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¿Qué cambia con la ley para proteger a los menores en internet? Sube a 16 años la edad para abrir una cuenta en redes

Niños frente a una tablet.

Sofía Pérez Mendoza

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El Gobierno ha dado el primer paso para sacar adelante una norma para proteger a la infancia y la adolescencia en los entornos digitales con la aprobación de un anteproyecto de ley que pretende abrir camino en Europa por su carácter pionero, según ha afirmado el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, en la rueda de prensa al Consejo de Ministros. Es la primera de una serie de herramientas –también hay un comité de expertos y está por elaborar una estrategia– para controlar los riesgos de los menores al relacionarse con internet y garantizar su derecho, como ciudadanos, a acceder a estos recursos. “Está en juego la salud, el bienestar y la seguridad de los niños, niñas y adolescentes, y también la tranquilidad de nuestras familias”, ha añadido Bolaños.

Pero, ¿qué cambia con la nueva ley? Estas son las principales claves del anteproyecto que, tras cumplir con los informes preceptivos, se enviará al Congreso de los Diputados para su aprobación. El plan del Gobierno es que sea después del verano.

Se eleva de 14 a 16 años la edad para abrir una cuenta

La edad para prestar consentimiento para el tratamiento de datos personales aumenta de 14 a 16 años, según la nueva norma. Y, por tanto, lo hacen también los años mínimos para abrir una cuenta en redes sociales. Por debajo de los 16, a partir de ahora, se necesitará un consentimiento de madres, padres o tutores legales. Esto armoniza, dice el anteproyecto, a España con otros países europeos y con el umbral de edad para otras actividades como el consentimiento para cualquier intervención médica.

Los deepfakes serán delito

Difundir imágenes o voces manipuladas tecnológicamente y aparentemente reales, los conocidos como deepfakes, estará penado si se utilizan para vejar a una persona. Por ejemplo, simulando situaciones de contenido sexual, como ocurrió en el caso de las chicas adolescentes de Almendralejo. La conducta entra en el Código Penal con penas de prisión “de uno a dos años” para los autores. El anteproyecto también contempla el agravamiento de las penas en ciertos delitos en los casos en los que el infractor utilice una “identidad falsa, ficticia o imaginaria” para “facilitar la ejecución de la conducta delictiva”. O se atribuya una edad que no tiene, por ejemplo.

“Pena de alejamiento en entornos virtuales”

La ley incorpora la “pena de alejamiento de los entornos virtuales” para prohibir el acceso o la comunicación a través de redes sociales, foros, plataforma de comunicación o cualquier otro lugar en el espacio virtual en los casos en los que “el delito se comete en su seno”. Para ello habrá que modificar los artículos 33, 39, 40, 45, 48, 56, 70 y 83 del Código Penal. El cambio responde al “gran incremento de la delincuencia virtual” y permite “evitar la reiteración de la conducta punible en los espacios virtuales.

Centros especializados y revisiones en el pediatra

El Gobierno quiere garantizar la detección precoz y la atención especializada a los menores que hacen un uso problemático de las herramientas digitales. Bolaños ha asegurado, en este sentido, que se crearán “centros especializados” para afrontar “las patologías” asociadas a las nuevas tecnologías –aunque no ha concretado cómo se hará– y se garantizará la formación de los profesionales sanitarios en “los trastornos adictivos” relacionados con estos dispositivos.

A los programas de revisión anuales de los niños y niñas –los rutinarios que se hacen desde el nacimiento hasta los 14 años– se incorporará un protocolo para identificar posibles usos abusivos o inadecuados de las tecnologías que comprometan su salud, provoquen aislamiento o carencias en el desarrollo, dice el anteproyecto, que atiende así a una recomendación de la Organización Mundial de la Salud para “reorganizar los entornos que influyen en la salud mental” de los menores.

Sistemas de control parental “de fábrica” en todos los dispositivos

Además de las obligaciones para el sector público, el anteproyecto también apela a las compañías tecnológicas, que tendrán que instalar “de fábrica” un sistema de control parental en todos sus móviles, tablets, ordenadores de uso personal y televisores inteligentes. Este sistema deberá ser gratuito y universal, para resolver las posibles “asimetrías” que se generan con la autorregulación y evitar que quede en manos solo de las compañías. Algunos dispositivos ya incorporan estos mecanismos aunque no todos.

El Gobierno defiende que entra dentro de su “marco competencial”, pese a que las compañías venden sus productos en todo el mundo. Preguntado sobre este asunto, el ministro de la Presidencia ha concretado que los “productos que se comercialicen en España deben estar sujetos a lo que dice la ley” aunque ha abierto la puerta a que España empuje una normativa de carácter comunitario en Europa “de la mano de las tecnológicas, colaborando con ellas”. “La ley establece foros de cooperación entre lo público y lo privado”, ha dicho.

La norma también establece nuevas obligaciones para las plataformas de intercambio de vídeo. “Tendrán que tener un enlace directo al canal de denuncias y sistemas de control parental”, especifica el Ejecutivo.

Prohibido el acceso a las 'cajas botín'

El texto aprobado por el Consejo de Ministros prohíbe a los menores acceder a los mecanismos aleatorios de recompensa, conocidos como cajas botín, que existen por ejemplo en algunos conocidos videojuegos porque pueden suponer un riesgo para las personas más vulnerables. Permiten al usuario obtener recompensas o premios virtuales que se pueden utilizar en el entorno digital. Se asimilan a los juegos de azar y los expertos han estudiado que pueden favorecer conductas compulsivas e irreflexivas que pueden llegar a ser patológicas. El anteproyecto también “refuerza las obligaciones de los influencers” en la protección de los menores dentro del contenido que difundan.

Eliminar contenidos por interés superior del menor

“Se amplían los casos en que será posible autorizar judicialmente la interrupción de servicios o contenidos”, ha dicho el ministro Félix Bolaños. Hasta ahora, la justicia solo podía entrar en este campo por motivos de protección a la propiedad intelectual. Con la nueva ley se podrá intervenir en este campo cuando los contenidos van en contra del interés superior del menor.

Alfabetización digital en las escuelas

Se contemplan nuevas medidas de alfabetización digital en todas las etapas para enseñar a los alumnos y alumnas a usar de forma segura, y garante con sus derechos, los medios digitales. Desde la protección de datos hasta la información sobre los riesgos. Es uno de los reclamos históricos de las organizaciones de infancia, que consideran que controlar el acceso a determinados contenidos debe ir siempre acompañado de propuestas educativas que ayuden a los menores a desenvolverse conociendo sus riesgos. Con la ley se impulsarán, además “espacios de encuentro donde los menores puedan hacer actividades lúdicas y saludables” al margen de la tecnología.

Una estrategia nacional revisada cada tres años

El Gobierno y las comunidades elaborarán una estrategia nacional para la protección de la infancia y la adolescencia en entornos digitales que se revisará cada tres años. En ella se contemplarán medidas de prevención y formación en competencias digitales, tanto para los niños y las niñas como para sus familas; y también para todos aquellos profesionales que estén en contacto con menores. “No todo tiene una traducción en una herramienta legislativa”, ha justificado Bolaños.

A través de la estrategia también se “investigarán los efectos de la pornografía en edades tempranas” y “qué se puede hacer para evitar los riesgos de ese contenido adulto”. También cómo llevar a cabo campañas de difusión entre las familias y el entorno de los adolescentes y dar una guía para el uso seguro de los dispositivos móviles.

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