El empresario condenado por abuso sexual a Teresa Rodríguez pedirá ser absuelto tras el recurso de la Fiscalía

El empresario sevillano Manuel Muñoz, condenado hace unas semanas por un delito de abuso sexual por fingir un beso en los labios con la diputada y líder de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez, presentará esta semana un recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que pedirá su “absolución total”, según ha informado a eldiario.es Andalucía su abogado, José Manuel García-Quílez.

El letrado explica que su cliente, en contra de su criterio, no tenía previsto recurrir la sentencia de la Audiencia de Sevilla –que le condena a pagar 13.800 euros de multa e indemnizar a la diputada con 2.500 euros– para “pasar página” y evitar más “revuelo” mediático. Añade que, al tener conocimiento del recurso de la Fiscalía de Sevilla, ha optado por remitir un escrito a la Audiencia en el que va a solicitar su libre absolución.

Una providencia de la Audiencia fechada el 18 de octubre comunicó a las partes que la Fiscalía había interpuesto recurso ante el TSJA, dando un plazo de diez días para que presentaran escrito impugnando o adhiriéndose a dicho recurso, con la intención de elevar posteriormente los autos originales al TSJA para la resolución del recurso de la Fiscalía, que pide que Muñoz sea condenado por un delito contra la integridad moral y no por uno de abuso sexual.

García-Quílez explica que, ante ese nuevo plazo, “y dado que el asunto va a seguir siendo noticiable” a causa del recurso de la Fiscalía, Muñoz ha trasladado a su cliente: “Recurramos nosotros también”. “Voy a recurrir esta semana”, concreta el abogado de Muñoz. El recurso de la Fiscalía ha pillado por sorpresa a la propia Teresa Rodríguez que, en la entrevista publicada este domingo por eldiario.es Andalucía, reconocía que le había “sorprendido mucho”.

Absuelto de dos delitos

En cualquier caso, el letrado del empresario argumenta que la sentencia absuelve de dos delitos al empresario (contra la integridad moral y de atentado) y que la Fiscalía considera, según su recurso, que no hubo delito de abuso sexual. Su planteamiento será, por tanto, que “tienen razón tanto la Audiencia como la Fiscalía”, es decir, que Muñoz “no fue culpable de delito alguno y ha de ser absuelto”.

El abogado incide en que su pretensión inicial era presentar directamente un recurso, porque considera que no hubo abuso sexual, como así opina la Fiscalía, pero ahora recogerá la argumentación del Ministerio Público en ese sentido y la de la sentencia respecto a que no hubo delitos contra la integridad moral ni de atentado, “con lo cual no hay nada”, concluye.

La Audiencia de Sevilla condenó a Manuel Muñoz como autor de un delito de abuso sexual previsto y penado en el artículo 181.1 del Código Penal, en concurso ideal con un delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad, tras fingir un beso con la diputada Teresa Rodríguez. El tribunal que juzgó al empresario el pasado 12 de septiembre absolvió al acusado del delito contra la integridad moral y del delito de atentado del que venía inicialmente acusado.

“Es indudable que la conducta llevada a cabo por el acusado tenía un inequívoco significado sexual”, dijo el tribunal, haciendo constar el “innegable impacto psíquico, desazón e incluso humillación” en la víctima tras los hechos ocurrido el 20 de diciembre de 2016 en la Cámara de Comercio de Sevilla.

“Contra un rincón”

Entre los hechos probados la sentencia decía que Muñoz “se dirigió apresuradamente hacía ella y, de forma sorpresiva e inopinada, sin mediar palabra ni saludo previo, la rodeó por la espalda con su brazo derecho, haciéndola retroceder contra un rincón, al tiempo que aproximaba su cuerpo al de ella y le ponía la otra mano sobre la boca besando a continuación su propia mano en lo que simulaba ser un beso en los labios a la parlamentaria”. La diputada fue “incapaz de reaccionar tras lo sucedido”, señalan también los hechos probados, por lo que “optó por abandonar el lugar de forma rápida, acompañada de la jefa de protocolo a quien transmitió de manera inmediata su malestar e indignación”.

Según la sentencia, el testimonio de la diputada en la vista oral fue “claro, preciso y contundente, sin contradicciones que pudieren considerarse relevantes y persistente en todos sus extremos esenciales, sin que quepa aventurar ningún móvil espurio que pudiere impulsarla a narrar unos hechos en forma distinta a como realmente sucedieron”. Los testigos que declararon en el acto del juicio “confirman la realidad del incidente y de su carácter inopinado y sorpresivo”, añadía al respecto el fallo. “El visionado del documento gráfico que contiene la grabación de lo sucedido corrobora la versión de los hechos ofrecida por la Sra. Rodríguez- Rubio”, concluía la sentencia.