Iñaki Urdangarin defiende, en el recurso que ha interpuesto ante la Audiencia Provincial de Baleares contra el auto por el que el juez Castro mantiene su imputación, que si logró hacer negocios a través del Instituto Nóos y otras empresas fue por su preparación y por haber sido “deportista de alto nivel” y “no sólo” por su condición familiar en la Casa Real.
En un recurso de apelación de 16 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Urdangarin afirma que “es cierto, sí, mi mandante, por matrimonio, desde el año 2004 era yerno del rey de España y ahora es cuñado del rey de España, pero esa condición familiar no fue la única tenida en cuenta para que pudiera intentar realizar su actividad profesional”.
Tal y como incide al respecto el abogado Mario Pascual Vives, el marido de la infanta Cristina “fue deportista olímpico, vicepresidente del Comité Olímpico Español, deportista de alto nivel, y amplió sus conocimientos profesionales en la entonces prestigiosa escuela de negocios Esade, teniendo como profesores a diversos testigos que han depuesto en la causa y que estuvieron contratados por el Instituto Nóos”.
“Todo esto era conocido y público. No tenía por qué esconderse de estas circunstancias. Ningún poder, ninguna superioridad le otorgaban todas esas circunstancias frente a terceros”, abunda el letrado, quien asevera que “si se le reprocha que vendiera 'humo', entonces 'humo' era lo que le explicaron sus profesores, el propio Diego Torres o lo que le enseñaron sobre la organización de eventos internacionales al máximo nivel”.
En cuanto a las contrataciones que Nóos llevó a cabo con las Administraciones balear y valenciana, la defensa señala que su patrocinado únicamente percibió de ellas 795.732 euros (923.049 euros con IVA), pese a lo cual, lamenta, el juez le mantiene una fianza de responsabilidad civil de seis millones de euros.
Más en concreto, precisa que en 2005 y 2006 cobró por su actividad personal y profesional, entonces a través de Aizoon, 366.719 euros por la primera edición del denominado Valencia Summit, mientras que en 2005 obtuvo 556.330 euros por la segunda edición del anterior evento y la primera del Illes Balears Forum.
A partir de 2006, señala, no percibe “ni personalmente ni a través de Aizoon cantidad alguna derivada del tercer congreso de Valencia ni del segundo de Palma”. “Sólo percibe ingresos, insisto, a partir de 2006, de sociedades mercantiles privadas”, subraya Pascual Vives.
Niega delitos fiscales
En lo que a dos presuntos delitos fiscales se refiere, el asistente legal del Duque señala que éste no cometió ilícito alguno en 2007 y 2008, fechas en las que la Agencia Tributaria le achaca una defraudación de hasta 337.138 euros en las cuotas del IRPF. En cualquier caso, reconoce que el imputado podría haber cometido irregularidades administrativas que no rebasaron, en ninguno de los ejercicios, el umbral de los 120.000 euros a partir del cual esta circunstancia se considera delito.
Al respecto, el abogado recrimina que “todas las hipótesis, todas las teorías” que Castro maneja en el auto recurrido “resultan posibles, y ninguna clara”, lo que en su opinión “ataca frontalmente el principio de seguridad jurídica, tipicidad penal y, por ende al de defensa”. Y todo ello “frente a imputaciones dudosas y por tanto inconsistentes”, remacha.
Cierre “prematuro” de la instrucción
Con motivo del cierre de la instrucción acordada en ese auto, y que califica de “prematuro”, Pascual Vives critica en esta línea que en la redacción de los hechos presuntamente delictivos Castro “si quiera indiciariamente ha incorporado retales de determinados documentos y ha citado parcialmente declaraciones de determinados testigos e imputados”.
Asimismo, subraya que se ha tratado de una instrucción “prospectiva” y lo que “al principio parecía que se trataba de investigar exclusivamente determinados convenios suscritos en Palma, se fue extendiendo a Valencia, Madrid e incluso Barcelona”. “De lo que inicialmente aparentaba como una instrucción encaminada a averiguar la supuesta existencia de delitos contra las Administraciones públicas, se fue ampliando con supuestos delitos fiscales, blanqueos, evasión de capitales y ahora, por último, se incluyen estafas y tráfico de influencias”, remarca.
“Y se pretende que todo este conjunto de delitos heterogéneos entre sí sea juzgado en Palma, a pesar de afectar a Administraciones y por ende a ciudadanos de diversas Comunidades Autónomas como Baleares, Comunidad Valenciana, Madrid y Cataluña”, añade en este contexto.
Finalmente, señala que en la entidad que los investigadores consideran sucesora del Instituto Nóos, la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (FDCIS) “nunca tuvo poderes, ni fue legal representante, ni administrador de hecho, ni tuvo firma en cuenta corriente alguna”. En concreto, sobre el Duque pesan un delito de prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude a la administración, tráfico de influencias, estafa, falsedad en documento oficial, falsedad en documento mercantil y dos delitos fiscales.