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El tutor de Cifuentes montó su empresa privada de educación al margen de la ley

Enrique Álvarez Conde es catedrático de Derecho Constitucional y funcionario a tiempo completo en la universidad pública Rey Juan Carlos de Madrid (URJC). Además, hasta el pasado viernes, era el director del Instituto de Derecho Público adscrito a la URJC, del que ha sido suspendido de empleo tras detectarse “graves irregularidades”

Pero, además, Álvarez Conde es empresario y aparece como administrador único de la SL Instituto de Formación y Estudios Jurídicos, una actividad incompatible con su labor pública. Como empleado del Estado tendría que haber solicitado un permiso especial para poder desarrollar esta actividad en la privada, ya que con carácter general los funcionarios a tiempo completo no pueden dedicarse a otras actividades, según especifica la Ley 53/1984 de Incompatibilidades. Más aún si pertenecen a consejos u “órganos rectores” de empresas dedicadas a lo mismo que la pública para la que trabajan (art. 12.1.b), justamente el caso de Álvarez Conde. 

Esa misma ley, en su artículo 14, especifica que para desempeñar actividades mercantiles se “requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad”. Sin embargo, en la Universidad Rey Juan Carlos no hay ninguna constancia de que el tutor de Cifuentes solicitara ese permiso, y fuentes del centro confirman que ni se pidió ni se concedió. Conde, preguntado por eldiario.es, no ha contestado sobre su actividad en la esfera empresarial. 

El catedrático ejercía ilegalmente y además sin esconderse, ya que desde 2005 aparece como administrador único de la SL en el registro mercantil con su nombre y sus apellidos. Es el mismo año en el que la Comunidad de Madrid, entonces presidida por Esperanza Aguirre, autoriza el instituto público de la URJC. Es decir, la carrera que desempeña Álvarez Conde en ambas empresas, pública y privada, es paralela y las lleva a cabo sin disimulos pese a que es manifiestamente ilegal, algo que no pasa inadvertido para un catedrático en Derecho con seis sexenios, el máximo en la universidad española. La empresa ha tenido incidentes fiscales en 2014, lo que significa que ha tenido actividad al menos hasta 2012.

Pese a la manifiesta incompatibilidad, la URJC jamás lo inspeccionó y el supuesto tutor del supuesto trabajo de Cristina Cifuentes ha podido compaginar ambas actividades desde 2005 sin problema. La universidad se limita a confirmar que no existía permiso especial, aunque no especifica si lo van a investigar.

El instituto público de la URJC se creó para organizar cursos y másteres y recibe subvenciones públicas tanto de la universidad como de la Comunidad de Madrid y el Gobierno. No cuelga sus cuentas pese a que le obliga la Ley de Transparencia. La empresa privada de Conde se dedica exactamente a lo mismo, y tampoco presenta cuentas pese a que en este caso está obligada por la ley mercantil. Todo es opaco. Tanto, que el rectorado le ha conminado a presentar sus gastos e ingresos, de los que sabe poco, en parte porque Álvarez Conde cuenta con un privilegio: el rector Pedro González Trevijano le permitió escapar a los controles de fiscalización y le dio un CIF propio.

Según la ley, Álvarez Conde no puede tener una empresa sin pedir autorización, y como actividades económicas excepcionales solo podría haberse dedicado a la gestión de su patrimonio si lo tuviese. Además, “la dedicación del profesorado universitario a tiempo completo tiene la consideración de especial dedicación”, dice expresamente la legislación (art. 16.2).

Además, la autorización de compatibilidad para trabajar en otras actividades tiene consecuencias económicas. Cuando se pide y se concede, el salario de los funcionarios docentes se reduce a dos tercios. Como el catedrático, según confirma la universidad, nunca lo ha pedido, cobra el 100% de su sueldo pese a que tiene otras actividades. Es decir, ha cobrado cada año desde 2005 un tercio más de lo que hubiera debido. 

Aunque la Fiscalía sigue investigando a Álvarez Conde y el máster de Cifuentes, después de que la Universidad haya dado traslado del expediente, esta nueva irregularidad podría llevar a otras nuevas sanciones para el catedrático si la universidad cumple con la ley, ya que operar en la privada, con la misma actividad y sin pedir permiso se considera una “infracción disciplinaria muy grave”. Las sanciones previstas van desde la multa a la suspensión. Como pena más grave conlleva la separación del servicio público. De momento, la URJC lo ha apartado de la dirección del Instituto de Derecho Público hasta que se esclarezcan los hechos, pero mantiene su sueldo y su empleo como catedrático en la universidad pública madrileña.