaron la rebaja.
Una de las magistradas, Esther Erice, votó en contra al considerar que esta revisión no puede salir de “meros criterios de proporcionalidad aritmética”, en línea con lo establecido por el Tribunal Supremo tras examinar decenas de casos similares con la entrada en vigor de la nueva ley. Hasta ese momento la Sala de lo Penal del Supremo ya había establecido que una condena por encima del mínimo legal y dentro de los parámetros de la ley no es revisable.
El Supremo avala ahora la decisión de los tribunales navarros al entender que el caso de este violador de la manada encaja en el criterio seguido en otras decenas de casos de agresores sexuales que han solicitado con éxito una rebaja: en su momento, su condena de 15 años de cárcel fue muy cercana al límite legal inferior, y la nueva ley tiene un nuevo límite inferior aún más bajo al que debe adaptarse. No pueden hacerse diferencias, dice el Supremo “entre este caso, por más que sea particularmente mediático, y los cientos de casos que han sido analizados por esta Sala” en los que ya han reiterado que el abanico penal de la ley del 'solo sí es sí' es “más beneficioso que la regulación anterior”.
El caso en el origen de la ley
El caso de la manada de Pamplona y las dos primeras sentencias del caso, que consideraron abuso sexual y no violación o agresión sexual, sacaron a la calle a miles de personas como protesta contra dos resoluciones de los tribunales navarros que, entendían, pusieron el foco en la actitud de la víctima y no de los cinco agresores. Las condenas iniciales de nueve años de prisión por abusos se transformaron en 15 años de presidio y por agresión sexual cuando el caso llegó al Tribunal Supremo.
El debate se trasladó a la política en torno a un punto principal: unificar los delitos sexuales bajo el paraguas de la agresión sexual. La norma, impulsada por Unidas Podemos desde el Ministerio de Igualdad que dirigió Irene Montero, obtuvo el aval parlamentario en abril de 2023. Un conjunto de medidas para mejorar la protección de las víctimas de delitos sexuales que, en su vertiente penal, reestructuraba estos tipos penales, no solo con nuevas denominaciones sino cambiando también las penas de cárcel mínimas de algunos de ellos.
Poco después de su entrada en vigor, decenas de delincuentes sexuales acudieron a los tribunales para solicitar que sus condenas de cárcel se revisaran de forma retroactiva y a la baja: la nueva ley contemplaba condenas mínimas más bajas para varios delitos sexuales. El criterio de los tribunales territoriales no fue unánime y el Tribunal Supremo estableció que si un violador había sido condenado de forma justificada a la pena mínima, su sanción debía rebajarse hasta la nueva condena mínima legal.
Las rebajas de codenas se tradujeron en varias crisis institucionales simultáneas. A nivel jurídico el Consejo General del Poder Judicial decidió recopilar las estadísticas de estas rebajas, datos que en ocasiones estaban incompletos. Según su última actualización, de noviembre de 2023, los tribunales habían acordado 1.233 reducciones de pena en aplicación de esta norma, que habían supuesto 126 excarcelaciones. Los datos revelan que el Tribunal Supremo, última parada de estos procesos penales en la Justicia ordinaria, había rebajado condenas en una quinta parte de los casos que había estudiado.