Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El aval del PPE a la ofensiva contra Ribera aboca a la UE a una crisis sin precedentes
Sánchez impone al PSOE evitar el cálculo partidista en la crisis valenciana
OPINIÓN | El extraño caso del doctor Óscar y el señor Puente, por Enric González

Guía rápida sobre los paseos y la actividad física a partir de este sábado: horarios, duración y distancia permitida

Un hombre y una mujer corren en el primer día en el que se permite salir a la calle en ciertas franjas horarias a hacer deporte, en Álava (Vitoria/País Vasco/España) a 2 de mayo de 2020.

Clara Roca

56

Una semana después de la salida de los niños, el Gobierno ha confirmado que este sábado será posible salir a pasear y a hacer ejercicio de forma individual. Se trata de una de las primeras medidas de la desescalada prevista por el Ejecutivo para los próximos meses, cuya fase 0 se completa este lunes 4 de mayo en todas las regiones menos en las islas de Formentera (Illes Balears), El Hierro, La Graciosa y La Gomera (las tres en Canarias), que pasarán directamente a la fase 1.

Por ello, ha afirmado que será posible salir a partir del sábado día 2 de mayo a las 00 horas, tanto para pasear como para realizar alguna actividad física no profesional en el exterior. Asimismo, el ministro ha agregado otra posibilidad adicional para salir que también entrará en vigor este sábado. Se trata del cuidado y recolección de productos agrícolas, cuando no se trate de actividades de naturaleza laboral.

¿Quiénes podrán salir?

La medida está prevista, en principio, para todas las personas mayores de 14 años, ya que los paseos para los menores de 14 ya se establecieron el sábado pasado.

Quedarán excluidas, sin embargo, “las personas que estén con síntomas o que estén en un periodo de cuarentena o por aislamiento domiciliario por haber sufrido la enfermedad o por ser contacto estrecho de una persona que haya sufrido la COVID-19”, ha informado el ministro de Sanidad. Los residentes en centros sociosanitarios de mayores no podrán salir a practicar actividad física por tratarse de unos de los colectivos más vulnerables, según aparece en la orden ministerial publicada este viernes en el BOE.

¿Cuáles son las condiciones para los paseos?

La lógica que se va a seguir será similar a la de las salidas con menores: un paseo al día y a un kilómetro de distancia del domicilio en que se habite [aquí puedes ver cómo calcular la distancia desde tu casa].

Como novedad, se podrá realizar la actividad con otro adulto. Tras semanas llevando a cabo actividades, como ir a la compra, de forma exclusivamente individual, el Gobierno permitirá a partir de este sábado los paseos acompañado de otro conviviente adulto, como máximo, o del cuidador habitual.

En cuanto a la duración de estas salidas, en el BOE no se recoge ninguna limitación, más allá de encontrarse dentro de las franjas horarias estipuladas. Este viernes el Gobierno emitirá una guía para las salidas que estarán vigentes a partir del sábado.

¿Y para hacer deporte?

En el caso del deporte, las condiciones de distancia se flexibilizan. “Se permite la práctica de cualquier deporte, sin contacto con terceros, una única vez al día, en el mismo municipio”, ha informado Illa en la rueda de prensa. Tampoco ha especificado el tiempo que puede durar esta actividad.

Sin embargo, al contrario que con los paseos, el deporte deberá llevase a cabo de forma completamente individual. La única excepción son las personas que “por necesidad tengan que salir acompañadas”.

¿En qué horario se podrá salir?

Sanidad ha escuchado la petición de varias comunidades autónomas –como Madrid, Catalunya, Canarias o Extremadura–, que proponían el uso de franjas horarias para evitar aglomeraciones y como forma de protección para los sectores de población más vulnerables, como los mayores de 70 años.

La división constará de franjas diferenciadas para tres grupos distintos: la práctica del deporte y los paseos con un máximo de otro conviviente; los paseos con aquellas personas que necesiten un cuidador o mayores de 70 años; y los paseos con menores de 14 años.

- Adultos: tanto para el deporte como para los paseos con un conviviente, se podrán realizar entre las 6:00 y las 10:00 de la mañana, y entre las 20:00 y las 23:00 horas de la noche.

