La Junta investiga a un colegio concertado de Sevilla por incumplir la ley al imponer cuotas con “evidente fin lucrativo”

Los servicios jurídicos de la Consejería de Desarrollo Educativo están investigando al colegio concertado Sagrado Corazón de Jesús (en Sevilla) por establecer cuotas económicas que podrían infringir la normativa educativa. La investigación parte de diferentes denuncias de padres afectados, que han motivado varios informes de inspección, donde se alerta de que el centro ha incurrido en “un incumplimiento grave del concierto educativo”.
El inspector de referencia documenta en su último informe, al que ha tenido acceso este periódico, el “evidente carácter lucrativo” del colegio sevillano por “vincular la impartición de enseñanzas con el cobro de cuotas por distintos servicios”. Se aprecia así un “trato diferenciador y discriminatorio” hacia las familias que no las abonan, vulnerando los principios de gratuidad, voluntariedad, no discriminación e igualdad en el acceso a la educación, recogidos en la normativa para los centros sostenidos con fondos públicos.
La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) estipula que las actividades escolares complementarias, extraescolares y los servicios escolares en los centros concertados –y, por tanto, financiados con fondos públicos– “no podrán tener carácter lucrativo” y el cobro de cualquier cantidad en esos conceptos deberá ser autorizado por la administración educativa correspondiente.
Esa norma también establece que si se incumple el régimen de concierto, se constituirá una comisión de conciliación, encargada de adoptar las medidas necesarias para corregir la infracción cometida. En el caso del Sagrado Corazón de Jesús, dicha comisión se celebró en enero de 2024, a instancias de la anterior inspectora. Al curso siguiente, el actual inspector ha notificado que las medidas acordadas entonces “se han incumplido de manera evidente y reiterada” por parte del colegio sevillano, lo cual constituye un “incumplimiento grave del concierto educativo” que podría derivar en sanciones económicas.
“Presionar” a las familias para que paguen
Varias familias llevan denunciando precios abusivos desde 2023, cuando se produjo un cambio de titularidad al frente del centro. Desde entonces, han acudido en repetidas ocasiones a inspección educativa y a entidades como el Defensor del Pueblo o FACUA, que interpuso una denuncia ante la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa en noviembre de 2024. Fuentes de la Consejería de Desarrollo Educativo confirman que el asunto está en manos de los servicios jurídicos, pero no aclaran desde cuándo ni en qué punto se encuentra el procedimiento.
El nuevo titular del Sagrado Corazón de Jesús incorporó a su llegada la denominada “pastoral cuota voluntaria” (hoy rebautizada como “tarifa plana”), asociada a descuentos en los servicios complementarios y actividades extraescolares, como el comedor, el acceso a la plataforma digital de comunicación o el uso de dispositivos como ordenadores o tablets. Quienes no pagan esa tarifa plana enfrentan precios significativamente más altos por los diferentes servicios. Por ejemplo, según la denuncia de FACUA, el precio del comedor con la tarifa es de 64 euros mensuales, mientras que asciende a los 120 para quienes no la abonan.
Un informe de inspección de 2023 señala que algunos de estos cobros se introdujeron “sin haberlo comunicado expresamente a la administración educativa”. Ese mismo año, la inspectora convocó una comisión de conciliación ante el “grado de alarma social” generado entre las familias. En su informe, concluyó que el colegio estaba “incumpliendo íntegramente” la normativa vigente al “presionar” a los padres para que efectuaran pagos mensuales, llegando incluso a “jugar con la sensibilidad de las familias”.
La comisión de conciliación, celebrada a principios de 2024, acordó por unanimidad “suprimir el cobro” correspondiente a la cuota pastoral. Sin embargo, al curso siguiente, el colegio la reemplazó por la “tarifa plana”, manteniendo la práctica de aplicar dos precios distintos para un mismo servicio. FACUA ha denunciado ante el centro que la nueva tarifa (que da acceso a la llamada Tarjeta de Fidelidad) hace “inasumible el coste del resto de los servicios” para quienes no la abonan, al imponer incrementos que pueden duplicar las tarifas originales.
