El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al anteproyecto de ley para proteger la salud de los menores frente al alcohol. El texto, basado en parte en el trabajo que ya hicieron los socialistas al frente del Ministerio de Sanidad en 2018, es un “marco integral” que pretende reducir el consumo y “proteger a los más jóvenes” de los efectos nocivos de esta sustancia mediante un texto que impulsa medidas como la prevención en los centros educativos y que recopila otras que ya se están aplicando en comunidades y ayuntamientos.
La ministra Mónica García, ha explicado que la ley está guiada “por dos máximas”: que “no existe cantidad de consumo de alcohol que no tenga riesgo y mucho menos para los menores” y que su consumo precoz “se ha demostrado perjudicial para su desarrollo”. “Lo que es evidencia científica lo hacemos ley”, ha afirmado la titular de Sanidad en la rueda de prensa posterior a la reunión
Actualmente los menores de edad no pueden adquirir ni tomar bebidas con alcohol en España. Sin embargo, considera el Gobierno que la normativa actual “se ha mostrado insuficiente”. Según datos de la última encuesta ESTUDES de 2023, el alcohol es la sustancia psicoactiva de consumo más generalizado entre menores de 14 a 18 años. El 73,6% lo han consumido en el último año y el 56,6% en el último mes. Un tercio, además, lo han hecho de manera intensiva.
La nueva ley, una vieja aspiración de los sucesivos responsables de la cartera, busca “proteger la seguridad de los menores”, evitar que consuman alcohol y retrasar la edad media de inicio de consumo, considerada “demasiado precoz” –14 años para el ocasional y 15 para el semanal–. Además, se pretende modificar la baja percepción de riesgo asociada a la sustancia y contribuir a impulsar “un cambio cultural” que “deje de banalizar el consumo” entre menores “desde una orientación educativa, no punitiva”, en palabras de la ministra. Pese a que las normativas prohíben la venta a menores de 18, hasta un 93% consideran que es “fácil o muy fácil” adquirir bebidas de este tipo.
Más contenido en las aulas
El texto pretende armonizar la normativa vigente a nivel estatal, autonómica y municipal en relación al consumo de bebidas alcohólicas por menores y a su venta, así como a su comunicación comercial y publicitaria. Muchas de las medidas, ha especificado García, ya están “dispersas” en otras legislaciones, pero se busca que sean preceptivas a nivel nacional.
Así, establece un abanico en diversos ámbitos: incorpora “nuevos contenidos” sobre prevención del consumo en todos los niveles educativos y programas para que las familias tengan herramientas para prevenir el consumo en menores. En el ámbito sanitario, desarrolla protocolos para detectarlo en las consultas o prevé la inclusión de registros sobre consumo en las historias clínicas.
Reserva un apartado el texto destinado a la prohibición del consumo de esta sustancia para todas las personas, no solo menores, en centros educativos, residencias de menores, centros de protección o deportivos, de ocio o dedicados a espectáculos cuando las sesiones estén dirigidas específicamente a ellos. Recuerda además la ley que está prohibida la venta de estas bebidas “de forma ambulante y sin licencia” y establece que las máquinas de dispensación incorporen “mecanismos técnicos eficaces” para impedir su compra por parte de menores.
Limitación de la publicidad
Las limitaciones también se extienden al ámbito de los anuncios publicitarios de bebidas alcohólicas, que están prohibidos –también de aquellas que simulen serlo– cuando están dirigidos a niñas, niños y adolescentes. En todo caso, la publicidad deberá ubicarse en un perímetro que diste de 200 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por menores como centros educativos o sanitarios, de servicios sociales, parques y lugares de ocio infantil.
Además, los anuncios no podrán usar la imagen o voz de personas de menos de 21 años, mujeres embarazadas o personas reales o personajes de ficción que sean populares entre la población menor de edad. Tampoco podrán usarse tipografías, diseños o argumentos asociados a “a su cultura” ni términos como “consumo responsable” o “moderado”.
También los supermercados o tiendas en las que las bebidas estén expuestas deberán limitar un espacio concreto dentro del local para ello, separado claramente de los lugares en los que específicamente hay productos para menores de 18 años. Además, aquellos establecimientos que fundamentalmente vendan productos para ellos, no podrán venderse este tipo de bebidas.
Además, a la hora de que las administraciones públicas autoricen o no la apertura de nuevos establecimientos “podrán tener en cuenta” aspectos como la concentración de puntos de venta o su cercanía a centros educativos, centros de protección de menores o lugares en los que haya actividades recreativas para niños y jóvenes. Por otro lado, la norma estipula que los cuerpos policiales “podrán realizar” pruebas de alcoholemia “en lugares y circunstancias específicas” en las que el consumo de alcohol esté prohibido. Las multas podrán suspenderse si los menores participan en programas preventivos o rehabilitadores.