- Mayores de 70 años y dependientes: Para aquellas personas que necesiten salir acompañadas de un cuidador o personas mayores de 70 años, se reservan las franjas horarias de 10:00 a 12:00 de la mañana y de 19:00 a 20:00 de la tarde.

- Paseos de niños: los paseos con menores de 14 años estarán reservados para las 12:00 a las 19:00 horas.

En los municipios de menos de 5.000 habitantes, no se aplicarán estas franjas y se podrá salir indistintamente de 6:00 de la mañana a 23:00 de la noche. El BOE recoge también otra excepción: los casos en los que por razones médicas acreditadas o motivos de conciliación justificados se deba salir a otras horas.

¿Es obligatorio el uso de mascarilla durante estas salidas?

El Gobierno ya anunció que el uso de mascarilla está “altamente recomendado en todas las fases” además de “en la nueva normalidad”. Sin embargo, el director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, reconoció este miércoles la dificultad de su implementación en todos los casos.

“No todo el mundo puede usar una mascarilla”, explicó el responsable técnico del Ministerio de Sanidad en rueda de prensa. Entre estos casos, se encuentran aquellas personas que sufren “problemas respiratorios”, las “personas que pueden padecer crisis de ansiedad” o aquellos cuya actividad requiere un “alto nivel de ejercicio físico”.

En este sentido, Illa ha mantenido el uso de la mascarilla como una “recomendación” y ha hecho hincapié en la importancia de mantener una “distancia interpersonal idealmente de dos metros y, como mínimo, de 1,5 metros”. Además, ha recordado que hay que seguir las medidas de higiene personal adecuadas, como el lavado de manos antes y después de las salidas.

¿Por dónde se podrá hacer deporte y pasear?

Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes que estén autorizadas, siempre que se respeten los límites de distancia y medidas de higiene establecidos, según el BOE. El Gobierno pide evitar los lugares concurridos y en los que puedan existir aglomeraciones.

Los paseos están limitados a un kilómetro con respecto al domicilio y el deporte individual al municipio donde se reside, como ya se ha dicho. Está prohibido coger vehículos motorizados o transporte público para desplazarse a otros lugares en los que practicar deporte.

¿Se puede dar un paseo individual y después salir con los niños o a hacer la compra en el mismo día?

Sí. La orden que regula los paseos y actividades deportivas especifica que estos desplazamientos “se entienden sin perjuicio de los permitidos con carácter general” en el decreto inicial sobre el estado de alarma y de los autorizados para los niños y niñas y detalla que pueden ser “acumulativos”.

¿En qué horario pueden salir a hacer deporte los mayores de 70 años?

Entre las 10:00 y las 12:00 de la mañana y entre las 19:00 y las 20:00 de la tarde. La orden publicada en el BOE especifica que en esas franjas “las personas mayores de 70 años podrán practicar deporte individual y pasear”.

¿Y los perros?

Al margen de las salidas permitidas para que los perros realicen sus necesidades, los canes pueden acompañar a su dueño en las salidas para pasear, hacer deporte o en las salidas controladas con la población infantil. Los perros pueden salir con su dueño o con una sola persona con la que convivan para un paseo al día de no más de un kilómetro. También está limitada a una sola vez al día la salida de los perros si acompañan a una persona a correr o al paseo permitido con niños.

¿Qué requisitos hay que cumplir para la recolección y cuidado agrícola?

Estas actividades tendrán que llevarse a cabo en el mismo término municipal del domicilio o en el adyacente, con la excepción de si se trata del “cuidado de animales o de huertos de autoconsumo”. En este caso, estará permitido desplazarse más allá del municipio adyacente. No obstante, Illa ha subrayado la necesidad de realizar el “mínimo de desplazamientos posible”.

Los cuidados agrícolas también se realizarán de forma individual, “salvo que se acompañe a personas con discapacidad o menores”, ha explicado el ministro.

Por último, este sábado, el Ministerio de Sanidad ha publicado un vídeo explicativo en el que sintetiza las claves básicas sobre las salidas.

Etiquetas
stats