Reformar la Ley Integral contra la violencia de género para acabar “con la asimetría penal por cuestión de sexo”. Es una de las propuestas que Ciudadanos incluye en el programa, junto con modificarla para combatir “la ineficacia de la propia ley”, con el que se presenta a las próximas elecciones generales. El documento, en el que incorpora todo un apartado dedicado a “igualdad y violencia de género e intrafamiliar”, apuesta por la medida de “igualar las penas con independencia del sexo del agresor”, según confirma Antonio Espinosa, secretario de Acción Política de la formación. Es decir, acabar con la agravante que la ley introdujo en el Código Penal cuando es el hombre el que agrede a quien es o fue su pareja femenina.
El objetivo, según Espinosa, es que se respete el artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad ante la ley de todos los españoles sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición. Un argumento, junto al de que se “condena con mayor rigor al hombre por el mero hecho de serlo”, que fue empleado en varias de las cuestiones de inconstitucionalidad que se plantearon tras la aprobación de la ley en 2004 y que años más tarde tumbó el Tribunal Constitucional.
En ellas se cuestionaba, entre otros, el artículo 153.1 del Código Penal, modificado por la ley contra la violencia de género, que establece una pena de prisión de seis meses a un año si es el hombre el que maltrata, golpea o menoscaba psicológicamente a su pareja o expareja sin causarle lesión que requiera tratamiento. En caso de tratarse de una situación de violencia doméstica, y no de género o machista, la norma fija una pena de tres meses a un año. Algo similar ocurre con las amenazas y coacciones leves o las lesiones que requieran tratamiento médico.
Estas últimas podrán ser castigadas con una pena de tres meses a tres años, que asciende a de dos a cinco años si es violencia machista. En el caso del asesinato, la ley no establece por sí misma condenas diferentes, pero el juez puede dictar una más alta dependiendo de varios factores, entre ellos, la vulnerabilidad de la víctima o si le precede una suma de delitos, es decir, si ha sufrido violencia reiterada. Por eso puede darse que las situaciones de violencia de género estén sujetas a una mayor pena.
Lo que aún no saben en Ciudadanos es cómo lo harán: si disminuirán la posible condena a la que se enfrenta el hombre que agrede a su pareja o expareja, es decir, la concreta por violencia de género, o si aumentarán la pena por violencia doméstica. “Nosotros queremos cambiar esa asimetría, en el fondo lo que perseguimos es que haya más igualdad porque lo que hay ahora es desigualdad de trato que se manifiesta en diferentes condenas si el que agrede es un hombre o una mujer”, sostiene Espinosa. Este se convirtió en uno de los puntos más polémicos de la ley durante su tramitación que, finalmente, acabó por zanjar el Tribunal Constitucional, que en una sentencia de 2008 avala su constitucionalidad.
El fallo dispone que no existe esta discriminación y entiende que la sanción debe incluir un plus de gravedad si las agresiones responden a un contexto machista. Violencias que “son más graves y reprochables socialmente a partir del contexto relacional en el que se producen” porque, afirma, son conductas que reproducen la desigualdad en el ámbito de la pareja entre hombres y mujeres, “de gravísimas consecuencias para quien de un modo constitucionalmente intolerable ostenta una posición subordinada”.
Violencia que responde a una pauta cultural
“Desde Ciudadanos defendemos la igualdad entre hombres y mujeres [...] y combatimos cualquier discriminación por razón de género o sexo”, apunta en su programa la formación liderada por Albert Rivera. De hecho, incluye medidas educativas, económicas y sociales, pero afirma que “si bien la violencia de género afecta tanto a hombres como a mujeres, el mayor porcentaje corresponde a la violencia ejercida de hombres hacia mujeres”. Una frase que no se ajusta a lo que la ley entiende por violencia de género, que “se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo”.
“No quiere decir que no se pene la violencia de la mujer hacia el hombre”, sostiene María Naredo, jurista especializada en derechos humanos y género, “pero al revés viene a reforzar el patrón de discriminación, que no es una cuestión personal, sino estructural, por eso, el Estado debe reaccionar ante esta violencia de una manera distinta”. De hecho, el Tribunal Constitucional avala que una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural, la desigualdad en el ámbito de la pareja, porque dota de “un efecto añadido a los propios (daños) del uso de la violencia en otro contexto”.
Entre estos efectos, enumera el TC, se encuentra el del “temor a ser de nuevo agredida”, la restricción de la libertad de la víctima, ya que este tipo de agresiones añaden un “efecto intimidatorio a la conducta” o la negación de “su igual condición de persona”. A Naredo le sorprenden los cuestionamientos y pone el ejemplo de “las agravantes por violencia racista, que se traducen en que hay que reprochar más la violencia que encierra un componente racista, pero no quiere decir que la violencia de un negro sobre un blanco no esté penada, ¿por qué esto nunca ha desencadenado críticas?”, se pregunta.
Podemos, PSOE e IU ampliarán la ley
En los apartados específicos de sus programas electorales sobre violencia de género, tanto Podemos como PSOE e IU-Unidad Popular proponen ampliar la ley integral para adaptarla a la normativa internacional firmada y ratificada por España, que obliga a incluir todas las violencias machistas, no solo las que se dan en el ámbito de la pareja o expareja. El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW en inglés) manifestaba en sus últimas observaciones una “especial preocupación” porque la ley no refleje todas las formas de violencia sobre las mujeres. Ni el Partido Popular ni Ciudadanos incluyen esta medida en sus programas.
Y es que las agresiones sexuales, los matrimonios forzosos, la mutilación genital, la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual o el acoso sexual laboral no están oficialmente reconocidas como violencia de género al no figurar en la ley. Haciéndolo, España cumpliría además con el Convenio de Estambul del Consejo de Europa, unificaría los servicios de atención y acompañamiento a víctimas y garantizaría sus derechos, independientemente de la comunidad en la que residan. “No pueden ser violencias que sigan sin ser consideradas merecedoras de políticas públicas y presupuestos asignados para su desarrollo”, denuncia Bárbara Tardón, doctora en Estudios Interdisciplinares de Género e integrante de la Plataforma CEDAW Sombra.