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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechaza el último recurso de la familia del cámara José Couso, asesinado en Irak

José Couso.

Alberto Pozas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha decidido rechazar el recurso de la familia de José Couso, el cámara asesinado en Irak en 2003 bajo fuego estadounidense, contra el archivo de la investigación judicial en España. La corte de Estrasburgo entiende que el carpetazo judicial tras la reforma de la jurisdicción universal que impulsó el ejecutivo de Mariano Rajoy no vulneró su derecho a un juicio justo ni tampoco al respeto a los derechos humanos.

“A nadie se le escapa que vivimos tiempos de absoluto desprestigio del Derecho Internacional Humanitario, y la sentencia dictada hoy por el TEDH es hija de estos tiempos”, ha dicho el despacho de abogados Red Jurídica, cooperativa que lleva la defensa letrada de la familia del cámara de televisión. 

El tribunal considera, según explica en su fallo unánime, que la decisión de los jueces españoles tras la enterada en vigor de la reforma de la justicia universal “no fue desproporcionada” y que no ha habido una violación de los derechos de la familia del cámara, recogidos en la Convención.

La Audiencia Nacional puso en marcha una investigación penal por el asesinato del cámara de Tele5 bajo fuego del ejército estadounidense en el Hotel Palestina de Irak en abril de 2003. Unas pesquisas que fueron archivadas en 2015, poco después de la entrada en vigor de la reforma de la jurisdicción universal impulsada por el Gobierno del PP y Mariano Rajoy. Hasta ese momento, el juez Santiago Pedraz había dirigido su investigación contra varios militares de EEUU por delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con delito de homicidio.

Los sucesivos archivos fueron confirmados por los distintos tribunales españoles, tal y como sucedió con otras causas como la que investigaba el genocidio en el Tíbet, aunque en 2020 la Audiencia Nacional reconoció una indemnización, por la vía administrativa, para la familia del cámara por “omisión de protección diplomática”. El hermano de Couso decidió finalmente acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, consiguiendo superar el primer filtro de la admisión a trámite.

El resultado, después de meses de deliberaciones, ha sido rechazar el último recurso que podía interponer la familia del cámara asesinado. Los jueces destacan, en primer lugar, que la investigación “siguió durante un tiempo después de la entrada en vigor de la reforma” y, por tanto, “no puede decirse que la intervención de la ley hiciera inútiles cualquier continuación del procedimiento”. Y antes de la entrada en vigor de la norma “la jurisdicción fue ejercida de forma efectiva”.

Entiende el TEDH que no existió una actuación “arbitraria o manifiestamente irrazonable” en la actuación de los tribunales españoles al declarar que, tras la reforma, no tenían capacidad para seguir investigando a militares estadounidenses. “Todo estuvo dentro del margen de apreciación del Estado español”, afirma la sentencia.

“Con tristeza pero sin sorpresa”

Las acciones judiciales de la familia de Couso ante los tribunales internacionales ha sido llevada por el letrado Eduardo Gómez Cuadrado, de Red Jurídica. En un comunicado emitido este lunes a través de su página web, explica que ha recibido la decisión del TEDH “con tristeza, pero sin ninguna sorpresa” al denunciar que “vivimos en tiempos de absoluto desprestigio del Derecho Internacional Humanitario”. La sentencia conocida hoy, aseguran, es “hija de estas tiempos”.

La reforma de la Justicia universal impulsada en 2014 por el Gobierno de Rajoy, recuerdan los letrados, “permitió que, tanto el caso Couso, como otros muchos crímenes de guerra y lesa humanidad que estaban siendo investigados por nuestros tribunales, fuesen archivados”.

El caso de José Couso, explican, “ha ido a morir a Estrasburgo” con una sentencia que, según su criterio, implica que los jueces “avalan la impunidad de determinados criminales de guerra y ratifica la insoportable vacuidad del derecho internacional humanitario”. 

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