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Las tres puertas de Kitchen que cerró el juez García Castellón y que la Audiencia Nacional decidirá si vuelve a abrir

El juez instructor del caso Kitchen, Manuel García Castellón

Pedro Águeda

11 de septiembre de 2021 21:32 h

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Tres jueces de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal decidirán si el caso Kitchen debe ceñirse al sabotaje de la causa de la caja B del PP, ideado y desarrollado dentro de los márgenes del Ministerio del Interior, o si hay que seguir investigando la presunta implicación de la cúpula del partido, a la que pertenecían los mayores beneficiados de la operación. Esta semana han terminado de presentarse los recursos pendientes contra el auto del juez Manuel García Castellón que puso fin a la instrucción, una decisión que acusaciones y defensas coinciden en considerar “precipitada” y un “cierre en falso”.

En su escrito, la Fiscalía Anticorrupción recupera los indicios que el juez ha despreciado contra Mariano Rajoy y María Dolores de Cospedal, así como otras puertas que el magistrado García Castellón cerró. Entre ellas, quién está detrás del falso cura que asaltó el domicilio de los Bárcenas o el esclarecimiento de “una fase más” de Kitchen desarrollada en el interior de la cárcel donde permanecía el extesorero del PP en régimen de prisión preventiva. 

La Fiscalía y las acusaciones populares, que ejercen Podemos y PSOE, han decidido recurrir ante la Sala de lo Penal, la instancia superior a García-Castellón. La Sección que resuelve los recursos contra las decisiones del magistrado en la causa Tándem es la Tercera, presidida por el magistrado Alfonso Guevara. Esta sección ya ha corregido en el pasado relevantes decisiones de García Castellón, entre otras la de retirar la condición de perjudicado a Pablo Iglesias en el caso Dina.

Fuentes de la Audiencia Nacional consultadas por elDiario.es no se atreven a aproximar la fecha de resolución por parte de la Sección Tercera sobre el auto de procesamiento de Kitchen, al tiempo que recuerdan que aún está pendiente que esa misma Sección se pronuncie sobre la resolución equivalente en el citado caso Dina, dictada por García Castellón en octubre de 2020.

“El cordón” que protege al PP

La Fiscalía Anticorrupción reconoce en su escrito que no existen los mismos indicios en la causa contra los responsables del Ministerio del Interior que contra María Dolores de Cospedal, secretaria general del PP. Añade que las grabaciones y notas del comisario demuestran el “interés” que la número dos del PP en aquella época tenía en conocer todo lo que pudiera esconder el extesorero o los avances en la investigación de la caja B. Pero que entre ese “interés” y el “conocimiento y patrocinio político de la Operación Kitchen hay un trecho”. 

Es entonces cuando la unidad especializada de la Fiscalía proyecta la más grave duda sobre la actuación del juez: “Lo que parece es que ese paso no se quiere dar. Hay una rotunda negativa a seguir investigando en esa dirección, como si se hubiera establecido un cordón o inaceptable línea roja que no se pudiera traspasar en la investigación. Kitchen, en la instrucción, no es más que esto, se llega a decir por el instructor después de describir los hechos que ya se conocían al inicio de la formación de la presente pieza separada número 7”.

En este sentido, los fiscales recuerdan cómo el juez les respondió en octubre de 2020 que antes de imputar a Cospedal y su marido, Ignacio López del Hierro, había que preguntar al número dos de Interior Francisco Martínez por el conocimiento o participación de ambos en la trama, pero que cuando llegó el momento de su declaración y solo él tuvo oportunidad de preguntar a Martínez, que se negó a responder a los fiscales, García Castellón no le hizo ni una sola pregunta al respecto. Y eso que Martínez había dejado por escrito en uno de los mensajes que se le incautaron que el conocimiento de la Kitchen que tenía Cospedal era “fácil de probar”.

Además de recurrir a los “múltiples indicios” en el sumario para proseguir la investigación a López del Hierro y Cospedal, Anticorrupción pide a la Sala de lo Penal que enmiende el error de García Castellón de no citar como imputado al director general de la Policía en el momento del espionaje a Bárcenas, Ignacio Cosidó. 

Es el propio ministro del Interior de la época, Jorge Fernández Díaz, quien en su recurso contra el cierre de la instrucción señala a la cúpula del PP en lo que se presenta como la ruptura definitiva con el partido que le mantiene suspendido de militancia. “Es claro que el origen de la operación Kitchen ni estuvo relacionado ni afectaba al Ministerio del Interior. Y es obvio que el señor Bárcenas era tesorero del Partido Popular, no del Ministerio del Interior y no dependía ni estaba vinculado con dicho Ministerio”, explica el recurso de la defensa de Fernández Díaz. 

Ese Partido Popular es aquel que presidía Mariano Rajoy, uno de los grandes amigos de Fernández Díaz, al menos entonces, y otro de los eslabones que corta el juez en la cadena de investigación, según la Fiscalía. Anticorrupción quiere que se siga indagando en los números de teléfono que Villarejo facilitó, aquellos a los que, según su relato, escribía para informar personalmente al entonces presidente del Gobierno de los avances de la operación Kitchen. Asuntos Internos estaba pendiente de información de las compañías telefónicas sobre dichos terminales cuando García Castellón cerró sorpresivamente la investigación, según demuestra un informe de la unidad policial que obra en el sumario.

