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La exclusión de los ex altos cargos de la Junta de Andalucía en el tercer juicio de los ERE irrita a las defensas

Llegada a la Audiencia de Ángel Rodríguez de la Borbolla

EP/elDiarioand

15 de marzo de 2022 12:59 h

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La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha iniciado este martes el juicio por las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, con la que eran sufragados los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos e incluso innecesarios y subvenciones arbitrarias y sin publicidad. El abogado del exalcalde socialista de Cazalla de la Sierra ha criticado que “los autores principales de los hechos no pueden ser enjuiciados” al haber sido excluidos del caso al haber sido ya juzgados en la pieza del 'procedimiento específico', teniendo en cuenta en ese sentido que, en la pieza de Acyco, sí que fueron juzgados y condenados.

Esta primera sesión del juicio ha estado centrada en las cuestiones previas presentadas por las partes, que son la Fiscalía, la Junta de Andalucía, el PP andaluz como acusación popular y las defensas de los acusados, que son Ángel Rodríguez de la Borbolla, --hermano del expresidente socialista de la Junta José Rodríguez de la Borbolla y exalcalde de Cazalla de la Sierra por el PSOE--, por su papel de socio mayoritario, administrador único o apoderado de las empresas; el actual alcalde de Cazalla, Sotero Manuel Martín Barrero, como partícipe del capital societario y de los órganos de administración de varias de las empresas; el coadministrador de las empresas R.B.M.; un empresario portugués de la industria del corcho y administrador de hecho de varias de las entidades, identificado como F.P.M.O.; y un responsable de una entidad bancaria identificado como G.C.E.

En conjunto, el caso abarca las ayudas concedidas entre 2001 y 2007 por importe de 8.408.096,42 euros a este grupo de empresas, “prescindiendo absolutamente de los principios y procedimientos legalmente establecidos para ello, sin fiscalización, justificación ni control previo, y, en definitiva, de forma fraudulenta y arbitraria”, según el juez instructor José Ignacio Vilaplana.

En ese marco de las cuestiones previas, la defensa de Ángel Rodríguez de la Borbolla ha avisado de una posible “vulneración de derechos fundamentales” y del principio de seguridad jurídica, rememorando que en el auto de procedimiento abreviado dictado en 2019 por el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, con relación a esta pieza separada de la macro causa de los ERE, el magistrado determinó la imposibilidad de “depurar responsabilidad penal ni continuar el procedimiento” contra los exconsejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández, al figurar los mismos ya como encausados en la pieza del “procedimiento específico” mediante el cual eran canalizadas las ayudas indagadas. En esa pieza, recordémoslo, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los citados exconsejeros.

'Non bis in idem'

Cabe recordar que la jueza María Núñez Bolaños, anterior instructora, mantuvo un criterio firme respecto a que dos personas no pueden ser juzgadas dos veces por los mismos hechos para no vulnerar el principio non bis in idem. La sentencia del procedimiento específico dijo que las ayudas individuales no habían sido objeto de aquel juicio, ni su concesión, ni su pago. Pero lo uno (el juicio al procedimiento y la condena por malversación) no puede separarse ya de lo otro (el dinero malversado de las ayudas). La sentencia dijo que la Consejería de Empleo “permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado” pero no dice quién ha de devolver el dinero malversado.

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Según rememoraba Vilaplana en ese auto, los citados exconsejeros “ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos (hechos) en la causa del denominado procedimiento específico”, siguiendo así “el criterio a tal efecto establecido” por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial “que confirma la exclusión de la presente causa de los anteriormente citados”, en alusión al principio 'non bis in ídem', por el que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos.

Al respecto, la defensa de Rodríguez de la Borbolla ha manifestado que su patrocinado fue encausado en la condición de “cooperador necesario” en unos hechos en los que los mencionados exconsejeros serían los “autores”, considerando “irracional o extraño” que en el mencionado auto de procedimiento abreviado se determine que “los autores principales de los hechos no pueden ser enjuiciados al ser excluidos por ser juzgados” en la pieza del procedimiento específico, una causa de la que Rodríguez de la Borbolla “no ha tenido conocimiento” oficial y de la que tampoco pesa “sentencia firme”.

Pendientes del Tribunal Supremo

Y es que el Tribunal Supremo ha fijado para los días 4 y 5 de mayo la vista destinada a revisar los recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla relativa al “procedimiento específico” mediante el cual eran canalizadas las ayudas.

Así, la defensa de Rodríguez de la Borbolla se ha mostrado en contra de que los acusados sean juzgados como cooperadores necesarios sin que sean sometidos a juicio los presuntos “autores” como tal de los hechos y sin que pese sentencia firme de la sentencia de la Sección Primera.

Además, ha recordado que la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla sí celebró el juicio de la pieza de los ERE correspondiente a las ayudas a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco) incluyendo al exconsejero Antonio Fernández como acusado y condenándole además en su sentencia, bajo la premisa de que sería “perverso” juzgar a los encartados como cooperadores necesarios en tales hechos sin someter a juicio a los supuestos autores.

Así, la defensa de Rodríguez de la Borbolla ha indicado que la propia Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla consideró “inviable” celebrar el juicio por las ayudas de Acyco sólo contra los supuestos cooperadores necesarios de los hechos, sin incluir en el mismo a los presuntos autores.

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