La adopción abierta, una de las novedades que el Gobierno incluye en los anteproyectos de ley de Protección al Menor que aprobará hoy, permitirá que el niño adoptado pueda mantener la relación de la familia biológica.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad propone hoy al Consejo de Ministros la aprobación de dos anteproyectos que modifican hasta 13 leyes que se refieren a la protección de la infancia y en las que se incluyen aspectos como las adopciones o los menores víctimas de violencia de género o de abuso sexual.
Según han explicado a Efe fuentes de ese departamento, la reforma permitirá que el menor no tenga que repetir su declaración cuando es víctima o testigo en procesos judiciales, ejerciendo su derecho a ser escuchado.
De esta forma se evita el daño que ocasiona al menor el tener que repetir en múltiples ocasiones su relato sobre esas situaciones en las que ha sufrido directamente las agresiones o las ha presenciado.
Otra de las novedades legislativas es la regulación de la adopción abierta, que posibilitará que el menor con la familia de adopción pueda tener contactos regulados con su familia biológica.
Así, el juez podrá decretar la adopción abierta con el acuerdo de la familia y del propio niño, si tiene capacidad para decidirlo.
Único consentimiento de la madre
Las madres que quieran entregar en adopción a sus hijos cuando nacen tendrán seis semanas para firmar un único consentimiento, simplificando los trámites que hasta ahora debían realizar que eran una primera firma a los 30 días y otra ratificación de su decisión a los seis meses.
La nueva regulación establece que los menores de tres años que quedan en desamparo no vivan en centros públicos, sino con familias.
Entre las reformas, se incluye la de la Ley Integral de Medidas de Protección contra la Violencia de Género para incorporar a los menores como víctimas de estas agresiones machistas y facilitar que los menores siempre vivan con su madre desde la presentación de la denuncia.
Además, incluye el cuerpo legal para que el juez esté obligado a dictar, en estos casos, medidas cautelares, como la prohibición de ver al supuesto agresor y la imposición de obligaciones económicas.