La Audiencia Nacional confirma la inhabilitación de Pedro Rocha que no podrá ser candidato a presidir la RFEF
La Audiencia Nacional ha confirmado los dos años de inhabilitación impuestos al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Pedro Rocha, según la sentencia que ha revisado Europa Press.
Rocha fue “sancionado por tres infracciones muy graves” por parte del Tribunal Administrativo del Deporte y su primer recurso acabó desestimado por un juez en septiembre pasado. Rocha pretendía así poder presentarse a las elecciones de la RFEF.
El expresidente del fútbol español anunció en su momento una batalla legal para conseguir ser candidato en los inminentes comicios. Esta semana se han elegido los representantes en la asamblea que, después, son los encargados de escoger a un presidente. Esa batalla ha llegado a su final con una derrota total de las aspiraciones del sucesor de Luis Rubiales –forzado a dimitir por su beso sin consentimiento a la jugadora de la selección española, Jenni Hermoso–
El tribunal afirma que las infracciones “tienen en común, indiciariamente, el ejercicio de competencias que no le correspondían, de conformidad con la normativa reguladora de la Federación, desoyendo las normas internas de funcionamiento y privando al órgano de gobierno de conocer decisiones de su exclusiva competencia”.
Por tanto, añaden los magistrados, “cabe pensar que de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF, existe un riesgo real de que estas conductas puedan reiterarse con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger”.
La Sala incide además en que “los valores deportivos de honestidad y respeto a las reglas que se pretenden proyectar sobre el conjunto de la sociedad demandan el correcto ejercicio de las competencias y de las funciones directivas por las personas que las tienen atribuidas que precisamente por la influencia que como representantes de esos órganos tienen en el cuerpo social deben ser especialmente respetuosas con el cumplimiento de las normas”.
“No resulta coherente con ese objetivo, a juicio de la Sala, que se permita cautelarmente a quien ha sido inhabilitado como presidente por incumplir esas normas, mantener dicho cargo y poder presentarse a un proceso electoral al haber sido sancionado por conductas que suponen un atentado grave a estos valores, en la medida en que colisionan con la imparcialidad y el respeto a las reglas”, zanjan los magistrados
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