El Congreso aprobará este jueves si no hay sorpresas una reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) para devolver el derecho de sufragio a todas las personas con discapacidad, principalmente intelectual. La medida, que previsiblemente saldrá adelante con el apoyo de todos los grupos, afectará a unas 100.000 personas a las que la justicia había retirado la capacidad de ejercer el voto por distintas razones.
Con esta reforma España pasará a cumplir la convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que hasta ahora incumplía pese a que el Parlamento la ratificó en 2008. España se convertirá de esta manera en el octavo país europeo en adoptar en esta medida.
El director de Plena Inclusión España, Enrique Galván, celebra como “un gran avance en calidad democrática en este país” la votación, que sin embargo valora como “agridulce”. “Era un elemento que deterioraba la democracia española [que hubiera personas sin derecho a voto], pero ha tardado mucho en llegar y lo hace tras una lucha permanente de las asociaciones, tendrían que haber sido los políticos los promotores”, explica.
“Todos los partidos se han puesto de acuerdo” para revertir “una anomalía”, destaca Jesús Martín, delegado de Derechos Humanos en el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi). En términos similares se manifiesta Ana Isabel Lima, secretaria de Estado de Servicios Sociales.
“¿Son manipulables?”
La inmensa mayoría de personas sin derecho lo perdieron (les fue retirado, más bien) por sentencia judicial firme que así lo especifica, según recoge el artículo 3 de la Loreg. Carecen de derecho a voto “los declarados incapaces en virtud de sentencia firme, siempre que la misma declare la incapacidad de derecho a sufragio”, reza el artículo.
Será eliminado, como el inmediatamente siguiente, que también dice que carecen de derecho de sufragio “los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure su internamiento siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio”.
Frente a esta afirmación, la convención de la ONU establece que los Estados que la ratifiquen deben “asegurar que las personas con discapacidad plena puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones que los demás (...), incluido el derecho y la posibilidad (...) de votar”. Y ante una colisión de leyes, como es el caso, prevalece la de rango jerárquico superior; una convención internacional ratificada por un Estado solo queda por debajo de su propia Constitución.
Martín, de Cermi, especifica que si se les ha retirado el voto (su capacidad jurídica) a estas personas es porque “se considera que pueden ser manipuladas”. Desde las asociaciones explican que, además, a quien ha sufrido esta circunstancia se le examina en los juzgados para determinar sus conocimientos de política, del sistema o de la ideología de los partidos, un agravio comparativo con el resto de los votantes. Muchos de los cuales, añaden, no superarían esta prueba.
Galván lamenta el “estigma” que sufren las personas con discapacidad. “Se vincula al déficit, a la presunción de problemas. Tendríamos que prestar más atención a las personas con mayores dificultades y es justo al revés”, afirma.
“La Constitución habla del voto libre, no dice nada de la calidad de ese voto”, reflexiona Martín. “Si una persona con discapacidad es influenciable, ¿no lo es también una de 18 años que viva con sus padres?”, se pregunta.
Además, se da la paradoja de que la normativa no impide a una persona con discapacidad presentarse como candidato a un cargo público sin pasar examen alguno. “A ningún ciudadano se le exige que explique con qué independencia se vota. Ni siquiera hace falta saber leer o escribir”, exponía la diputada madrileña de Podemos Beatriz Gimeno.
Las dudas
Inés de Araoz, asesora jurídica de Plena Inclusión, recuerda que los Estados podrían tener derecho a retirar el voto a personas si lo hace de manera genérica, aplicable en teoría a cualquier persona (un reo, por ejemplo). Lo que no es legal es evaluar la capacidad de alguien para votar o no presuponiendo que no va a poder por tener una discapacidad, explica. Y subraya que Hungría fue condenada precisamente por esta práctica.
Por lo demás, la modificación de la Loreg deja algunas dudas. La principal: cuándo se hará efectiva la modificación. Las asociaciones pro inclusión esperan que sea a tiempo para las elecciones andaluzas, convocadas para el próximo 2 de diciembre. Pero fuentes del Congreso recuerdan que la reforma aún debe pasar por el Senado y creen que, aunque no se esperan enmiendas, esta opción es complicada. Aseguran sin embargo que sí estará lista para las autonómicas y municipales del próximo mes de mayo.
Por último, Galván recuerda que “sería importante garantizar que los medios de información estén habilitados para que [en unas elecciones] haya información en lectura fácil, pictogramas y accesibilidad cognitiva”.
La iniciativa partió de la Asamblea de Madrid y lleva, según recuerda el diputado socialista Joan Ruiz, cinco años tramitándose. ¿Por qué ha tardado tanto entonces, si se estaba incumpliendo una convención internacional de obligado cumplimiento? “Eso habría que preguntárselo al anterior gobierno”, responde.