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El Supremo frena los recursos indiscriminados de la Fundación Franco contra los cambios en el callejero de Madrid

Franco y su familia en una imagen de archivo

Alberto Pozas

25 de abril de 2023 14:34 h

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El Tribunal Supremo ha puesto freno a los recursos que la Fundación Francisco Franco ha presentado contra los cambios en el callejero de Madrid que, en aplicación de la Ley de Memoria Histórica, han retirado nombres de personalidades franquistas de placas y monumentos de la capital. Los jueces de lo contencioso han establecido en una sentencia que esta fundación, dedicada a enaltecer la memoria del dictador, no tiene legitimación activa para recurrir estos cambios a menos que afecten directamente al nombre de Franco. En el caso de Madrid eso queda reducido a dos cambios: la antigua Plaza del Caudillo, hoy Plaza de El Pardo, y la antigua Travesía del General Franco, dedicada hoy a Diego Torres Villarroel.

Los jueces entienden que la capacidad de la Fundación franquista para recurrir no debe ir “más allá de su figura” teniendo en cuenta que ni siquiera identifican “en qué consiste exactamente ese legado, ni por qué considera que es digno de trasmitirse a las generaciones posteriores”. Hacer lo que pide la Fundación Nacional Francisco Franco supondría, dicen los jueces, permitirles convertirse en una “suerte de acción popular sui generis”.

La sentencia reprocha a la Fundación Franco que no consiga explicar en su recurso cómo le afecta en negativo la retirada de nombres de militares golpistas o ministros del régimen franquista del callejero de Madrid: “Ni, en fin, se expresa el concreto perjuicio que ocasiona el cambio de nombre de las calles, salvo el sentimiento de nostalgia que produce el paso del tiempo que se incrementa con la llegada de otros bien distintos”, explica.

Esta sentencia llega después de que en diciembre de 2022 el mismo Tribunal Supremo decidiera avalar la retirada de los nombres franquistas de los callejeros en aplicación de la Ley de Memoria Histórica de 2007. En ese momento los jueces avalaron la decisión que tomó en 2017 el consistorio madrileño, con Manuela Carmena al frente, de quitar la calle al militar franquista Asensio Cabanillas, dedicada en la actualidad a la poeta Ángela Figuera. Darle una calle a un golpista, sentenció ya entonces el Supremo, es “un acto de exaltación” de la dictadura.

La resolución que limita la capacidad de la Fundación Franco para presentar este tipo de recursos tiene un voto particular contrario del magistrado José Luis Requero. Explica este juez que el objetivo de la Fundación es precisamente enaltecer el franquismo y que eso se corresponde con poder interponer este tipo de recurso: “Hay un vínculo directo entre lo ventilado en el pleito, si hay exaltación o no del franquismo en el nombre de ciertas calles, y los fines de la recurrente en pro de ese régimen”.

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