Suspendido el juicio previsto para la semana que viene en el Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla contra nueve jóvenes que fueron identificados por la Policía Nacional el 29 de marzo de 2017 por impedir, junto a otras personas, la circulación del autobús de HazteOir, que meses antes había arrancado una campaña tránsfoba bajo el lema Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen. Pese a que la vista oral ya estaba señalada, el hecho de que la acusación particular que ejerce la organización ultracatólica calificara los hechos enjuiciados como constitutivos, entre otros, de un delito previsto en el artículo 510.1 del Código Penal (más conocidos como delitos de odio), ha hecho que la competencia para el enjuiciamiento de la causa corresponda finalmente a la Audiencia Provincial de Sevilla.
Así lo determina un auto del juzgado fechado este 18 de octubre, donde se explica que mediante una reciente providencia se acordó conceder a las partes plazo para alegaciones sobre la competencia del juzgado. Por el Ministerio Fiscal y la acusación particular se presentó escrito solicitando la remisión de las actuaciones a la Audiencia, al igual que algunas de las defensas, mientras que ninguna parte formuló alegaciones en sentido contrario.
La apertura de juicio oral por presuntos delitos de odio, entre otros, conlleva que, estando prevista una pena de inhabilitación especial que puede llegar a ser diez años superior a la pena de prisión que se establezca, de acuerdo a las peticiones de la acusación de HazteOir (que pide hasta doce años de cárcel), “la competencia para el enjuiciamiento de la causa corresponda a la Audiencia Provincial de Sevilla”, indica el juzgado.
La organización ultracatólica ejerce la acusación particular en una causa que se archivó en 2018 pero que terminó reabriéndose después de los recursos de la Fiscalía y de la propia HazteOir por los daños materiales que se le imputan a los jóvenes, a los que la Policía puso en el punto de mira con un pormenorizado informe donde desgranaba, además de su supuesta actuación el día de autos, sus vinculaciones con diversos colectivos o asociaciones, clasificándolos como “activistas antifascistas de extrema izquierda”.
Coacciones, desórdenes públicos, discriminación
La Fiscalía de Sevilla pide un año y medio de cárcel para cada uno de los nueve jóvenes mientras que la asociación ultracatólica, en su escrito de calificación de los hechos, repasó sus campañas “de difusión y sensibilización social” como la del aborto de 2013, pero se centra en concreto la que arrancó en octubre de 2016 bajo el lema 'Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen'', defendiendo que un juzgado de Madrid permitió la circulación de su autobús al archivar la denuncia de la Fiscalía. Pese a ello, acudieron a Sevilla con otro lema ('Respeto para todos. No al bullying'), disponiéndose a hacer un recorrido por la capital hispalense.
Según explicó HazteOir, “un grupo de personas, debidamente concertados, y amparándose en su número, impidieron con violencia desarrollar su campaña y su derecho a la libre expresión y deambulación”. Las actuaciones de los acusados “fueron realizadas de manera pública motivados por la discrepancia ideológica” y “promovieron e incitaron directa e indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia”, tanto contra la organización como las personas que la componen o que iban en el autobús “por razón de su pertenencia a un grupo determinado por su ideología” mediante acciones “que entrañaban humillación, menosprecio o descrédito, como el lanzamiento de objetos e insultos”.
“Yo sí que he recibido daños y coacciones por ser transexual”
Los jóvenes declararon el 26 de octubre de 2017. “¿Daños y coacciones al autobús de HazteOir? Yo sí que he recibido daños y coacciones por ser un joven transexual”, dijo uno de los jóvenes querellados antes de entrar a declarar. Desde el colectivo SOCORRE (Solidaridad Contra la Represión) y la Red de Maricones del Sur se lanzó incluso una campaña en la plataforma 'gofundme' en apoyo y solidaridad a las personas encausadas con el objetivo de reunir el dinero con el que poder asumir con dignidad la defensa en el proceso penal que ahora llega al momento del juicio.
Según la acusación, “alteraron el orden público por medio de actos de violencia física y psíquica” contra el vehículo y las personas, “lanzando objetos contundentes”, con “una constante lluvia de piedras y huevos” . “Estos agitadores repetían consignas violentas y discriminatorias mientras sacudían el autobús y le arrancaban el limpiaparabrisas”, relata el escrito, que detalla cómo se impidió la circulación del autobús hasta que la Policía tuvo que escoltarle hasta la salida de la ciudad. HazteOir apenas diferencia entre los nueve jóvenes las acciones que se le imputan, con algunas referencias específicas, señalando que cada uno de ellos “fomentó e incitó al odio, la hostilidad, la agresión simplemente por razones ideológicas”, una cuestión en la que hizo hincapié aquel informe policial.
La Policía se detuvo en “la existencia de un presunto delito de odio de carácter ideológico” con base a unos “indicadores esgrimidos para probar la adscripción ideológica de los participantes” como la “relación del investigado con grupos o asociaciones caracterizados por su odio o animadversión u hostilidad contra otros grupos ideológicos”, la “enemistad histórica entre la víctima y los presuntos culpables”, los “antecedentes policiales del investigado”, “tatuajes, vestuario o estética del autor de los hechos”, los “análisis de sus perfiles en redes sociales”, etc. En esa línea concluye que “la única motivación de los hechos radica en la diferente ideología entre los autores de los hechos y la organización víctima de los mismos, y el odio que les provoca esa discrepancia ideológica”.