Víctimas de los Testigos de Jehová ganan en los juzgados el derecho a denunciar su “control total” sobre los fieles
Los Testigos de Jehová en España han perdido, al menos por el momento, la guerra judicial con la asociación que afirma haber sido víctima de sus prácticas religiosas. Un juzgado de la localidad madrileña de Torrejón de Ardoz ha dictado una sentencia, todavía recurrible, que rechaza la petición de esta confesión religiosa de borrar del mapa a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, a la que acusaba de vulnerar su honor por denunciar en notas de prensa y comunicados que su comportamiento, sobre todo con antiguos miembros, era parecido al de una secta religiosa.
La jueza, en una resolución extensa, explica que los afectados han contado casos reales y que tienen derecho a criticar en público a los Testigos, incluso a referirse a ellos como una “secta” con control total sobre sus fieles, ostracismo hacia los expulsados y encubrimiento de abusos sexuales en el pasado.
Los Testigos de Jehová, según explican en su propia página web, constituyen una ramificación del cristianismo que cuenta con casi 118.000 congregaciones en todo el mundo y, a tenor de los datos de 2022, con casi 8,7 millones de “publicadores” o predicadores repartidos en 239 países. Entre otros principios, no niegan la ciencia o la medicina pero rechazan “aquellos tratamientos que violan los principios bíblicos”. En España, la Asociación de Víctimas asegura que recoge a antiguos adeptos que denuncian lo que definen como “prácticas coercitivas”, desde “la presión emocional y personal de sus fieles” a “faltar a la dignidad, al derecho del honor y a la intimidad” pasando por “el ostracismo” llegando a la “total devastación que sufrimos quienes escapamos de esta institución altamente coercitiva”, afirman en su página web.
Este proceso ahora sentenciado ha llevado al juzgado el testimonio de media docena de personas que se consideran víctimas de la congregación. Algunos expulsados y otros que abandonaron los Testigos por iniciativa propia y que, relatan, sufrieron las consecuencias. Por ejemplo, el de una mujer que denunció haber sido víctima de delitos sexuales y que, cuando quiso denunciarlo, obtuvo esta respuesta de los ancianos de los Testigos: “La Justicia ordinaria no vale para nada, la única justicia que nos sirve es la de Jehová”. Sufrió anorexia cuando era menor y la respuesta fue un reproche por “no valorar la vida que Jehová le había dado”.
Otro hombre relató que dejó los Testigos después de descubrir que la ayuda que la congregación prestaba a su madre, víctima de malos tratos, era que “le leían pasajes de la Biblia y le decían que tenía que soportarlo para que algún día su padre se hiciera testigo de Jehová” y que su salida había derivado en la falta de relación con sus hijos. Cuando salen de la congregación, añade, la ruptura es total: “Desde entonces su familia y sus amigos rompen la relación con ella, que se queda sola de un día para otro, pues son amistades condicionadas”. “Una secta peligrosa y destructiva para la familia y la salud”, llegó a decir este afectado.
Otra testigo, recoge la sentencia, explicó que fue expulsada de los Testigos por ser una “fornicadora impenitente e insumisa rebelde”. Intentó suicidarse tras ser expulsada y la respuesta de los Testigos fue que eso “no justificaba el pecado de fornicación, puesto que cualquier contacto físico era pecado, y que el intento de suicidio era de hecho otro pecado por el que la podrían expulsar”. “Se trata de una secta destructiva, que realiza control y adoctrinamiento y que la pertenencia a ella puede causar trastornos mentales, aparecer ideas suicidas, destruir familias”, lamentó la testigo.
Todas estas denuncias fueron estudiadas en un proceso civil cuando la congregación demandó a la asociación de afectados. En su reclamación, los Testigos entendían que la mera existencia de esta asociación y sus estatutos vulneraba su derecho al honor y pedían que fuera eliminada del Registro de Asociaciones, su página web, sus perfiles de Facebook y X –entonces Twitter– así como frenar cualquier tipo de comunicado o invitación a sus ruedas de prensa. Finalmente solicitaban una indemnización de 25.000 euros por “daños y perjuicios”.
Son verdades “aunque molesten”
La sentencia, de 69 folios en total, explica que una confesión religiosa como los Testigos puede defender su honor en los tribunales pero que su protección es “menor” que la de una persona particular, así como que este sí era un caso de “interés general”. Y que, en este caso, las víctimas y afectados no han buscado atacar a la congregación sino contar sus casos con testimonios veraces, en ocasiones de personas que pertenecían a distintas organizaciones territoriales. “En absoluto ha incitado ni generado odio esta Asociación contra la confesión religiosa de Testigos de Jehová, ni ha sido la única voz crítica con dicha confesión”, dice la sentencia.
No hay ilegalidad, por ejemplo, en relatar que los Testigos no se relacionan con las personas expulsadas. “Se trata de conductas generalizadas de la confesión”, explica la magistrada Raquel Chacón. Este ostracismo, añade, “puede ocasionar verosímilmente graves problemas mentales como los vividos por los miembros de la Asociación”. Criticar la negativa de sus miembros, por ejemplo, a recibir transfusiones de sangre, tampoco es ilegal: “No se basa en rumores o en sospechas, sino que han sucedido casos, su oposición a las transfusiones de sangre forma parte de su libertad religiosa, pero las opiniones vertidas por otras personas acerca de los efectos que en ocasiones ello produce, gozan de veracidad aunque molesten”, afirma.
Lo mismo pasa con denunciar la ocultación de abusos sexuales para que esas denuncias no lleguen a manos de los tribunales ordinarios. “Como en otros ámbitos y confesiones religiosas, durante mucho tiempo ha habido casos, desgraciadamente, que se escondían o no se era lo suficientemente firme contra este tipo de delitos”, lamenta la jueza. En uno de los casos analizados, dice que exigir a la víctima que aporte dos testigos para investigar un abuso sexual, generalmente cometido en privado, “es una evidente dificultad para su persecución”. También avala las acusaciones de machismo o de “control excesivo” que la congregación ejerce sobre los fieles.
En definitiva, concluye esta jueza, las críticas y testimonios de esta asociación de víctimas y antiguos miembros de los Testigos no son desproporcionadas ni vulneran su derecho al honor. Calificarles de “secta” puede ser, reconoce, “desagradable, incluso hiriente, para los fieles” pero es una “crítica legítima” ante lo que considera “comportamientos generalizados llevados a cabo por la confesión religiosa de Testigos de Jehová, no solo en España, sino también en el extranjero”.
“Aunque sea molesta y profundamente hiriente, la existencia de la Asociación ha de tolerarse puesto que, precisamente este mecanismo de reprobación o crítica, permite cierto control, cuasi de 'perro guardián', para que no se sobrepasen los límites”, reprocha la magistrada en una sentencia que los Testigos todavía pueden recurrir ante la Audiencia de Madrid y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo.
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