La exalcaldesa de Jerez y senadora del PP María José García Pelayo será investigada por el Tribunal Supremo por su presunta implicación en la trama Gürtel. El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata aprecia indicios de prevaricación continuada en la exregidora y ha elevado exposición razonada al Alto Tribunal, competente para investigar a García Pelayo por ser aforada.
Los hechos que se han investigado en este pieza separada se han centrado en determinados contratos administrativos llevados a cabo por el IPDC, un órgano participado por el Ayuntamiento de Jerez, para el desarrollo de Fitur 2004, así como otros expedientes, caso del acondicionamiento para la Plaza Mayor de Madrid, donde el Ayuntamiento de la ciudad gaditana realizaba exhibiciones para el fomento del turismo.
De la investigación se desprende que los expedientes investigados se tramitaron incumpliendo los estatutos y sin ser aprobados por el Consejo Rector. En el caso de la adjudicación del stand del ayuntamiento de Jerez para la Feria de Fitur 2004, participaron personas y empresas vinculadas al presunto cabecilla de la Gürtel, Francisco Correa, efectuando gestiones, contratación y pagos a proveedores con anterioridad al procedimiento formal de contratación.
Según explica el juez De la Mata, las mercantiles Special Events y Down Town, dos de las empresas centrales de la trama de corrupción, elaboraron su documentación administrativa para presentarla a los concursos de los que resultaron adjudicatarios “cuando ya los trabajos se habían realizado” y transcurrido “casi un mes desde su finalización”.
En su exposición motivada, el juez De la Mata detalla todos los indicios recabados contra la ex alcaldesa, que debió conocer que el competente para aprobar estos contratos era el consejo rector. Pese a ello, “aprobó personalmente, con conciencia de su falta de competencia, los concursos, los pliegos y la adjudicación de los contratos con posterioridad a la prestación del servicio por las empresas”. “Consciente de que no era suya la competencia, sometió el asunto a la ratificación del Consejo Rector”, añade el magistrado.
Según explica el juez, la entonces alcaldesa conoció que todos los documentos presentados por las empresas y los propios documentos administrativos “se confeccionaron, se presentaron y se incorporaron a los expedientes en fecha posterior a las que se hizo constar en los mismos” De la Mata tipifica los hechos como un delito de prevaricación continuada en tanto todas la resoluciones administrativas investigadas eran falsas, se firmaron con posterioridad a las fechas que figuran consignadas en las mismas y no se correspondieron en absoluto con la realidad de expedientes administrativos reales.
Toda la actuación desarrollada por la persona aforada, señala el juez, “con la participación del resto de imputados fue además injusta”. “Se llevó a cabo para evitar la transparencia, publicidad y libre concurrencia de otras empresas”, añade el magistrado.