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El Tribunal Supremo da por cumplida la condena del juez Baltasar Garzón

El juez Baltasar Garzón en 2016

Alberto Pozas

23 de diciembre de 2021 21:53 h

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El Tribunal Supremo ha certificado que Baltasar Garzón ha cumplido su condena. En un auto, la Sala de lo Penal ha declarado extinguida su responsabilidad penal después de haber completado en mayo su pena de 11 años de inhabilitación impuesta por esos mismos jueces por un delito de prevaricación cometido al pinchar las conversaciones entre imputados encarcelados de la Gürtel y sus abogados. El magistrado, que desde hace años lleva su propio despacho de abogados, puede ahora si lo desea volver a ponerse la toga.

Baltasar Garzón (Jaén, 1955) fue el primer juez que investigó la trama Gürtel de corrupción que, a día de hoy, sigue dejando sentencias condenatorias contra el ovillo empresarial de Francisco Correa, la red clientelar de cargos públicos del Partido Popular y contra la propia formación conservadora. Desde el juzgado central de instrucción 5 de la Audiencia Nacional dirigió la operación que en febrero de 2009 descabezó la trama y detuvo a casi 40 personas entre empresarios, abogados, testaferros y alcaldes y concejales del PP.

Tres años después el que estaba en el banquillo era él. El Tribunal Supremo lo condenó en 2012 porque poco después del estallido de la operación ordenó escuchar y grabar las comunicaciones que Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez mantenían con sus abogados desde la cárcel de Soto del Real. El magistrado y la Policía sospechaban que los tres seguían delinquiendo desde prisión a través de sus letrados y el Tribunal Supremo le condenó tras definir su actuación como “inasumible”.

Once años de inhabilitación que le sacaron del juzgado y empezaron a correr el 9 de febrero de 2012 - justo 3 años después de las detenciones - y terminaron el 1 de mayo de 2021. Ha sido finalmente hace unas semanas, el pasado 25 de noviembre, cuando la sala de lo penal ha dictado el auto del punto y final con un escrito en el que acuerda “declarar extinguida la responsabilidad criminal” del magistrado. Una resolución firmada, entre otros, por el ponente de la sentencia que lo condenó y otros tres magistrados que formaron parte del tribunal: Miguel Colmenero, Manuel Marchena, Andrés Martínez Arrieta y Juan Ramón Berdugo.

El auto es un formalismo obligatorio en el seguimiento de una condena, ya sea de cárcel o inhabilitación o ambas, y pone esta situación en conocimiento del Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia. En la práctica esto implica que, siete meses después de haber saldado su deuda con la Justicia, Baltasar Garzón puede pedir el reingreso en la carrera judicial si así lo desea. En una reciente entrevista con el diario El País asegura que, por el momento, no ha tomado una decisión al respecto.

La condena del Tribunal Supremo incluía, además de 11 años de inhabilitación por prevaricación, una multa de 2.520 euros y fue confirmada posteriormente por el Tribunal Constitucional. Ese mismo año 2012 el tribunal de garantías decidía inadmitir el recurso de amparo del magistrado, por lo que ni siquiera entró a examinar el fondo de sus reclamaciones. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo también inadmitió su recurso y el juez solo pudo esperar a cumplir su condena.

Hubo una instancia internacional que sí le dio la razón aunque eso no tuvo efectos prácticos sobre su condena por prevaricación. El pasado mes de agosto el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas estableció que la sentencia que condenó a Garzón fue “arbitraria” y dio un plazo de 180 días al Estado español para borrar sus antecedentes y compensarle. Desde hace varios años el Tribunal Supremo, en cualquier caso, ha establecido que un dictamen de este organismo no tiene el poder de conseguir que los magistrados españoles revisen sus propias sentencias como sí lo tienen las sentencias del Tribunal de Estrasburgo o el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

Casi una década después de su condena, el legado de esa primera fase de investigación de la trama Gürtel se ha traducido en una cantidad todavía creciente de sentencias, todas condenatorias por ahora, por la actividad corrupta de este grupo de empresarios que convivía en simbiosis con el Partido Popular. Desde la sentencia firme de 'Época I' que condenó al PP por beneficiarse de la trama en Majadahonda y Pozuelo de Alarcón hasta la más reciente de la Audiencia Nacional que ha hecho lo mismo en el caso sobre el pago de la reforma de la sede central de Génova 13 con dinero de una 'caja B' que, a día de hoy, ya no es una acusación sino un hecho probado.

Las tres causas de Garzón

Baltasar Garzón entró en la judicatura en 1981 y siete años después ya ocupaba el juzgado de instrucción 5 de la Audiencia Nacional tras pasar por Villacarrillo, Vitoria y Almería. En esa etapa se hizo cargo de importantes operaciones contra el narcotráfico como Nécora y Pitón contra narcos como Laureano Oubiña, Marcial Dorado, Manuel Charlín o Sito Miñanco. En 1994 se ponía al frente de la investigación sobre los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) que terminó con las condenas de Barrionuevo y Vera y en 1998 ordenaba la detención del dictador chileno Augusto Pinochet.

En la década de los noventa dejó brevemente la judicatura para ocupar un escaño en el Congreso de los Diputados por el PSOE y ser Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Y en los últimos 15 años ha tenido otras dos causas judiciales abiertas y archivadas al margen de las escuchas de la trama Gürtel: los cursos en Nueva York y la investigación por los crímenes del franquismo.

El primer caso fue archivado por prescripción y sin llegar, por tanto, a juicio. El juez Marchena dejó por escrito en un auto que Garzón podría haber cometido un delito de cohecho al obtener más de un millón de dólares en patrocinios para unos cursos en la Universidad de Nueva York acordados con empresas españolas entre 2005 y 2006. Empresas que, según el magistrado, pagaron a cambio de obtener trato de favor en la Audiencia Nacional.

El segundo caso llegó después de una querella de Manos Limpias, sindicato cuyo líder, Miguel Bernad, ha sido recientemente condenado por extorsionar a bancos en el marco del caso AUSBANC. Garzón se sentó en el banquillo del Supremo acusado de abrir una causa contra el franquismo a pesar de la vigencia de la Ley de Amnistía de 1977. El Supremo, pocos días después de condenarle por las escuchas ilegales de la Gürtel, optó por absolverle.

La nulidad de los pinchazos telefónicos que puso en marcha en la cárcel de Soto del Real tampoco se tradujo en la nulidad de toda la causa. En diversas sentencias tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo han rechazado que esa nulidad afecte al resto de la investigación. Dijo el Supremo, por ejemplo, en su primera sentencia firme sobre el caso: “La nulidad tiene lugar en los inicios de la investigación, siendo distintos los letrados que intervienen a los que participaron en el juicio oral, sin que la injerencia declarada nula permitiera conocer ninguna situación que afecte” a la defensa de Francisco Correa.

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