El TSJA ratifica la legalidad de la jornada reducida de verano del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra

Ayuntamiento de Alcalá

Inmaculada Calahorro

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una nueva sentencia favorable al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra en relación con la jornada reducida de verano, rechazando así el recurso presentado por el Sindicato de Empleados Municipales (SEM). Esta resolución, fechada el 19 de septiembre de 2024, confirma la sentencia anterior dictada en octubre de 2023 por el Juzgado de lo Social n.º 7 de Sevilla, que ya desestimaba las pretensiones del sindicato.

El Consistorio había implementado la jornada reducida este verano en cumplimiento de las recomendaciones de su Servicio de Prevención, basadas en el Real Decreto-ley 4/2023 de medidas urgentes por elevadas temperaturas. La delegada de Recursos Humanos del consistorio, María Teresa García, ha subrayado que la medida se adoptó “en beneficio de la seguridad y el bienestar de los empleados”. Según García, el Ayuntamiento ha actuado “rigurosamente dentro del marco legal, respetando los acuerdos y convenios colectivos vigentes”.

La sentencia del TSJA es clara en su argumentación, afirmando que no hubo vulneración del derecho a la libertad sindical ni del derecho a la negociación colectiva. El tribunal concluye que el Ayuntamiento no estaba obligado a negociar la medida previamente, tal como alegaba el sindicato.

Una “correcta actuación”

Con esta segunda resolución judicial a favor del Consistorio, García ha expresado su satisfacción, afirmando que la sentencia “ratifica con mayor contundencia nuestra correcta actuación”. Además, ha reiterado que la prioridad del Ayuntamiento ha sido siempre la protección de sus empleados frente a las altas temperaturas del verano, dentro del marco establecido por la normativa vigente.

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