En España, las personas que acrediten un grado de discapacidad determinado tienen la oportunidad de acceder a la jubilación anticipada, así como percibir una pensión contributiva en función de una serie de requisitos mínimos. Es importante saber diferenciar entre incapacidad permanente y discapacidad.
Hay que tener en cuenta que la discapacidad es una situación en la que se certifica que una persona tiene alguna deficiencia física o psíquica, mientras que la incapacidad permanente se refiere directamente al cobro de una pensión por parte del trabajador al no poder desarrollar una actividad laboral a causa de una enfermedad o accidente.
En este sentido, es posible que una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente tenga también reconocido un determinado grado de discapacidad. Así, las personas con al menos un 33% de discapacidad pueden acceder a numerosos beneficios sociales y fiscales habilitados por el Gobierno de España.
Pensión mínima de discapacidad
Las personas con una discapacidad igual al 33% no tienen derecho a acceder a la modalidad de jubilación anticipada. La normativa fija que el grado mínimo de discapacidad para acceder a la modalidad anticipada de jubilación es del 45%.
Con todo ello, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, pueden jubilarse incluso a los 56 años de edad; mientras que las personas con un grado de discapacidad reconocido del 65% pueden jubilarse incluso a los 52 años de edad.
Un aspecto clave a tener en cuenta es que las pensiones de jubilación anticipada por discapacidad se calculan igual que la jubilación ordinaria, por lo que se aplican las mismas cuantías mínimas ordinarias fijadas por el Gobierno de España para cada año. “El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación computa como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión”, explican los compañeros de 'CampmanyAbogados'.
Otra opción para las personas con discapacidad son las pensiones contributivas de invalidez, gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). “La pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva”, explican desde el IMSERSO.
Así, la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez se fijó al inicio de 2022 en 421, 40 euros al mes (5.899, 60 euros). Sin embargo, los importes de las pensiones no contributivas aumentarán un 15% en España desde julio hasta finales de 2022, tras la medida aprobada por el Gobierno de España.