Preguntado por este periódico, el director del Sagrado Corazón de Jesús asegura estar cumpliendo la normativa en vigor al aplicar “cuotas voluntarias” por servicios fuera del horario lectivo. El titular reconoce que la actual “tarifa plana” funciona como un descuento para quienes contraten todos los servicios: “Si sumamos uno a uno saldría mucho dinero”. Además, sostiene haber adoptado las medidas acordadas en la comisición de conciliación: “Lo que nos dijeron, en definitiva, era que elimináramos la cuota pastoral, que era un pago habitual en forma de donativo, y que, si queríamos cobrar a las familias, creáramos servicios y eso es lo que hemos hecho”.
Ejemplos de “discriminación”
El último informe del inspector recoge el caso de familias que no se pueden permitir el pago de determinadas cuotas debido a “su precaria situación económica” y eso les ha llevado a plantearse un cambio de centro. Entre esos pagos se encuentra, por ejemplo, el acceso a la plataforma Educamos, que inicialmente se ofrecía de forma gratuita a quienes abonaban la llamada “cuota pastoral”, pero durante el curso 2024/2025 empezó a cobrarse a razón de 34 euros mensuales.
Este sistema se ha convertido en la única vía oficial de comunicación del centro, “creando una discriminación y conculcando el derecho a toda información de las familias que no abonan la cuota”, al quedar excluidas de este canal y ver limitado su acceso a información crucial sobre sus hijos, según señala el inspector.
Otra denuncia que han trasladado las familias afecta al servicio denominado Comunicación TIC, que cuenta con dos versiones de 50 y 64 euros, respectivamente. Los alumnos cuyos padres no pagaban esta cuota se veían obligados a compartir dispositivos como tablets, mientras que los demás disponían de equipos individuales. El inspector considera que, aunque el centro las presente como opcionales, las familias las terminan percibiendo como obligatorias al sentirse forzadas a abonarlas, debido a las implicaciones que tienen para el desarrollo académico de sus hijos.
Carácter lucrativo “evidente”
“La ausencia de voluntariedad y el trato diferenciador y discriminatorio que se aplica al alumnado cuyas familias no abonan las cuotas previstas” deriva en que “en el centro solo se puedan escolarizar alumnado cuyas familias tengan una posición económica que permita el conjunto de pagos a realizar, consecuencia contraria al principio de equidad que rige nuestro sistema educativo del que forma parte este centro, estando obligado a prestar un servicio público que, de esta forma, se ve alterado”, concluye el informe de inspección.
Además, el inspector de referencia afirma que “es evidente el carácter lucrativo para el conjunto de los servicios escolares complementarios, por el valor de los mismos y por el hecho de que las cuantías están sujetas a posibles descuentos vinculados a la denominada tarifa plana”. Y señala que “el acceso a medios y recursos curriculares está condicionado al pago de cuotas”, lo que implica un incumplimiento directo del principio de voluntariedad, “y lo que es más grave, el principio de igualdad en el derecho a la educación y a las enseñanzas”.
“Incumplimiento grave del concierto educativo”
Por todo ello, el inspector señala que el centro ha mostrado una actitud de “desobediencia y desprecio” hacia la normativa, toda vez que el cobro de las tasas se ha seguido produciendo “de forma constante y reiterada”, pese a las medidas adoptadas tras la comisión de conciliación celebrada en enero de 2024. Hechos que, insiste, constituyen un “incumplimiento grave del concierto educativo”.
El responsable de garantizar el cumplimiento de la normativa en el centro añade que el Sagrado Corazón de Jesús ha incumplido también “el requerimiento realizado por la inspección educativa el 15 de octubre de 2024”. Y apostilla que “no se ha observado ánimo de colaborar por parte del titular del centro ni intención de rectificar; más bien al contrario”, actuando con una “intencionalidad evidente”, que ha podido “perturbar la enseñanza del alumnado cuyas familias no aportan determinadas cantidades”.
Ante tales “irregularidades e incumplimientos”, el inspector recuerda que, tras la resolución del expediente sancionador por parte del órgano competente en materia de conciertos educativos –la propia Consejería– la infracción dará lugar a la imposición de multa. La sanción económica estará comprendida “entre el total y el doble del importe de la partida «otros gastos» del módulo económico de concierto educativo vigente en el periodo en el que se determine la imposición de la multa”.
La reiteración o reincidencia de incumplimientos graves puede dar lugar a la rescisión del concierto, según el artículo 62 de la LODE. Por el momento, la investigación continúa abierta y será la resolución de los servicios jurídicos de la Consejería la que determine posibles sanciones o medidas a adoptar.
6