El falso cura

La Fiscalía Anticorrupción tampoco se da por vencida en su intento de esclarecer quién puede estar detrás de Enrique Olivares García, el hombre que disfrazado de cura secuestró a la familia de Bárcenas. “No se puede descartar [dicen los fiscales] que el asalto al domicilio de la familia de Luis Bárcenas, que se produjo el día 23 de octubre de 2013, fecha coincidente con el pleno desarrollo de los operativos de vigilancia desplegados por la UCAO como parte esencial de la Operación Kitchen, estuviera directamente relacionada con esta y hubiera sido también planificada y dirigida por los servicios de seguridad del Estado, al obedecer el asalto a los mismos objetivos de apoderamiento del material documental que pudiera encontrarse en poder del anterior tesorero del Partido Popular”.

Anticorrupción detecta una serie de irregularidades en el carpetazo a este caso y los detalla en su escrito. Una comisión judicial, en la que participó la Fiscalía y también el juez García Castellón y una médico forense de la Audiencia Nacional, visitó a Olivares en prisión el 29 de enero de 2020, después de haber sufrido un ictus y de que sus facultades físicas y psíquicas quedaran mermadas. Le fue encargado un informe a la médico de la comitiva judicial, que tuvo acceso al expediente psiquiátrico en prisión del interno. La doctora cayó enferma antes de emitirlo y en octubre el juez citó en la Audiencia Nacional al recluso. Con un informe de otro forense, dio carpetazo al caso por imposibilidad de que Olivares pudiera declarar. 

Este mes de septiembre se ha conocido que la Fiscalía había pedido la citación como imputado de Olivares y que se requiriera a la médico forense original del caso el informe pendiente. García Castellón despachó el asunto apoyándose de nuevo en el informe exprés que sirvió para el archivo y rechazó la petición de Anticorrupción. 

El falso cura, al que se describió como un indigente con las facultades mentales mermadas durante el juicio por el asalto, ha recibido continuos ingresos en su cuenta del peculio de la cárcel cuyo origen la Fiscalía quiere determinar, igual que la identidad de los policías que visitaron en la cárcel a Olivares una vez condenado y por qué lo hicieron.

Igualmente, el fiscal se pregunta por la “pluralidad de abogados” que han asistido a una persona aparentemente sin recursos y se interesa especialmente por uno, Andrés Ruiz Cubero, cuyo hermano Javier ha sido compañero de cárcel de Villarejo en el módulo de funcionarios de Estremera. Javier Ruiz Cubero está investigado por su participación en la trama de venta de documentación que el comisario habría dirigido durante su etapa en prisión provisional. Los fiscales también quieren que declare como testigo un recluso que utilizó Instituciones Penitenciarias como una suerte de traductor de Olivares, que apenas podía comunicarse pero que interactuaba con ese citado interno. 

La Kitchen en prisión

La Fiscalía pide asimismo continuar indagando en la figura de Isidro Sánchez Suárez, el recluso colombiano al que Bárcenas asegura que recurrió para borrar en la nube grabaciones que comprometían a Mariano Rajoy y Javier Arenas en la caja B del PP. Anticorrupción sospecha que Sánchez Suárez acabó siendo dentro de la cárcel un topo de la brigada política que ejecutó la Kitchen dentro de Soto del Real como lo fue el chófer Sergio Ríos fuera y que debe declarar como imputado, otra de las diligencias denegadas por el juez al cerrar la instrucción. 

Los fiscales presentan una serie de líneas de investigación en torno a Sánchez Suárez sobre las que deberá decidir ahora la Sala de lo Penal y que se desconocían por la decisión de García Castellón de no dar traslado a las partes del escrito de solicitud de diligencias de la Fiscalía en julio, antes del auto de procesamiento. Por ejemplo, los fiscales quieren saber por qué agentes de la Comisaría General de Información, la estructura antiterrorista, hicieron consultas en las bases de datos sobre un individuo al que Isidro Sánchez denunció por el robo de una parte de la cantidad de dinero que previamente el padre del colombiano había entregado a esta persona denunciada. 

En este sentido, quieren que declare sobre este asunto el comisario procesado Enrique García Castaño, exjefe de la UCAO, y que pase a estar imputado su segundo entonces, Mariano Hervás, sobre el que los fiscales consideran que hay indicios sobrados en el sumario para que se le tome declaración en calidad de investigado. 

Anticorrupción considera que podría haber seis confidentes de la Policía en la operación Kitchen que aún están sin identificar. El juez García Castellón se negó a requerir a la Dirección Adjunta Operativa de la Policía la documentación ya desclasificada que pudiera aclararlo en base, dicen los fiscales, a “unas injustificadas prisas, con la pretensión de subordinar las necesidades de una cabal investigación de los complejos hechos delictivos de la pieza 7 al cumplimiento formal y rígido de un plazo procesal perfectamente prorrogable”.

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