Descartado un delito de odio porque la bandera LGTBI la llevan “simpatizantes” o los insultos homófobos son comunes

Marta Borraz

8 de octubre de 2021 22:00 h

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Que la pulsera de la bandera arcoíris, característica del colectivo LGTBI, la llevan cada vez “más simpatizantes” o que los insultos homófobos proferidos contra el denunciante se escuchan “reiteradamente en discusiones acaloradas” sin importar la orientación sexual. Son algunas de las razones que da la jueza titular del Juzgado nº 21 de Valencia para descartar que el ataque sufrido por un hombre bisexual cuando circulaba en moto pueda ser considerado un delito de odio. Los denunciados le llamaron “puto maricón” y le llegaron a decir “te hemos visto la cara de chupapollas desde el coche” o “si llamas a la Policía te hacemos hetero a hostias. Te mato”, según recoge el auto, al que ha tenido acceso elDiario.es.

Los hechos se remontan al pasado febrero, cuando Isaac Guijarro iba con su moto por Valencia. Según su relato, fue “abordado” por dos hombres en un coche que iba “en paralelo” y “acercándose a pocos centímetros” y viéndoles hacer aspavientos, mirarle y mover los labios, llegaron a un semáforo en rojo. En ese punto bajaron la ventanilla e hicieron los insultos “entendibles”. Guijarro les reprochó “su intento de arrollarle” y al preguntarles por qué, ellos respondieron “por puto maricón. Te hemos visto la cara de chupapollas desde el coche”. Al amenazarles con llamar a la Policía, le espetaron: “Si llamas te hacemos hetero a hostias. Te mato”. Durante el episodio le profirieron “decenas de insultos” y “acechaban” a la moto “acercándose a escasos centímetros”. Al ver que intentaba hacer una foto, uno de ellos bajó del vehículo e intentó quitarle el móvil, siempre según su relato.

Para la jueza 'no se estaba incitando al odio hacia las personas del colectivo' sino 'faltando al respeto a título individual' y usa como fundamento el archivo de la querella contra Ortega Smith (Vox) por decir que las Trece Rosas 'asesinaban y torturaban'

Tras prestar declaración el dueño del coche, que ha negado su participación, la magistrada rechaza investigar los hechos como un posible delito de odio ni contra la integridad moral, como pedía el denunciante, y continúa el proceso por un delito leve de amenazas, es decir, solo investigará el “te mato” que supuestamente le espetaron. Guijarro, que da la casualidad de que además es director jurídico de Olympe Abogados, un despacho especializado en estos casos, ha recurrido la decisión, y aún está a la espera del pronunciamiento de la Fiscalía. Es el segundo recurso que interpone; ya lo hizo contra el auto de incoación, que iba en la misma línea y que el Ministerio Fiscal también recurrió con éxito. [ACTUALIZACIÓN: La Fiscalía recurre el auto de la jueza que cree que “te voy a hacer hetero a hostias” no es un delito de odio]

Las uñas pintadas son de personas “alternativas”

El afectado considera que el ataque se produjo por motivo de su orientación sexual y por cómo le percibieron los denunciados: es bisexual “con pluma”, describe, y entre otras cosas, llevaba las uñas pintadas, el pelo largo y una pulsera LGTBI visible. La jueza cree, sin embargo, que los hechos carecen de “suficiente entidad” para encajarse así, y utiliza para ello una serie de argumentos: sobre el símbolo arcoíris en la muñeca, la magistrada defiende que ello “no lo señala ni identifica sexualmente” debido a que cada vez son “más numerosas” las personas “simpatizantes” del movimiento LGTBI. Tampoco las uñas, que “no son un signo revelador de la condición sexual”, más bien “se acerca más” a personas denominadas “alternativas”.

