El Tribunal Supremo ha rechazado de forma definitiva la acusación de Vox contra la ministra de Igualdad, Irene Montero, por sus palabras manipuladas sobre la educación sexual en menores de edad. Los jueces han desestimado el recurso que la formación ultraderechista interpuso contra la decisión de la sala de inadmitir una querella contra Montero por, supuestamente, promover la pederastia por hacer declaraciones en sede parlamentaria sobre la educación sexual en los menores de edad.
La ultraderecha, de la mano con varias asociaciones antivacunas, decidió llevar a Montero ante la Sala de lo Penal por afirmar, durante una comisión del Congreso de los Diputados, que la educación sexual es “un derecho de los niños y de las niñas, independientemente de quienes sean sus familias”. Añadió también que los menores tienen derecho a “saber que ningún adulto puede tocar su cuerpo, si ellos no quieren, y que eso es una forma de violencia, tienen derecho a amar y a tener relaciones sexuales con quién les dé la gana, basadas, eso sí, en el consentimiento, y eso son derechos que tiene reconocidos y que a ustedes no les gustan”.
Vox y otros colectivos de ultraderecha manipularon sus palabras para acusar a Irene Montero de estar promoviendo la pederastia y decidieron llevar a la ministra ante el Supremo por delitos vinculados a la pedofilia pero que, como han certificado los jueces en los últimos meses, ni siquiera existe: incitación a la corrupción de los menores. Junto con Vox, firmaban estas denuncias y querellas la Asociación Liberum, que en los últimos años ha iniciado multitud de acciones judiciales contra medidas de contención del virus como el pasaporte COVID, las mascarillas o la vacunación, o la Asociación Víctimas de los Políticos, que según explica en su web llama entre otras cosas a imponer un “control absoluto” a la inmigración.
En un auto de unas pocas páginas y con el apoyo de la Fiscalía, el juez Andrés Palomo del Arco decidió a principios de marzo confirmar la decisión de inadmitir la querella, rechazando así el último recurso que podía presentar el partido de Santiago Abascal.
Por ejemplo, Vox y Liberum alegaban que nada prueba que Montero solo hablara de menores de 16 ó 17 años de edad, y el Supremo contesta: “La expresión que los recurrentes encuentran delictiva fue en discusión sobre la necesidad de autorización paterna para la interrumpir el embarazo y en el párrafo donde se inscribe, se mencionan hasta cuatro veces a las mujeres o jóvenes de 16 y 17 años”. Irene Montero, por tanto, ni siquiera hablaba de menores en edad en la que no existe el consentimiento sexual a nivel legal.
El recurso también ponía encima de la mesa un posible discurso de odio, y los jueces contestan: “Nada indica sobre la inviolabilidad parlamentaria, ni por qué estamos ante un discurso de odio”. Sobre la maniobra de inventarse un delito para buscar la imputación de la ministra, el Supremo les recuerda que ellos mismos reconocen en sus escritos que el delito de corrupción de menores no puede cometerse en grado de incitación.
El auto del Supremo, que ha podido examinar este periódico, corta en seco la intención que Vox había expresado a raíz de estas declaraciones: que Montero fuera imputada y que la Policía Judicial hiciera un informe sobre las publicaciones de prensa que reflejaban sus palabras. “Las palabras empleadas son constitutivas de delito”, llegó a decir la dirigente ultraderechista Marta Castro. “Es corrupción de menores y apología de la pederastia”, dijo la diputada de extrema derecha Carla Toscano en Twitter. Los jueces contestaron que en las palabras de Montero no había “ninguna incitación” a la pedofilia y que las publicaciones que esgrimían tenían “titulares alarmantes” y constituían una publicación “sesgada y fuera de contexto de algunas de sus manifestaciones”.