El primer juicio climático en España ha quedado visto para sentencia. La demanda presentada por los grupos Greenpeace, Ecologistas en Acción y Oxfam Intermón exigía al Gobierno español elevar el recorte de emisiones de gases de efecto invernadero contemplado en el Plan Integrado de Energía y Clima (PNIEC) que guía la acción de España en esta materia y fue trasladado a la Ley de Cambio Climático.
Las organizaciones acudieron a los tribunales en septiembre de 2020 por lo que consideraban “inactividad de la Administración” al no haberse culminado ese plan en el plazo previsto por la Unión Europea.
Luego, tras la publicación del documento en marzo de 2021, las mismas organizaciones recurrieron su contenido por considerar que “incumple los objetivos de reducción de emisiones contemplados en el Acuerdo de París”.
De manera más concreta: el PNIEC establece que, para 2030, las emisiones de gases de efecto invernadero deberán haber caído en España un 23% y lo que se pide en la demanda es que se llegue a un 55%.
El Supremo ha rechazado dos veces, una en junio y otra en septiembre de 2021, cerrar el primer proceso como había solicitado la Abogacía del Estado. “No ha dejado de subsistir el interés legítimo de obtener tutela judicial por las organizaciones demandantes”, explicaron los magistrados.
Ahora los magistrados del Tribunal Supremo votarán sobre ambos asuntos, en principio, el próximo 27 de junio, según cuentan las propias organizaciones ecologistas. “La sentencia debe exigir al Gobierno que apruebe una reducción mucho más ambiciosa, como exigen los informes científicos”.
Los cálculos a los que se refiere son los aportados tanto por el Panel Internacional de Expertos (IPCC) como el Programa de Medio Ambiente de la ONU (Pnuma) que dicen que conseguir limitar el calentamiento global de la Tierra en 1,5ºC para 2100 implica recortar esas emisiones a la mitad en 2030 respecto a las de 2018.
La Unión Europea tiene ese objetivo global, pero el reparto del esfuerzo entre países es lo que permite a España tener un plan con un porcentaje de rebaja menor.
Precedentes europeos
Este litigio climático no es el primero en Europa. En febrero de 2021, el Tribunal Administrativo de París reconoció la responsabilidad del Estado francés en la crisis climática. También falló que es “ilegal” que Francia incumpla sus compromisos de reducción de emisiones.
Unos meses después, en abril de ese año, el Tribunal Constitucional alemán emitió una sentencia que, básicamente, obligaba al Gobierno en ese momento de Angela Merkel a modificar su ley climática de 2019. El fallo estableció que el texto legal, al no tener objetivos de reducción más allá de 2030 perjudicaba a los jóvenes respecto de los más mayores. Finalmente, Alemania cambió la ley a finales de 2022.
“Este ‘juicio por el clima’ lucha por el derecho de las generaciones presentes y futuras a disfrutar de un medio ambiente en el que puedan desarrollar una vida digna”, explica una de las letradas encargadas del juicio, Lorena Ruiz-Huerta.
El tramo final del litigio llega tras conocerse que el avance del cambio climático ha continuado durante 2022. Tanto las mediciones Copernicus para Europa como la evaluación de la Organización Meteorológica Mundial han ilustrado las “importantes alteraciones” y el empeoramiento de todos los indicadores “desde las cumbres de las montañas a las profundidades de los océanos”.
“Esperamos que la justicia falle en favor del derecho al medio ambiente y a la vida”, remata otro de los abogados encargados del caso, Jaime Doreste.