Se defiende Guijarro en el recurso aludiendo a que en este tipo de delitos, la selección de la víctima se produce “por la adscripción social que lo vincula a un determinado grupo” y elementos como la ropa, la estética o cualquier tipo de símbolo son “factores de polarización” que obligan al menos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a orientar la investigación hacia el posible delito de odio. “No hace falta ser, simplemente les basta [a los autores] con que [la víctima] entre dentro de su estereotipo al que atacar. Llevar las uñas pintadas y la pulsera LGTBI entra dentro del imaginario de persona LGTBI que pueda tener una persona que busque confrontación con un miembro del mismo”, explica el abogado.

Insultos que se escuchan “en discusiones acaloradas”

Argumenta también la magistrada que los insultos que le profirieron (que según la denuncia son “puto maricón”, “chupapollas”, “te vamos a hacer hetero a hostias”) son expresiones que “lamentablemente” se escuchan “reiteradamente en situaciones de discusiones acaloradas, con independencia de la condición sexual de los participantes de las trifulcas”. Este es uno de los mitos de los delitos de odio más comunes, pero el hecho de que un insulto sea más o menos corriente no implica suprimir a priori el móvil discriminatorio; al contrario, las palabras deben ser “analizadas en el contexto” y son un “indicio de peso” para investigar, según las expertas en este tipo de casos.

Que “no consta que los ocupantes del vehículo conocieran” al denunciante, por lo que “su activismo en la causa LGTBI queda totalmente ajeno” a los hechos es otro de los razonamientos que esgrime el auto judicial. Con independencia de si es o no activista, no es condición necesaria que autor y víctima se conozcan para que haya un delito de odio. De hecho, son aquellos en los que la persona es elegida por su “conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia” al colectivo, según el Ministerio del Interior. Es decir, ni siquiera hace falta que sea una persona LGTBI; pero, además, matiza el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska, puede ser una pertenencia “real o percibida”.

A estos argumentos se suma también otro: la magistrada afirma que las expresiones “fuera de lugar” proferidas fueron como respuesta al reproche del denunciante por acercar el vehículo a su moto. Pero Guijarro defiende que los hechos no se produjeron así, tal y como contó en la denuncia, a la que ha tenido acceso elDiario.es. El hombre explica que todo comienza antes de llegar al semáforo en rojo, que es cuando él les reprocha que “han intentado tirarle de la moto” mientras “es insultado sin cesar”. Pero es antes, en marcha, cuando le “intentan embestir”; al tener las ventanillas cerradas no sabe si le estaban insultando, pero sí les vio “mirarle y mover la boca”, según su versión.

“No es un conjunto de extraordinarias casualidades”

La magistrada estima, además, que los insultos “fueron dirigidos al denunciante” y “no se estaba incitando al odio hacia las personas integrantes del colectivo al que pertenece” pues “se le estaba faltando al respeto a título individual” y en ningún momento “se hizo partícipes de dichas expresiones al resto de viandantes o conductores”. También utiliza como fundamento varios pronunciamientos judiciales, entre ellos, el auto con el que el Tribunal Supremo archivó la querella contra el diputado de Vox Javier Ortega Smith por decir que las Trece Rosas “asesinaban y torturaban”. Consideraron los magistrados que no eran palabras constitutivas de delito y las enmarcaron en la libertad de expresión.

Por su parte, Guijarro defiende que se ha producido un delito contra la integridad moral, contenido en el artículo 173 de la norma penal, y otro del 510.2, que persigue a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito” por su pertenencia al colectivo. Considera que hubo una intención de “menoscabar” su integridad moral y dignidad, en plena vía pública y a voces y en un acto de “violencia gratuita” tanto de forma verbal como física (“Bajándose del coche el denunciado y encarándose a pocos centímetros”).

“No hace falta tener una formación en perspectiva LGTBIQ para entender que si un hombre lleva las uñas pintadas, el pelo largo, una pulsera arcoíris (la cual en la actualidad no es la regla general para los hombres) y dos hombres le llaman ”puto maricón“, ”te hemos visto la cara de chupapollas desde el coche“ y ”te vamos a hacer hetero a hostias“, no es un conjunto de extraordinarias casualidades, sino que tienen un nexo causal”, defiende.