Una aseguradora del Ayuntamiento de Sevilla alega que su póliza “no cubre los daños” del caso Magrudis

Archivo - Salida de la furgoneta con la que operaba la empresa de la fábrica de Magrudis

EP

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La compañía aseguradora AIG ha elevado un escrito de defensa al Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que indaga el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria; exponiendo que la póliza de seguros suscrita por el Ayuntamiento hispalense, incluido en el procedimiento judicial como responsable civil subsidiario, “no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman”, por lo que solicita su absolución en materia de responsabilidad civil.

En su escrito de defensa, recogido por Europa Press, AIG detalla pormenorizadamente “los motivos por los que la póliza” de seguros suscrita por el Ayuntamiento de Sevilla con esta entidad “no habrá de asumir indemnización alguna por responsabilidad civil en relación a la reclamación de referencia”.

Según la compañía aseguradora, la póliza EA19AP1123, en la que el Ayuntamiento hispalense figura como tomador, “no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman”, pues “viene destacado en el contrato de seguro que no encontrarán cobertura en el mismo todas aquellas reclamaciones por daños personales y materiales”.

En su escrito, AIG indica que “dicha exclusión viene referida en la página 14 de la póliza y se encuentra dentro de las condiciones especiales en el apartado de exclusiones”.

“Es palmario que la reclamación de referencia tiene su origen en los daños corporales sufridos por los numerosos perjudicados, por lo que no pueden caber dudas acerca de la perfecta aplicabilidad a la reclamación de la exclusión de daños personales y materiales”, explica AIG insistiendo en que “la póliza, por su propio objeto, excluye expresamente la cobertura de los daños personales, que son precisamente aquellos que han sido ocasionados a los perjudicados en el presente procedimiento”.

“Fuera de cobertura”

Es más, defiende que el Ayuntamiento “no solo aceptó expresamente a través de su firma que quedaban excluidas de cobertura reclamaciones por este tipo de daños, sino que en el propio pliego elaborado” para contratar una póliza “ya asumía que éstas quedarían fuera de cobertura”, por lo que AIG reclama su absolución por serle “ajenos los hechos investigados” en esta causa.

En materia de fianzas, la juez instructora reclamaba cuantías de más de cinco millones de euros a las personas acusadas, salvo el caso del arquitecto Sergio L.G., al que solicitaba la cantidad de 1.440 euros.

Asimismo, la magistrada reclamaba a Axa 5.166.688,50 euros, “si bien responderá hasta donde alcance el límite de garantía establecido en la póliza de seguro” contratada por Magrudis, constando ingresados 300.000 euros; mientras que también requería a las compañías de seguros Aig Europe y Zurich España para que prestasen fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros, y al Ayuntamiento de Sevilla para que “preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)”.

Y todo ello, según la juez, “para asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponerse”, con el apercibimiento de que, de no prestar las distintas fianzas establecidas en el auto, “se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada”.

Posteriormente, la juez aclaraba que “no es necesario en este momento procesal exigirle” al Ayuntamiento el pago de la fianza de más de cinco millones de euros como responsable civil subsidiario al “no existir riesgo de que no pueda hacer frente a sus responsabilidades que en un futuro pudieran recaerle”.

La compañía aseguradora Zurich, depositaba una fianza de 5,16 millones de euros reclamada en materia de responsabilidad civil “exigible” a la veterinaria municipal María José Ojeda, procesada en la causa, “con cargo a las pólizas de responsabilidad civil de la que es tomador el Ayuntamiento” hispalense.

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